Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2005 (29/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 29 de enero de 2005 VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Oficio V-70-COFA-SACFA-Nº 0276 del 28 de octubre del 2004 del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru con el que solicita se deje sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 883-2004 DE/FAP de fecha 12 de agosto del 2004. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 883-2004 DE/FAP de fecha 12 de agosto del 2004 se exonero a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica por la causal de "Servicios que no Admiten Sustitutos" para la contratacion de los servicios especializados para el curso de entrenamiento para pilotos en la compania "Sociedad Airco"; Que, como Anexo 1 al oficio V-70-COFA-SACFA-Nº 0276 del 28 de octubre del 2004 del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru figura la invitacion de fecha 19 de agosto del 2004 mediante la cual el Comite Especial designado remitio las Bases Administrativas del MORDAZA de seleccion AMC Nº 0007-2004-FAP/COMOP a la empresa "Sociedad Airco"; Que, al indicado oficio como Anexo Nº 2 figura la comunicacion de fecha 26 de agosto del 2004 de la empresa "Sociedad Airco" con la que indica al Comite Especial que no pueden establecer contrato alguno en vista de que existe un acuerdo establecido entre el Ministerio de Estado Mayor de la Fuerza Aerea Francesa via el Secretario Administrativo de la Embajada de MORDAZA en Lima; Que, como Anexo Nº 3 al citado oficio figura el oficio V-170-COOE-Nº 1555 del 17 de setiembre del 2004 del Comandante de Operaciones en el que indica que la "Sociedad Airco", manifiesta que en la actualidad esta imposibilitada de realizar dicho entrenamiento en razon de haber recibido por parte del Ejercito del Aire MORDAZA la informacion de un Convenio entre el Ministerio de Defensa del Peru y el Ejercito del Aire de MORDAZA sobre el referido entrenamiento, y que existe un Acuerdo Tecnico para el entrenamiento de pilotos de la Fuerza Aerea en el simulador de vuelo del avion M-2000 que ha sido remitido por el Primer Consejero de la Agregaduria de Defensa de la Embajada de MORDAZA en el Peru con fecha 7 de setiembre del 2004 para ser suscrito entre los Ministerios de Defensa de ambos paises; Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 28284 de fecha 16 de MORDAZA del 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de MORDAZA del 2004 se aprueba el "Convenio Tecnico entre el Ministerio de Defensa de la Republica del Peru y el Ministerio de Defensa de la Republica de MORDAZA para la cooperacion en el MORDAZA de materiales para la Defensa"; formulando el Ejercito del Aire MORDAZA un Acuerdo Tecnico para el entrenamiento de pilotos de la Fuerza Aerea del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 883-2004 DE/FAP de fecha 12 de agosto del 2004 con la cual se exonero a la Fuerza Aerea del MORDAZA de Seleccion de "Adjudicacion Directa Publica" por la causal de "Servicios que no Admiten Sustitutos" para la contratacion de los servicios especializados para el Curso de Entrenamiento para Pilotos a realizarse en la Compania SOCIEDAD AIRCO. Articulo 2º.- Poner la presente Resolucion Ministerial en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, a la que se remitiran los antecedentes del caso, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 01960

Autorizan viaje de oficiales FAP a la MORDAZA para asistir a la Exposicion Internacional Aeroespacial - AERO-INDIA-2005
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 078-2005-DE/SG MORDAZA, 24 de enero de 2005 Visto el facsimil (DGS) Nº 28 de fecha 19 de enero de 2005 del Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA, del Mayor General FAP "R" MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARDELLI, Viceministro de Asuntos Logisticos y de Personal del Ministerio de Defensa y al Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Comandante de Operaciones de la FAP, con la finalidad que asistan a la 5ta. Exposicion Aeroespacial AERO - MORDAZA 2005, organizada por el Ministerio de Defensa Indio, a realizarse en la Estacion de la Fuerza Aerea del mencionado MORDAZA en la MORDAZA de Bangalore, del 9 al 13 de febrero del 2005; Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimentacion seran solventados por la institucion anfitriona, no generando gastos al Tesoro Publico, salvo en lo referente a la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre del 2004, los viajes que unicamente irroguen gasto al Tesoro Publico por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto podran ser autorizadas por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004, Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG del 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA, del 8 al 14 de febrero de 2005, del Mayor General FAP "R" MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARDELLI, Viceministro de Asuntos Logisticos y de Personal del Ministerio de Defensa y al Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Comandante de Operaciones de la FAP, con la finalidad que asistan a la Exposicion Internacional Aeroespacial AERO - MORDAZA - 2005, organizado por el Ministerio de Defensa Indio, a realizarse en la Estacion de la Fuerza Aerea del mencionado MORDAZA en la MORDAZA de Bangalore. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a disposiciones vigentes: Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 2 Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y alimentacion seran solventados por la institucion anfitriona, no generando gastos al Tesoro Publico, salvo en lo referente a la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto.

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