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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (11/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

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PÆg. 286843 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de febrero de 2005 el área de presentación de la feria Women's Wear Daily (WWD) las empresas peruanas presentarán sus pro-pias marcas; Que, por lo expuesto y dada la importancia del refe- rido evento, PROMPEX ha propuesto que se autorice laparticipación de dos representantes, con la finalidad de realizar una supervisión y evaluación de la feria, difundir y promocionar la oferta exportable peruana, prestar apo-yo a las empresas peruanas participantes, así comodifundir el evento PERÚ MODA, que se realizará en laciudad de Lima en el mes de abril del 2005; Que, la Comisión para la Promoción de Exportacio- nes - PROMPEX, es un Organismo Público Descentrali- zado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR, conforme al literal c) del artículo 6º de laLey Nº 27790, Ley de Organización y Funciones delMINCETUR; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619, 27790, 28425 y 28427, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Sra. Teresa Ichikawa Kimata, encargada de la Gerencia de Textil Confecciones y Accesorios, y de la Srta. Ángela Ma-ría Reyes Bustos, funcionaria de la Gerencia TextilConfecciones y Accesorios, de la Comisión para laPromoción de Exportaciones - PROMPEX, a la ciudadde Las Vegas, Nevada - Estados Unidos de Norte- américa, del 12 al 17 de febrero del 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán concargo al Presupuesto del Pliego 008: Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 35: Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión parala Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria,Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, de acuer-do al siguiente detalle: - Viáticos (S$ 185 x 6 días x 2 personas) : US$ 2,220.00 - Pasajes (US$ 874.21 x 2 personas) : US$ 1,748.42 - Tarifa Corpac (US$ 28.24 x 2 personas) : US$ 56.48 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes a la realización del viaje, los representan-tes de PROMPEX, autorizados mediante el Artículo 1ºde la presente Resolución, presentarán al Titular de laentidad un informe detallado sobre las acciones realiza-das y los logros obtenidos en el evento al que asistirán. Asimismo, deberán presentar la respectiva rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exo- nera el pago de impuestos o de derechos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 02933 DEFENSA Dejan sin efecto la R.M. N” 1399-2004- DE/SG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 130-2005-DE/SG Lima, 8 de febrero de 2005 Visto el Oficio L.1000-210 de fecha 1 febrero 2005 del Director de Administración de Personal de fecha 1 febrero 2005, mediante el cual solicita modificar los al- cances de la Resolución Ministerial Nº 1399-2004 DE/SG de fecha 6 diciembre 2004;CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 1399-2004 DE/ SG de fecha 6 de diciembre del 2004, se resolvió decla-rar la nulidad del Acta del Comité Especial de fecha 5 denoviembre del 2004, en lo que se refiere al otorgamiento de la Buena Pro del proceso de Concurso Público Nº CP-0002-2004 MGP/DIPERADMON (Primera Convoca-toria), para la contratación del servicio de pasajesnacionales e internacionales, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de dicha ResoluciónMinisterial, así como retrotraer el citado proceso de se- lección a la etapa de presentación de Propuesta Econó- mica; Que, con Oficio Nº E-028-2005/GTN/MON de fecha 21 de enero 2005 la Subgerente de Monitoreo del Con-sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, refiere que habiéndose producido una evalua- ción errónea de las propuestas presentadas, no obstan- te las Bases señalaban lo requerido por la Entidad, lanulidad declarada por la Resolución antes mencionadadeberá disponer una nueva evaluación de las propues-tas presentadas en la primera oportunidad, careciendode sustento permitir la presentación de nuevas propues- tas, y que en consecuencia corresponde retrotraer el proceso a la etapa de evaluación de propuestas; Que, el organismo citado en el considerando precedente, en su calidad de ente rector en materia decontratación pública y en ejercicio de la atribución confe-rida por el inciso (a) del artículo 59º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, y la Tercera Dis-posición Final del Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, sustenta la referida observación en el último pá- rrafo del artículo 49º del citado Reglamento, el cual dis-pone que el incumplimiento de alguna de las disposicio-nes que regulan el desarrollo de las etapas de los proce-sos de selección constituye causal de nulidad de lasetapas siguientes del proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26º del mencionado Reglamen- to, y lo retrotrae al momento anterior a aquél en que seprodujo dicho incumplimiento; Que, el Comité Especial respectivo en uso de las facultades que le otorga la normatividad legal aplicable,dio cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Minis- terial Nº 1399-2004 DE/SG de fecha 6 de diciembre del 2004, y como consecuencia de ello, el día 15 diciembre2004 recepcionó las propuestas económicas presenta-das por las empresas postoras DOMIRUTH TRAVELSERVICE S.A.C., CASABLANCA TOURS S.A. y TRA-VEL TIME S.A., acto seguido realizó la evaluación eco- nómica y luego de obtenido el resultado otorgó la Buena Pro al postor TRAVEL TIME S.A., conforme al Acta delComité Especial de la misma fecha, no habiendo realiza-do observación alguna los representantes de las em-presas postoras, quedando consentida la Buena Pro deconformidad con el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12de febrero del 2001; Que, la Cuarta Disposición Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, establece que las resoluciones y pronunciamientos del CONSUCODEen las materias de su competencia tiene validez yautoridad administrativa, siendo de cumplimiento obli-gatorio; Que, en el párrafo (4) del Comunicado Nº 005-2004 (PRE) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - CONSUCODE, publicado en el Dia-rio Oficial El Peruano de fecha 29 diciembre 2004, seindica que los procesos de selección convocados origi-nalmente antes del 29 diciembre 2004 y los contratosderivados de los mismos, se regirán por la normativa de adquisiciones y contrataciones vigente al momento de la convocatoria; Que, en tal sentido y de conformidad con el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley