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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 Artículo Cuarto.- DISPONER que a través de la Secretaría General se remita copia del presente acuer-do a la Contraloría General de la República y al CONSU-CODE. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral la publicación del presente Acuerdo de Concejo enel Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Administracióny Finanzas su publicación en el SEACE. Dado en el Palacio Municipal a los veinte días del mes de mayo de dos mil cinco. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 12592 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G30/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4D/G44/G52 /G71/G75/G65/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/GF3/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G71/G75/G69/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G64/G65 /G72/G61/G64/G69/G6F/G20/G74/G72/G6F/G6E/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2005-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO: VISTOS: En Sesión Ordinaria de fecha 25.6.05 el Acuerdo de Concejo Nº 020-2005-MDR de fecha 11.5.05;el Oficio Nº E-438-2005/GTN/MON de fecha 3.6.05 deCONSUCODE; los Informes Nºs. 100 y 104-2005-OAF/MDR de fecha 13.6.05 y 20.6.05 respectivamente de la Oficina de Administración y Finanzas; el Memorándum Nº 323-2005-GM-MDR de fecha 20.6.05 de la GerenciaMunicipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0020-2005- MDR de fecha 11.5.05 se aprobó exonerar del procesode selección, la contratación del servicio de alquiler de26 equipos de Radio Troncalizado y el Servicio de Comuni-cación de 60 equipos requeridos; encargándose a laOficina readministración la publicación del presente acuerdo a través del SEACE; Que, mediante documentos de vistos el Consejo Su- perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,observó que el Acuerdo de Concejo Nº 0020-2005-MDRde fecha 11.5.05 no señala el Valor Referencial y el Plazocontractual correspondiente. Al respecto a través de los documentos de vistos la Directora de Administración y Finanzas opina que se hace necesario poner enconsideración al Concejo Municipal la incorporaciónmediante acuerdo de concejo el valor referencial y elPeríodo de Contratación del Servicio; De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, con el voto de la mayoría de losseñores regidores, con la dispensa del Dictamen de laComisión correspondiente y con la dispensa de la apro-bación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Modificar el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 020-2005-MDR de fecha 11.5.05el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Artículo Primero: Exonerar del Proceso de Selec- ción, por la causal señalada en el literal e) del artículo19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,la contratación del servicio de alquiler de 26 equipos deRadio Troncalizado y el servicio de comunicación de 60 equipos requeridos, siendo el valor referencial ascenden- te a S/. 53,127.46 (Cincuenta y tres mil ciento veintisietey 46/100 Nuevos Soles) y Período Contratación del Ser-vicio para un año". Artículo Segundo.- Déjese subsistente todo lo de- más que contiene el Acuerdo de Concejo Nº 020-2005- MDR de fecha 11.5.05.Artículo Tercero.- Disponer que a través de la Se- cretaría General se remita copia del presente Acuerdo ala Contraloría General de la República y al CONSU-CODE. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en elDiario Oficial El Peruano y a la Oficina readministración yFinanzas su publicación en el SEACE. Dado en el Palacio Municipal a los veinticinco días del mes de junio de dos mil cinco. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 12571 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2005-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del 2005 se celebra 184º Aniversa- rio de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, es deber del Gobierno Local realizar los aconte- cimientos cívicos incentivando la participación del ve-cindario y afirmando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 42º y 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General del distrito del Rímac del 15 de julio al 1 de agosto del año 2005, con motivo de celebrarse el 184ºAniversario de la Proclamación de la Independencia delPerú, incluyéndose en esta disposición todos los pre-dios, sean privados o públicos de vivienda o comercio. Artículo Segundo.- DISPONER que los predios del dis- trito deberán estar debidamente presentados, con la limpie- za adecuada y en la medida de lo posible se recomienda supintado, de conformidad con el artículo 93º numeral 6) de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía a la Dirección de Servicios a la Ciudad a través del Departamento de Seguridad Ciudadana. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac, a los siete días del mes de julio del dos mil cinco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 12569 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2005-ALC/MSI San Isidro, 13 de julio de 2005 EL ALCALDE DE SAN ISIDROCONSIDERADO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su