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PÆg. 287096 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de febrero de 2005 Ítem Procedimiento Administrativo Derecho A Permiso de Operación 7.0% UITB Mantenimiento y limpieza, anual por paradero 7.0% UIT C Certificado de operación 1.7% UITD Credencial del conductor 1.2% UIT E Inspección técnica por paradero 2.2% UIT F Constatación o Verificación Técnica de Funcionamiento ypresentación del Vehículo 7.0% UIT G Sticker 0.5% UIT H Duplicado del certificado de operación 1.7% UIT I Duplicado del sticker 0.5% UIT J Duplicado de la Credencial del conductor 1.2% UIT K Renovación del Permiso de Operación 7.0% UIT L Récord de Infracciones del Registro Municipal 0.5% UITde Infracciones a la Ordenanza deVehículos Menores Todos los documentos en copias serán presentados fedateados. Artículo 9º.- La solicitud con los requisitos señala- dos en el artículo precedente será presentada ante elDepartamento de Trámite Documentario y Archivo Cen-tral de la Municipalidad, quien aperturará un expediente con la documentación relativa a los procedimientos se- ñalados en el artículo anterior, y lo remitirá a la Gerenciade Desarrollo Urbano y Obras para que este dispongalas inspecciones y procedimientos pertinentes (verificarla documentación, realizar las inspecciones técnicas delos paraderos propuestos y efectuará la Constatación o Verificación Técnica de Funcionamiento y presentación de los vehículos menores de la persona jurídica). Artículo 10º.- Una vez cumplidos y presentados los requisitos exigidos en el artículo noveno, la Gerencia deDesarrollo Urbano y Obras en el plazo máximo de quin-ce (15) días hábiles, previo informe correspondiente, emitirá la misma; o, en su defecto, la esquela de obser- vación respectiva, en la que se otorgará a la PersonaJurídica una prórroga de un máximo de 15 días hábiles,para que levante las observaciones realizadas. Vencidoeste plazo y de no haberse emitido el Permiso de Opera-ción, la solicitud será considerada denegada, pudiendo la solicitante presentar el recurso impugnatorio que esti- me conveniente. Artículo 11º.- El Permiso de Operación que se otor- ga a la persona jurídica, es de carácter institucional eintransferible, su vigencia es de tres (3) años. La Re-novación es automática por igual período a solicitud de la persona jurídica interesada. Únicamente podrá ser renovado el Per miso de Operación respecto de los vehículos menores que hayan pasado y aprobado laConstatación o Verificación Técnica de Funcionamientoy presentación del vehículo con un mínimo del 80% de laflota autorizada. Para solicitar la renovación del Permiso de Opera- ción la persona jurídica debe realizar los pagos respec-tivos por Constatación o Verificación Técnica de Funcio-namiento y presentación del vehículo, sticker, Permisode Operación, certificado de operación y credencial delconductor y demás pagos referidos al Permiso de Ope- ración. La vigencia del certificado de operación, la creden- cial del conductor y del sticker será de 3 años, caducan-do conjuntamente con el Permiso de Operación. Artículo 12º.- La sola presentación de la solicitud del Permiso de Operación NO AUTORIZA a prestar el ser- vicio especial. Artículo 13º.- El Permiso de Operación para el servi- cio especial será otorgado por Resolución de Gerenciade Desarrollo Urbano y Obras de la Municipalidad. Artículo 14º.- El Permiso de Operación contendrá como mínimo la siguiente información: a) La ubicación del paradero autorizado; b) El nombre de la persona jurídica autorizada;c) Número del Permiso de Operación;d) Cantidad de unidades; e) La zona de trabajo del servicio especial;f) Fecha de Emisión;g) Fecha de caducidad del Permiso de Operación; y,h) La firma de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras; i) Domicilio Legal y/o teléfono de la Persona Jurídica. Artículo 15º.- El certificado de operación contendrá como mínimo: a) Nombre de la persona jurídica autorizada y del propietario del vehículo; b) Número del Permiso de Operación;c) Dirección y/o teléfono de la persona jurídicad) Número del Certificado de Operación;e) Fecha de caducidad del Certificado de Operación;f) Número de placa de rodaje del vehículo menor; g) Datos de la tarjeta de propiedad; h) Número de Identificación del vehículo asignado por la persona jurídica autorizada; i) Número del documento Nacional de identidad o carné de identificación personal del propietario del vehí-culo; y, j) Firma de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. Para el otorgamiento del certificado de operación, se deberá presentar ante la municipalidad los siguientesrequisitos: 1. Solicitud. 2. Copia fedateada del documento de identidad (DNI/ CIP) del propietario del vehículo menor afiliado a unapersona jurídica autorizada. 3. Copia fedateada de la Tarjeta de Propiedad.4. Aprobación Anual de Constatación o Verificación Técnica de Funcionamiento y presentación del vehículo realizado por la Municipalidad en Formatos. 5. Recibo de pago de derecho de trámite. Artículo 16º.- La Credencial del Conductor conten- drá como mínimo: a) Nombre de la persona jurídica autorizada; b) Nombres y Apellidos del Conductor;c) Número del Documento Nacional de Identidad o Carné de Identificación Personal del Conductor; d) Número de la Credencial del Conductor; e) Fecha de caducidad de la Credencial del Conduc- tor; f) Número de Licencia de Conducir;g) Fotografía del conductor;h) Firma de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. Para la obtención de la credencial del conductor se deberá presentar ante la municipalidad: 1. Solicitud. 2. Dos fotos a color tamaño carné por cada conduc- tor. 3. Copia fedateada del DNI/CIP. 4. Declaración Jurada garantizando el cumplimiento del reglamento de tránsito, Ordenanza Nº 341-MML, ylas disposiciones en materia de tránsito en el distrito. 5. Recibo de pago de derecho de trámite. Artículo 17º.- La renovación de la autorización otor- gada a través del Permiso de Operación será otorgadaprevio informe técnico, debiendo las personas jurídi-cas solicitarla con 30 días de anticipación a su venci-miento. Artículo 18º.- Se contempla la sustitución de ve- hículos menores sólo en el caso de renovar la flota con vehículos de menor antigüedad o aquellos en mejorescondiciones técnicas. No considerándose la sustituciónde vehículos por efectos de reemplazar a aquellos quehayan sido cancelados su Certificado de Operación ocuando las personas jurídicas soliciten sólo la baja del vehículo. Artículo 19º.- Para la evaluación del expediente ad- ministrativo de renovación se deberá tomar en cuenta elcomportamiento y la operatividad de la persona Jurídica