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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G36/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de enero de 2005 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G78/G74/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G41/G67/G72/G61/G2D /G72/G69/G61/G20/G2D/G20/G49/G4E/G49/G45/G41/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0003-2005-INIEA-OGA Lima, 28 de enero de 2005 VISTOS:El Oficio Nº 028-2005-INIEA-OL, de 17 de enero de 2005, del Jefe de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de In-vestigación y Extensión Agraria - INIEA; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 7º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 083-2004-PCM, cada Entidad debe elaborar unPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismoque debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Plan Anual que debe seraprobado por el Titular del Pliego o la máxima AutoridadAdministrativa de la Entidad, según corresponda; Que, de acuerdo al Artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Titular de la Entidad o la máxima Autoridad Administrativa,según corresponda, debe aprobar el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones, dentro de los treinta (30)días naturales siguientes a la aprobación del PresupuestoInstitucional, en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la República para el ejercicio anual 2005; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 00117-2004- INIE de fecha 30 de diciembre del 2004, se aprobó elPresupuesto Institucional de Apertura tanto de ingresoscomo de egresos, correspondiente al Año Fiscal 2005 del Pliego 163: Instituto Nacional de Investigación y Exten- sión Agraria - INIEA; Que, el Artículo 11º de la Ley Nº 28427 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,establece los montos para la determinación de los proce-sos de selección, los cuales deben ser aplicados en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 15º, 16º y 17º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado y en el Artículo 77º delReglamento, aprobados, mediante Decreto Supremo Nº083-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,respectivamente; Que, teniendo en cuenta los considerandos preceden- tes, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones del Instituto Nacional de Investigación yExtensión Agraria - INIEA para el Año Fiscal 2005 - UnidadEjecutora 001 - Sede Central, Pliego 163; De conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo 7º de la Resolución Ejecutiva Nº 074-2003-INIA, en que se delega en el Director de la Oficina General de Admi-nistración, la facultad de aprobar el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones del Estado de este Instituto; y con lasvisaciones de los Directores Generales de las OficinasGenerales de Planificación y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Investigacióny Extensión Agraria - INIEA para el Año Fiscal 2005 - Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, Pliego 163, el mis-mo que se adjunta y forma parte integrante de la presen-te Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Logística cumpla con publicar la presente Resolución en el Siste- ma Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) díashábiles de aprobado. Artículo 3º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del INIEA - Unidad Ejecutora001 - Sede Central Pliego 163 para el Año Fiscal 2005, se encuentre a disposición de los interesados en la Ofi- cina de Logística ubicada en la Av. La Molina Nº 1981,distrito de La Molina, para su revisión y/o adquisición;así como en la página web de la Entidad: http:// www.inia.gob.pe. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, al día siguien- te de la aprobación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.RODOLFO MORALES ACCAME Director General 02052 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20 /G6C/GED/G6D/G69/G74/G65/G20 /G64/G65/G20 /G73/G69/G65/G6D/G62/G72/G61/G2C /G6D/G61/G74/G61/G64/G61/G20/G79/G20/G71/G75/G65/G6D/G61/G20/G79/G20/G63/G61/G6D/G70/G6F/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G6C/G67/G6F/G64/G6F/G6E/G65/G72/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G56/G61/G6C/G6C/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4C/G6F/G72/G65/G6E/G7A/G6F/G2C/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G50/G69/G75/G72/G61/G2C/G20 /G73/GF3/G6C/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G32/G30/G30/G35 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 007-2005-AG-SENASA Lima, 19 de enero de 2005 VISTO: El Oficio Nº 2054-2004-AG-SENASA-P, de fecha 23 de diciembre de 2004, mediante el cual la Dirección delSENASA Piura, remite la propuesta de modificatoria de fechas límite para la siembra, matada y quema, y campo limpio del cultivo del algodonero en el valle San Lorenzo,en el departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, apro-bado mediante Resolución Ministerial N° 251-94-AG ymodificado por la Resolución Ministerial N° 443-97-AG,asimismo siendo el Artículo 3° del citado Reglamento elque fija las fechas límites para la siembra, matada, que- ma y campo limpio del mencionado cultivo en cada valle; Que, la Segunda Disposición Complementaria del re- ferido Reglamento faculta al Servicio Nacional de Sani-dad Agraria – SENASA, modificar mediante ResoluciónJefatural las fechas límite fijadas en su Artículo 3°, pre-via evaluación técnica realizada por la Comisión Ad Hoc del valle respectivo; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1118-2001- AG del 15 de octubre de 2001, se modificó lo establecidoen el Artículo 3° del mencionado Reglamento, a efectosde adecuar las fechas límites de siembra del cultivo delalgodonero, incluyendo las siembras de algodón híbrido; Que, mediante el INFORME TÉCNICO Nº 01-2005- AG-SENASA-DGSV-DIA/S, de fecha 3 de enero de 2005,la Dirección General de Sanidad Vegetal informa que lasolicitud de modificación, está referida sólo para la pre-sente campaña agrícola, debido a las condiciones cli-máticas e hídricas que se suscitan en el mencionado valle, y que esta solicitud se enmarca dentro de los re- querimientos establecidos por el Reglamento del Cultivodel Algodonero para los Valles de la Costa Peruana;