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Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución al Colegio de Notarios de San Martín para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 01978 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G2D/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G2D/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G2C/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G2D/G64/G61/G64/G20/G6F/G20/G65/G6E/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2005-JUS Lima, 27 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica del Sector Justicia, aproba- da por Decreto Ley Nº 25993, establece que es fun- ción del Ministerio de Justicia, formular políticas, nor- mas, planes y programas de alcance nacional delSector Justicia, así como evaluar su cumplimiento; Que, el Sector Justicia está integrado por el Institu- to Nacional Penitenciario (INPE), la Superintenden-cia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal(COFOPRI), el Archivo General de la Nación, inclu- yendo al Ministerio de Justicia; Que, las entidades públicas antes referidas son titulares de un conjunto de bienes muebles e inmue-bles, conforme a la normatividad de la materia, mu-chos de los cuales han sido recepcionados en vía de transferencia legal o contractual, sin que en algunos casos se haya regularizado la propiedad de dichosbienes a favor de la entidad que actualmente ostentasu dominio, lo cual debe ser materia de regularizacióny saneamiento, conforme a las normas legales apli-cables a los bienes del Estado; Que, en consecuencia, es necesario promover medidas de coordinación interinstitucional a efectosde realizar las acciones pertinentes para compilarlos títulos de dominio de los bienes de propiedad o acargo del Sector Justicia, incluyendo la regulariza-ción y saneamiento de los bienes inmuebles y mue- bles registrados, de propiedad o en uso del Sector Justicia, según cada caso, para cuyo efecto resultaconveniente conformar una Comisión de TrabajoSectorial que cumpla dichos objetivos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS - Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Justicia,Decreto Supremo Nº 154-2001-EF- Reglamento Ge-neral de Procedimientos Administrativos de los Bie-nes de Propiedad Estatal, Decreto Supremo Nº 130- 2001-EF - Medidas reglamentarias sobre acciones de saneamiento técnico, legal y contable de inmue-bles de propiedad estatal, y la Resolución Nº 292-2001-SBN - Directiva para la entrega de informaciónde bienes inmuebles de propiedad estatal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión de Trabajo del Sector Justicia, encargada de realizar las accio-nes y coordinaciones relativas al saneamiento,regularización y control administrativo interno de los bienes inmuebles y muebles registrados, de propie- dad o en un uso de las Entidades que forman parteintegrante del Sector Justicia, la cual estará integra-da de la siguiente manera: - Un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidirá, - Un representante de la Sede Central de la SU- NARP; - Un representante de la Zona Registral Nº IX Sede Lima de la SUNARP, - Un representante de COFOPRI, - Un representante del INPE, - Un representante del Archivo General de la Na- ción. Artículo 2º.- La Comisión podrá realizar coordina- ciones con otras entidades públicas, a efectos de complementar la información correspondiente, así como coadyuvar al cumplimiento de sus objetivos.Estas coordinaciones incluyen la convocatoria afuncionarios de las distintas entidades públicas delSector Justicia, vinculados directamente con el con-trol patrimonial mobiliario e inmobiliario, así como de funcionarios públicos que por su especialidad pue- dan brindar asesoría y apoyo a la Comisión. Artículo 3º.- Cada entidad nombrará a sus respectivos representantes mediante Resolución desu Titular, dentro de los tres (03) días útiles compu-tados a partir de la publicación de la presente Reso- lución Ministerial. Artículo 4º.- La Comisión de Trabajo Multisecto- rial se instalará en el término de cinco (05) días útilesposteriores al plazo indicado en el artículo prece-dente. Artículo 5º.- La Comisión deberá elevar al Despa- cho Ministerial, en el plazo de 60 días calendario com- putados desde su instalación, un informe detalladoacerca del estado situacional patrimonial de los bie-nes inmuebles y muebles registrados, de propiedad