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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (05/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de febrero de 2005 Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2001-PRES se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competen-cias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio- nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo-yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje- cutivo que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y por su Reglamento de Organiza-ción y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando suacceso a una vivienda adecuada y a los servicios bási- cos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, con- servación, mantenimiento y protección de los centrosde población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el señor Hugo Mungia Silvera, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Muqui, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento la donación de maquinaria para la industria del cuero, adecuándose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionariosdel Ministerio a maquinaria para mecánica de produc- ción e industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 265-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Téc- nico Nº 042-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR enel cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar módulos de maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi- dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de ladonación de las máquinas detalladas en el Anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad Distrital de Muqui, provincia de Jauja,departamento de Junín, con la finalidad de implementar el Centro Educativo Nº 30511; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779 y Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas descritas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizadas en S/. 22, 822.77 (Vein- tidós Mil Ochocientos Veintidós con 77/100 Nuevos So-les), a favor de la Municipalidad Distrital de Muqui, pro- vincia de Jauja, departamento de Junín, con la finalidad que implementar el Centro Educativo Nº 30511. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar por que se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de lostérminos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02540RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2005-VIVIENDA Lima, 3 de febrero de 2005Vistos el Oficio Nº 83-MDU-A-2004 de la Municipali- dad Distrital de Upahuacho, provincia de Parinacochas,departamento de Ayacucho; el Informe Técnico Nº 050-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR y el Memo-rándum Nº 123-2004-VIVIENDA/CGP del Comité deGestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la industria del calzado, con-fección y tejido, procedentes de la República PopularChina con la finalidad de equipar a pequeños y microem-presarios; siendo dicha norma modificada por Decretode Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizódestinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%)de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto deUrgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país,asimismo mediante el Decreto de Urgencia Nº 086-97se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuen-ta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podríantransferir en calidad de donación a los centros educati-vos estatales y a organizaciones sociales con fineseducativos, de capacitación o de promoción social sinfines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modificó la organización y funciones de los Ministe-rios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó elMinisterio de la Presidencia, quedando extinguido paratodos sus efectos el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2001-PRES se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las competen-cias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio-nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programade Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo-yo, control defensa judicial y asesoría del Ministerio de laPresidencia que se desactivó; Que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante delPoder Ejecutivo que se rige por su Ley de Organiza-ción y Funciones - Ley Nº 27792 y por su Reglamentode Organización y Funciones aprobado por el Decre-to Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y que tiene comomisión mejorar las condiciones de vida de la poblaciónfacilitando su acceso a una vivienda adecuada y a losservicios básicos, proporcionando el ordenamiento,crecimiento, conservación, mantenimiento y protec-ción de los centros de población y sus áreas de in-fluencia, fomentando la participación de las organiza-ciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversiónprivada; Que, a través de los oficios de Vistos, el señor Se- cundo Santos Huyhua Huamani, Alcalde de la Municipa-lidad Distrital de Upahuacho; solicitó al Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento la donación dediversos maquicentros; adecuándose dicho pedido encoordinaciones conjuntas con el citado gobierno local ylos funcionarios del Ministerio a maquinaria para la in-dustria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 341-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipa-miento Básico Municipal corrió traslado del InformeTécnico Nº 050-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisó que la entidad solicitante,cuenta con infraestructura adecuada para recibir einstalar módulos de maquinaria solicitada como do-nación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa-