TEXTO PAGINA: 50
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G38/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de enero de 2005 pecto de los servicios mínimos y las condiciones de salubridad mínimos de sus playas. Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 047-2004- MDA establece la prestación del servicio de estaciona-miento vehicular en la Playa Hermosa y en las zonasdenominadas Pista de Patinaje, calles Loa y 2 de Mayo y la Zona Los Cangrejos, con un total de 326 espacios habilitados. Que, sobre el particular, mediante Informe Nº 050- 2004-MML/DMSC/DE/DMA del 13 de diciembre de 2004,la Dirección Municipal de Servicios a la Ciudad informarespecto del estado de las playas del distrito, indicando que la playas: Hermosa, Casino Náutico y Enanos, 18 y La Chica obtuvieron calificación FAVORABLE. Que, en atención a lo antes señalado, se puede apre- ciar que la Playa Hermosa, respecto de la cual se disponeel cobro de la tasa de estacionamiento, cumple con lascondiciones de servicios y salubridad expedida por la Di- rección Municipal de Servicios a la Ciudad, motivo por el cual no existe impedimento legal para el establecimiento dela tasa de estacionamiento vehicular en la misma. Que, en atención a lo antes señalado, se puede apre- ciar que la Playa Hermosa, respecto de la cual se disponeel cobro de la tasa de estacionamiento, cumple con las condiciones de servicios y salubridad expedida por la Di- rección Municipal de Servicios a la Ciudad, motivo por elcual no existe impedimento legal para el establecimiento dela tasa de estacionamiento vehicular en la misma. Que, asimismo, en relación a las zonas propuestas en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 047-2004-MDA (esto es, Pista de Patinaje, Calles Loa y 2 de Mayo y la Zona Los Cangrejos), es preciso señalar que las mismas ostentan lacalidad de vías locales ubicadas en zonas comerciales deldistrito, motivo por el cual no existe impedimento legal algu-no para la implementación del servicio de estacionamientovehicular en las mismas por parte de la Municipalidad Dis- trital de Ancón. Que, en lo que se refiere a la distribución del costo del servicio entre los contribuyentes, el artículo 6º de laOrdenanza Nº 047-2004-MDA, precisado por el artícu-lo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 013-2004-A/MDA, esta-blece que el monto de la tasa a cobrar asciende a S/. 1.00 lo que permite un aprovechamiento del servicio por espacio de una hora o fracción. Asimismo, se estableceque en aquellos casos en que el aprovechamiento delservicio sea superior a las 5 horas, el monto de la tasaserá equivalente a S/. 10.00. Que, en lo que se refiere a exoneraciones, el artículo 8º de la Ordenanza Nº 047-2004-MDA señala que se encuentran exonerados del pago de la tasa por estacio-namiento vehicular los vehículos oficiales y los pertene-cientes a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional delPerú, Ambulancias, el Cuerpo General de Bomberos Vo-luntarios del Perú y los vehículos de limpieza pública de propiedad de la Municipalidad Distrital de Ancón. Que, en lo que se refiere al aspecto técnico, median- te la Ordenanza Nº 047-2004-MDA, la Municipalidad Dis-trital de Ancón establece las tasas de estacionamientovehicular en zonas de playas para la temporada de ve-rano 2004-2005. Así, a través de la mencionada Orde- nanza se especifica que las zonas en las que se brinda- rá el servicio de estacionamiento vehicular son: PlayaHermosa, Pista Patinaje, calles Loa y 2 de Mayo y ZonaLos Cangrejos. Que, de la información remitida para tal efecto por la Municipalidad Distrital de Ancón, se verificó que para la estructura de costos se han considerado los siguientes rubros: Mano de Obra, Materiales, Costos Fijos, entreotros. De acuerdo con dicha información, el costo delservicio para el período comprendido entre el 1 de di-ciembre del 2004 y el 30 de abril del 2005 asciende a S/. 122,282.60, tal como se observa en el Anexo Nº 1 del Informe del SAT. Que, para determinar la prestación efectiva del servi- cio, la Municipalidad ha considerado entre las 5 zonasdefinidas 326 espacios diarios habilitados para estacio-namiento de lunes a domingo, los mismos que están adisposición de los usuarios en el horario de 8:00 a 24:00 horas, por el período indicado anteriormente. Para verifi- car el financiamiento de los costos incurridos por la Muni-cipalidad en la prestación del servicio se ha efectuado la estimación de los ingresos por tasa de estacionamientovehicular. Así, del uso efectivo de los aproximadamente22,820 espacios usados efectivamente para todo el pe-ríodo y teniendo en cuenta el tiempo de permanenciamenor a 1 hora y mayor de 5 horas, multiplicados por su tasa correspondiente (S/. 1.00, S/. 10.00), dan como re- sultado S/. 122,253.26 de ingresos, que financian el99.98% de los costos, siendo la diferencia restante asu-mida por la Municipalidad Distrital de Ancón, conforme seaprecia en el Anexo Nº 2, del Informe del SAT. Que, en lo que se refiere a la publicidad de las nor- mas municipales, es preciso anotar que el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone la obliga-ción de las municipalidades distritales que conforman laprovincia de Lima de publicar en el Diario Oficial El Pe-ruano sus ordenanzas, decretos de alcaldía y los acuer-dos sobre remuneración del Alcalde y dietas de los Re- gidores. Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de Ancón aún no ha publicado el texto de la OrdenanzaNº 047-2004-MDA y el Decreto de Alcaldía Nº 013-2004-A/MDA que la precisa, situación que se mantiene pen-diente a la fecha de emitido el presente informe. Que, en ese sentido, la procedencia de la presente ratificación se encuentra condicionada al cumplimientode la publicación del texto completo de la OrdenanzaNº 047-2004-MDA y el Decreto de Alcaldía Nº 013-2004-A/MDA. Que, en atención a lo expuesto en los párrafos pre- cedentes, se concluye que la Ordenanza Nº 047-2004- MDA, precisada por el Decreto de Alcaldía Nº 013-2004-A/MDA, se encuentra conforme a lo establecido en laLey Orgánica de Municipalidades, el Texto Único Orde-nado de la Ley de Tributación Municipal y la OrdenanzaNº 212. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 047- 2004-MDA, precisada por el Decreto de Alcaldía Nº 013-2004-A/MDA, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Ancón establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular en Playas de Veraneo durante el período comprendido entreel 1 de diciembre de 2004 hasta el 30 de abril de 2005,Playas Hermosa, Casino Náutico y Enanos, 18 y Chica. Artículo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Ancón consigne en el boleto o comprobante, materia de cobranza de la tasa de estacionamiento, el monto por media hora o fracción y más de 5 horas. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo de Ratifica- ción entrará en vigencia, cuando la Municipalidad Distri-tal de Ancón cumpla con publicar en el Diario Oficial ElPeruano el texto de la Ordenanza Nº 047-2004-MDA y el Decreto de Alcaldía Nº 013-2004-A/MDA que la precisa y en tanto la Municipalidad Metropolitana de Lima noapruebe la norma que establezca los parámetros y cri-terios para cobrar las tasas de Estacionamiento Vehicu-lar en la Metrópoli. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 01051 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G61/G73/G65/G6F/G20/G79/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G2D/G74/G61/G72/G69/G61 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000667 Lima, 5 de enero de 2005