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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G37/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 2 de julio de 2005 Mayor FAP RODRIGUEZ CORONEL Javier Elias P iloto Capitán FAP ARRUNATEGUI RENTERIA Richard OB Técnico 2da. FAP HUAYANAY DURAND Vicente Damian CE TRIPULACIÓN ALTERNA Capitán FAP SCHIPPER SPOYA Erwin Paul ONB Técnico 3ra. FAP CAYCHO CER VERA Bruno Willian CE AVIÓN ALTERNO : AN-32B FAP Nº 327 PERÍODO : Del 24 al 26 de m ayo del 2005 Comandante FAP SANCHEZ BARDALES César Alberto Oficial Mantto Mayor FAP BARDALES ARIAS Ernesto P iloto Capitán FAP MIRANDA QUIROS Percy Omar P iloto Capitán FAP FERNANDEZ GARCIA Edwin Luis P iloto Técnico 1ra. FAP ROMERO PANT OJA José Ruy er Mecánico Técnico 1ra. FAP CHIPANA QUI SPE Guillermo Roberto C. Master TRIPULACIÓN ALTERNA Mayor FAP PEDEMONTE GARCIA Juan Carlos P iloto Técnico 1ra. FAP ALBORNOZ CARRERA ELIAS M ecánico Técnico 2da. FAP FLORES FARFAN G ilberto C. Master Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (Avión Titular) US$ 200.00 x 2 días x 5 personasViáticos (Avión Alterno) US$ 200.00 x 3 días x 6 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de díasautorizados. Artículo 4º.- El citado personal, deberá dar cumpli- miento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 11936 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G2D /G74/G69/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E /G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 307-2005-DE/FAP Lima, 14 de junio de 2005 Visto el Acta Nº 0180 del 19 de abril del 2004 de la Junta de Sanidad y Facsímile (511) 274-6116 del 17 de marzo del 2005 y Email del 9 de mayo del 2005 del Coor-dinador Clínico del "HOSPITAL JACKSON MEMORIAL de Miami, Solicitud del 22 de marzo y 10 de mayo del 2005, del Técnico de Segunda FAP (R) GALVEZ REYESCesar Augusto, Papeleta de Trámite Nº 1659 - SGFA del 8 de abril del 2005, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú;CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Ministerial Nº 0427-DE/FAP - CP del 27 de febrero del 2003 se autorizó al Técnico deSegunda FAP (R) GALVEZ REYES César Augusto, para que viaje a los Estados Unidos de América del 11 al 19 de marzo del 2003, para su evaluación médica altamen-te especializada, cuyo diagnóstico fue "POST OPERA- DO DE HERNIA DISCAL, RESIDUAL L4 L5 DERECHA, POST OPERADO DE HERNIA DISCAL, CERVICAL A 2NIVELES C5-C6 Y C6-C7", la misma que se efectuó en el HOSPITAL JACKSON MEMORIAL de Miami; asimis- mo, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0579,0781 y 0850 - DE/FAP-CP del 1 de abril, 15 de mayo y 29 de mayo del 2003, respectivamente, se amplió dicha permanencia con la finalidad de ser intervenido quirúr-gicamente en el citado Nosocomio; Que, con la Resolución Nº 0215-CGFA del 16 de febrero del 2004, el citado Técnico pasó a la Situación Militar de Retiro; Que, mediante el Acta Nº 0180 del 19 de abril del 2004 la Junta de Sanidad, opina, que en vista que el Técnico de Segunda FAP (R) GALVEZ REYES Cesar Augusto, ha sido operado bajo alta tecnología en el HOS-PITAL JACKSON MEMORIAL de Miami, se recomienda que sea reevaluado por el mismo profesional; asimismo con fecha 10 de mayo del 2005 el citado Técnico solicitase autorice el viaje al extranjero, a fin de poder asistir a la cita de control médico concertada para el día 13 de junio del 2005, de acuerdo al Email del 9 de mayo del 2005 delCoordinador Clínico del mencionado Hospital de Miami; Que, con la Papeleta de Trámite Nº 1659 - SGFA del 8 de abril del 2005, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú dispone la evaluación del requerimientopresentado por el Técnico de 2da. FAP (R) GALVEZ REYES César Augusto; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero del 2004 y el Artículo 15º delReglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del Técnico de 2da. FAP (R) GALVEZ REYES César Augusto, para su evaluación médica altamente especializada, a efec- tuarse en el HOSPITAL JACKSON MEMORIAL de Mia-mi - Estados Unidos de América, del 12 al 16 de junio del 2005; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Otorgar pasajes Lima - Miami - Lima a favor de la Sra. Carmen Rosa CARBAJAL de GAL- VEZ, quien viajará acompañando al Técnico de 2da.FAP (R) GALVEZ REYES César Augusto, de confor- midad a lo recomendado en el Acta Nº 0180 del 19 de abril del 2004 de la Junta de Sanidad y a lo dispuestoen el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004. Artículo 3º.- El citado Técnico deberá dar cumpli- miento en lo establecido en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes (ida y retorno): Lima - Miami (EE.UU.) - LimaUS$ 484.84 x 2 personas Viáticos US$ 220.00 x 5 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 2 personas