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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (13/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 92

PÆg. 287094 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de febrero de 2005 f) Decreto Supremo Nº 058-2003 MTC - Reglamento Nacional de Vehículos. g) Decreto Supremo Nº 024-2004- MTC - Reglamen- to Nacional de Póliza de Seguros. h) Decreto Supremo Nº 043-2003-MTC - Establecen plazo de suspensión de otorgamiento de permisos de operación para prestar servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores y de ins-cripción de unidades vehiculares en el registro adminis-trativo correspondiente. i) Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrati- vo General. Artículo 3º.- La prestación del servicio especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores será efec-tuada dentro de la siguiente delimitación territorial: Por el Norte: hasta el límite distrital de Pueblo Libre; Por el Este: hasta la altura de la pista auxiliar de Norte a Sur de la Av. Brasil; Por el Sur: hasta el malecón Castagnola; yPor el Oeste: hasta el límite distrital de San Miguel. CAPÍTULO II DE LAS DEFINICIONES Artículo 4º.- Para la aplicación de la presente orde- nanza se entenderá por: 1. CARNÉ DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL.- Es el carné otorgado por la Municipalidad, que acreditaque el Conductor Autorizado ha cursado satisfactoria-mente el Curso de Educación y Seguridad Vial aprobadopor la institución que dicto el curso. 2. CERTIFICADO DE OPERACIÓN.- Documento intransferible que autoriza al vehículo menor para que preste el servicio especial, luego de cumplir conlos requerimientos señalados en la presente Orde-nanza. 3. COBERTOR.- Es la mascara delantera con para- brisas para proteger al Conductor. 4. COMISIÓN TÉCNICA MIXTA.- Integrada por regi- dores de la Comisión de Transporte, representantes delas Organizaciones de Transportadores Autorizados, yel representante de la Policía Nacional del Perú, de acuer-do al Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC - ReglamentoNacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Motorizados o No Motorizados modificado por Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. 5. CONDUCTOR.- Persona calificada autorizada por la Municipalidad que es titular de licencia de conducirrespectiva, y que además cuenta con la respectiva Cre-dencial del Conductor que la faculta a conducir el vehí- culo menor. 6. CONSTATACIÓN O VERIFICACIÓN TÉCNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PRESENTACIÓN DEL VEHÍCU-LO.- Es la verificación que realiza la Municipalidad de las condiciones básicas de carácter técnico de las ca-racterísticas originales del vehículo menor en concor- dancia con la tarjeta de propiedad, presentación interior y exterior del vehículo, que deben cumplir para la reali-zación óptima del servicio especial; así como de lascondiciones técnicas de Seguridad que deben de reunir. 7. CREDENCIAL DEL CONDUCTOR.- Documento expedido por la Municipalidad, que autoriza al conductor integrante de la persona jurídica autorizada a prestar el servicio especial. 8. DEPÓSITO MUNICIPAL.- Local del distrito donde se remiten los vehículos por haber incurrido, la personajurídica y/o sus conductores y/o propietarios, en infrac-ciones a las disposiciones que regulan el servicio espe- cial u otras de alcance nacional o provincial, que conlle- ven como sanción accesoria, el internamiento de losmismos. 9. FLOTA.- Número de vehículos menores autoriza- dos para prestar el servicio especial, luego de cumplirlos requisitos señalados en la presente ordenanza. 10. LICENCIA DE CONDUCIR.- Documento otorga- do por la autoridad competente a la persona natural paraconducir vehículos menores con la categoría corres-pondiente.11. MUNICIPALIDAD.- Municipalidad Distrital de Mag- dalena del Mar, competente para regular, gestionar yfiscalizar el servicio especial de conformidad con la nor-matividad vigente. 12. NOTIFICACIÓN DE INFRACCIÓN.- Constancia de haber cometido, el conductor y/o propietario y/o per- sona jurídica autorizada o no, una o más infracciones previstas en la presente Ordenanza, que tiene comoresultado la aplicación de la multa y/o internamiento delvehículo en el Depósito Municipal, suspensión y/o can-celación del Certificado de Operación, Credencial delConductor y Permiso de Operación. 13. ORDEN PRIORITARIO.- Secuencias de requisi- tos de calificación que en el orden establecido, se ten-drán en cuenta cuando dos o más personas jurídicassoliciten prestar el servicio especial en un mismo para-dero. 14. ORGANIZACIÓN DE TRANSPORTADORES EN VEHÍCULOS MENORES.- Asociación de personas jurí- dicas autorizadas por la Municipalidad debidamente cons-tituidas e inscritas en los Registros Públicos y que agru-pa a no menos del 40% del total de las personas jurídi-cas autorizadas. 15. PARADERO.- Es el área demarcada en la vía pública, técnicamente calificada, debidamente señaliza- da y autorizada por la Municipalidad para el estaciona-miento de vehículos menores en forma temporal y orde-nada, a la espera de pasajeros. 16. PASAJERO O USUARIO.- Persona natural que solicita el servicio especial hacia un lugar determinado, abonando el pago del precio convenido con el conduc- tor. 17. PERMISO DE OPERACIÓN.- Autorización in- transferible otorgada por la Municipalidad, que faculta auna persona jurídica a prestar el servicio especial en lazona de trabajo determinada dentro del distrito; docu- mento que incluye además, la autorización de paradero, flota vehicular requerida, luego de cumplir con los requi-sitos señalados en la presente Ordenanza. 18. PERSONA JURÍDICA.- Es la Empresa, Asocia- ción u otra forma de organización que se constituye deconformidad con las disposiciones legales vigentes e inscritas en los Registros Públicos cuyo objetivo es brin- dar el servicio especial. 19. PRECIO DEL SERVICIO.- El que se fija libremen- te entre el conductor del vehículo menor y el pasajero deacuerdo con la libre oferta y demanda. 20. POLICÍA MUNICIPAL.- Persona designada por la Municipalidad para supervisar, fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que regulan el trans-porte y tránsito en la jurisdicción del distrito. 21. SERVICIO ESPECIAL.- Es el servicio público de transporte de pasajeros y/o carga en vehículos meno-res, prestados por una persona jurídica autorizada por la Municipalidad. 22. STICKER.- Distintivo municipal plastificado, codi- ficado e impreso con la descripción de “VEHÍCULO AU-TORIZADO”, otorgado y colocado por la Municipalidad,que será colocado en la parte Interna superior del para-brisas del vehículo, luego de haber aprobado la Consta- tación o Verificación Técnica de Funcionamiento y pre- sentación anual del vehículo. 23. SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS MENORES.- Procedimiento administrativo mediante el cual la perso-na jurídica que cuenta con Permiso de Operación paraprestar el servicio especial solicita a la Municipalidad Distrital que le otorgó el referido permiso, el retiro y re- emplazo de uno o más de los vehículos menores yainscritos en su flota, los que deberán ser vehículos nue-vos o usados de menor antigüedad o en mejores condi-ciones técnicas que los sustituidos. 24. TRANSPORTADOR AUTORIZADO.- Es la Per- sona Jurídica Autorizada para prestar Servicio Especial en el distrito, mediante Permiso de Operación. 25. VEHÍCULOS MENORES (MOTOTAXIS).- Son vehículos motorizados de tres ruedas, utilizados paraservicio de Transporte de pasajeros y/o carga, provis-tos de una cabina para uso de pasajeros en la parte posterior y de montura en la parte delantera para uso exclusivo del conductor especialmente acondiciona-dos para el Transporte de personas y/o carga, cuyaestructura y carrocería cuentan con elementos de pro-