Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2005 (13/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 98

Pag. 287100

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de febrero de 2005

tificado de operacion, y verificara el sticker de identificacion del vehiculo. Los documentos seran devueltos con la correspondiente notificacion de infraccion debidamente llenada, la que debera ser firmada por el conductor. En caso que el infractor se negara a firmar la notificacion de infraccion, motivara que el Policia Municipal deje MORDAZA de este hecho en la misma notificacion, sin que ello invalide o reste eficacia en modo alguno a la sancion impuesta. Articulo 53º.- El conductor y/o propietario del vehiculo y en su caso, la persona juridica prestadora del servicio especial, son solidariamente responsables ante la Municipalidad de las infracciones que constate y sancione el Policia Municipal. Articulo 54º.- Si en el momento de la intervencion, el conductor se negase a presentar o no tuviera consigo los documentos requeridos por el Policia Municipal, motivara que este disponga que el vehiculo menor sea trasladado e internado en el deposito municipal, aplicando la notificacion de infraccion segun corresponda. Para la accion senalada en el parrafo anterior el Policia Municipal podra solicitar el apoyo de la Policia Nacional del Peru, debiendo elaborar un Acta de Internamiento. Articulo 55º.- Para recuperar los vehiculos internados en el deposito municipal se requiere: a) La Orden de MORDAZA firmada por el Gerente de Desarrollo MORDAZA y Obras, luego que el infractor presente el (los) recibo (s) de pago cancelado(s) por concepto de: guardiania, multa de la notificacion de infraccion, y de traslado del vehiculo menor al deposito municipal en caso se MORDAZA necesitado hacer uso de otro medio movil para trasladar dicho vehiculo al deposito municipal; o, b) La Resolucion que declare fundado el recurso impugnativo presentado. Articulo 56º.- Los vehiculos internados en el deposito municipal seran retirados por sus propietarios o representantes debidamente facultados, para lo cual presentaran como minimo los siguientes documentos: MORDAZA de la tarjeta de propiedad (o contrato de compra - venta legalizado), MORDAZA del Documento Nacional de Identidad o Carne de Identificacion Personal del propietario, MORDAZA de la boleta de internamiento y la original de la orden de MORDAZA o la resolucion del vehiculo menor. Articulo 57º.- El (los) vehiculo (s) internado (s) en el deposito municipal, debera(n) ser puestos a disposicion de la policia Nacional del Peru o del juzgado competente, cuando MORDAZA solicitados de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Cuando el vehiculo menor internado permanezca mas de treinta (30) dias calendario en el deposito municipal sin ser reclamados por su propietario, la Municipalidad procedera a subastarlo en la Subasta publica que se lleve a cabo con dicho fin, de acuerdo a Ley. Articulo 58º.- El importe correspondiente a los gastos por traslado del vehiculo al deposito municipal y guardiania es como sigue (Anexo III): - Traslado del vehiculo menor al Deposito Municipal (0.95% UIT). - Costo diario por guardiania del vehiculo menor al Deposito Municipal (0.45% UIT). TITULO V DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad constituira anualmente la Comision Tecnica Mixta Distrital, que tendra como finalidad promover el desarrollo y la fiscalizacion del cumplimiento de la presente Ordenanza y de las normas que se dicten en lo sucesivo. Segunda.- El pago de los derechos y multas se efectuaran en la MORDAZA de la Municipalidad y la recaudacion de las sanciones por infracciones que genere la presente Ordenanza, se destinara exclusivamente a las acciones de mantenimiento, mejoramiento de la infraestructura vial y al equipamiento de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras.

Tercera.- Mediante Resolucion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se aprobara el Estudio Tecnico elaborado por el Departamento de Obras Publicas y Transporte de la Municipalidad, en el que se determinara el numero MORDAZA de unidades vehiculares que prestaran servicio especial en vias del distrito, tomado como parametro tecnico la capacidad de vias y aplicacion de medidas tendientes a preservar el medio ambiente. Cuarta.- Por Decreto de Alcaldia se estableceran las zonas o vias rigidas para la circulacion de vehiculos menores en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, asi como los lugares en los que se estableceran los paraderos autorizados para el embarque y desembarque de pasajeros de las unidades vehiculares que prestan el servicio especial de pasajeros y/o carga en vehiculos menores, previo informe tecnico de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras. En tanto se aprueba dicha MORDAZA, se mantendran vigentes las normas que actualmente se encuentra regulando tales zonas y los paraderos. Quinta.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para dictar normas complementarias y/o reglamentarias a la presente ordenanza. Sexta.- En concordancia con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, si como producto de los estudios tecnicos correspondientes se determinara la necesidad de establecer el servicio de transporte especial de vehiculos menores comunes con otros distritos contiguos, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA podra suscribir Convenios con la Municipalidad Distrital colindante, previa designacion de una Comision que se encargara de elaborar los estudios y mecanismos legales de manera conjunta con la designada por la otra Municipalidad Distrital que permitan regular integralmente el servicio. Setima.- Incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA y Regimen de Aplicacion de Sanciones - RAS de la Municipalidad, el Cuadro de Procedimientos y Derechos de pago y el Cuadro de Infracciones Sanciones respectivamente que se encuentran como anexos y forman parte integrante de la presente ordenanza. Octava.- La Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana debera trasladar toda informacion y acervo documentario sobre vehiculos menores a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a efectos que esta cumpla sus funciones conforme a las disposiciones establecidas en el articulo 27º de la presente Ordenanza. Novena.- Las personas juridicas que han presentado su solicitud de renovacion MORDAZA del vencimiento de su autorizacion seran evaluadas con criterio de prioridad por fecha de MORDAZA de sus solicitudes con respecto de aquellas que solicitan autorizacion para prestar el servicio especial MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza, las mismas que deberan adecuarse a los requisitos establecidos en la presente Ordenanza, a excepcion del pago del Certificado de Operacion, el mismo que se debera realizar dentro de los 3 dias calendario de haber aprobado la Constatacion o Verificacion Tecnica de Funcionamiento y MORDAZA del Vehiculo, en caso de incumplir con el referido pago dentro del plazo MORDAZA senalado se aplicara lo dispuesto en el Inciso b), del Articulo 49º de la presente ordenanza. Decima.- La Gerencia Municipal y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras velaran por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Decima Primera.- Deroguese la Ordenanza Nº 0582000-MDMM y toda disposicion o MORDAZA distrital que se oponga a la presente. Decima Segunda.- La presente ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA * La presente Ordenanza ha sido promulgada el dia 7 de febrero de 2005.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.