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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2005 (15/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 ni bermas centrales; así como en avenidas principales, arteriales y colectoras. b) Sólo se permitirá la instalación de módulos se- gún el modelo aprobado, el que variará únicamente en función del giro específico o principal que desa- rrolle. c) La cantidad máxima permitida es de un comer- ciante por cada esquina; en aquellas esquinas que dan aalguna avenida principal, arterial o lectora, el módulo seinstalará en el área correspondiente a la calle perpendi- cular, dejando libre el área que corresponde a la avenida y su vereda. d) Sólo se permitirá la instalación de módulos en los martillos de las veredas que sean amplias y que no res-trinjan el libre tránsito peatonal ni dificulten la visión delos conductores de vehículos. Excepcionalmente, en la zona denominada “Damero de La Parada”, teniendo en consideración las caracte-rísticas de los bienes comerciados, no se exigirá el cum-plimiento del criterio b); en este caso en particular elárea a ocupar no podrá exceder de un metro y medio cuadrado (1.5 m2) Artículo 5º.- De las zonas prohibidas para el ejer- cicio del comercio ambulatorio Son consideradas zonas rígidas para el ejercicio del comercio ambulatorio, las siguientes áreas: a) Parques y Jardines, y áreas verdes. b) Bermas centrales.c) Zona A del Damero de Gamarra, definido según Ordenanza Nº 035-MDLV. d) Avenidas Principales. - Av. Paseo de la República. - Av. Miguel Grau- Av. Canadá- Av. México- Av. Aviación - Av. Nicolás Arriola - Av. Javier Prado e) Arterias colectoras- Av. Iquitos - Av. Manco Cápac - Av. 28 de Julio- Av. Bauzate y Meza- Av. Palermo- Av. Las Américas- Av. Esteban Campodónico - Av. Solidaridad - Av. Santa Catalina- Av. San Eugenio- Av. José Gálvez Barrenechea- Cuadras 17 y 18 del Jr. Hipólito Unánue. Artículo 6º.- De las zonas autorizadas y la canti- dad máxima de comerciantes permitidos A efectos de determinar la cantidad máxima de comerciantes que puede soportar cada una de estaszonas se ha separado el distrito en catorce zonas,cuyos límites están definidos en el siguiente cuadro: ZONA LÍMITES CANTIDAD MÁXIMA 1 Av. Grau 122 Av. Paseo de la República Av. Bauzate y Meza Jr. Abtao 2A v . G r a u 7 4 Jr. Abtao Av. Bauzate y Meza Prolongación Huánuco Jr. Huánuco 3 Av. Bauzate y Meza 42 Av. República de Panamá Av. México Av. Manco CápacZONA LÍMITES CANTIDAD MÁXIMA 4 Av. Bauzate y Meza 116 Av. Manco Cápac Av. Isabel La Católica Prolongación Parinacochas 5 Av. Isabel La Católica 62 Av. Manco Cápac Av. México Prolongación Parinacochas 6 Av. Bauzate y Meza 2,211 Prolongación Parinacochas Av. México Av. San Pablo 7 Av. 28 de Julio 31 Av. San Pablo Jr. Sebastián Barranca 8 Av. Nicolás Ayllón 75 Jr. Sebastián Barranca Av. San Pablo Av. México 9 Av. México 75 Av. República de Panamá Av. Canadá Prolongación Parinacochas 10 Av. México 75 Prolongación Parinacochas Av. Canadá Av. Nicolás Arriola 11 Av. México 42 Av. Aviación Av. Nicolás Arriola Av. San Luis 12 Av. México 60 Av. San Luis Av. Nicolás Arriola Av. Nicolás Ayllón 13 Av. Nicolás Ayllón 36 Jr. Sebastián Barranca Av. San Pablo Av. México 14 Av. Aviación 63 Av. Nicolás Arriola Av. Javier Prado Av. Luis Aldana Av. Canadá Total de espacios a autorizar 3,084 Las cantidades referidas en el cuadro precedente corresponden al límite máximo permitido y no se re-fieren necesariamente a las cantidades actuales decomerciantes ambulatorios; sin embargo, conside-rando que el espíritu de la Ordenanza Nº 043-04/ MDLV, es el de reordenar el comercio ambulatorio, se han establecido los topes o límites antes señala-dos, en aras de optimizar el uso de los espacios dedominio público, sin que ello implique una contraven-ción a la normatividad sobre tránsito y vialidad vigen-te, ni que ocasionen molestias a los vecinos y contri- buyentes del distrito. Artículo 7º.- De los horarios autorizados para el ejercicio del Comercio ambulatorio Teniendo en consideración las diferentes caracterís- ticas de los productos que se ofrecen en la modalidad decomercio ambulatorio, se han establecido los siguientes horarios: