Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2005 (11/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Oficio Nº 004-2005-SUNARP-Z.R.No.IX/OL, de fecha 3 de enero de 2005, la Jefatura de la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA remitio a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los antecedentes sobre el procedimiento administrativo del que forman parte las resoluciones citadas en los parrafos precedentes, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar MORDAZA contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27584; Que, segun se expone en los Oficios Nº 650-2004SUNARP-Z.R.No.IX/OL y 004-2005-SUNARP-Z.R.No.IX/ OL, la Superintendencia de Bienes Nacionales no ha dado merito a la prueba aportada ni a las razones esgrimidas por la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, al impugnar esta en sede administrativa la desafectacion a favor del Estado del terreno de 17,327.25 m2 ubicado entre los kilometros 44,514 y 45,827 de la antigua carretera Panamericana Sur, distrito de Punta; requiriendose por consiguiente acudir a la via judicial con el fin que se declare la correspondiente nulidad; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537- Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, interponga las acciones judiciales que correspondan, conforme a los fundamentos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 02951

expida la Resolucion Ministerial que autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, a iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previsto y penado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito contra la Fe Publica, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 02952

PRODUCE
Modifican articulo del D.S. Nº 0042005-PRODUCE
DECRETO SUPREMO Nº 007-2005-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 - los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que el articulo 9º de la citada Ley contempla que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, la autoridad pesquera determinara segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos pesqueros; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2005-PRODUCE se modificaron articulos de los Decretos Supremos Nºs. 011-2003-PRODUCE y 028-2003-PRODUCE y del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 004-2005PRODUCE establece que el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 011-2003-PRODUCE, modificado por los articulos 1º y 2º del citado Decreto, tendra vigencia hasta 30 dias calendario y que vencido dicho plazo, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero o el Despacho Viceministerial, segun corresponda, des-

Autorizan a procurador interponer acciones judiciales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 082-2005-JUS MORDAZA, 8 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 270-2005-JUS/PPMJ, de fecha 17 de enero de 2005, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 323-2004-INPE/06, de fecha 12 de octubre del 2004, la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario, pone en conocimiento de la Presidencia de dicho Organismo sobre la MORDAZA de las facturas numeros 001-000875, 001-001030, 001-001039, 001-000863, 001-011515 y 002-002541, presuntamente falsificadas, producida en la rendicion de cuentas respecto a la entrega de Canastas por MORDAZA Patrias, por parte de representantes del Sub CAFAE de las Direcciones Regionales del Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante el Oficio Nº 730-2004-INPE/01, de fecha 13 de octubre de 2004, la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario, remitio los respectivos antecedentes con indicios de comision de delito, para que se

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