Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2005 (15/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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HORARIO A B C D E F Parada de 06:00 a.m. 10:00 a.m. 02:00 p.m. 06:00 p.m. 08:00 a.m. 10:00 p.m. 04:00 a.m.

NORMAS LEGALES
hasta 10:00 a.m. 02:00 p.m. 06:00 p.m. 10:00 p.m. 06:00 p.m. 06:00 a.m. 12:00 m

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005

de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su ratificacion, de conformidad con lo establecido en la Ley de Tributacion Municipal - D.L. Nº 776. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12575

Articulo 8º.- De los giros autorizados para ejercer el comercio ambulatorio Los giros que son plausibles de ser autorizados por la autoridad municipal para ser ejercidos de manera ambulatoria dentro del ambito jurisdiccional del distrito, son los siguientes:
GIRO Venta de emoliente, quinua, ponche de habas, ponche de maca, y productos tradicionales naturales analogos Venta de papa y huevo sancochado Venta de Yuquitas fritas Venta de frutas enteras y cortadas Venta de jugos de citricos y/o de cana de azucar Venta de golosinas Venta de diarios, revistas y loterias Venta de desayunos preparados Venta de almuerzos preparados Venta de bisuteria, artesanias y productos diversos no comestibles Venta de sanwdiches y salchipapas Venta de anticucho, pancita, etc. Servicio de lustrado de calzado Venta de productos perecibles en el Damero de La Parada HORARIO

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2005-ALC/ML
Lurin, 4 de MORDAZA del 2005

AyD B E E E E E A B E DyF D E Parada

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN CONSIDERANDO: Que, este 28 de MORDAZA se celebra el 184º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia de nuestra Patria; Que, es deber de los Gobiernos Locales el impulsar una cultura civica de respeto y veneracion para nuestros simbolos patrios; Que, es politica de esta Gestion Municipal el incentivar la participacion civica de la comunidad lurinense, resaltando los valores nacionales; Que se ha programado una serie de actividades que requieren la participacion de los vecinos de Lurin, cumpliendose con el embanderamiento de sus inmuebles; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:

Articulo 9º.- Del importe de la Tasa de Limpieza Publica para Comerciantes Ambulatorios, nacimiento de la obligacion Tributaria y recaudacion El importe de la Tasa por concepto de Limpieza Publica para los comerciantes ambulatorios asciende a un MORDAZA Sol (S/. 1.00) diario, los cuales seran destinados exclusivamente a solventar el costo del servicio brindado por la Municipalidad por la recoleccion, transporte y disposicion final de los residuos solidos en el distrito de La Victoria. El nacimiento de la obligacion Tributaria es automatica desde el momento mismo en que el comerciante ambulatorio ocupa la via publica para ejercer su actividad comercial, independientemente del nivel de ventas y del dia en que se ejerza la actividad comercial. Su recaudacion es diaria. El sustento del importe de la Tasa se encuentra en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Deroguese las Ordenanza, Edictos, Acuerdos, Decretos y demas normas y disposiciones municipales que se opongan a lo establecido en la presente Ordenanza. Tercera.- La Direccion de Comercializacion y Promocion Empresarial, mediante una Directiva, establecera las caracteristicas, modelos y MORDAZA de los modulos de venta, que deberan emplear de manera uniforme los comerciantes ambulatorios, y que variaran segun el giro a desarrollar. Esta Directiva debera ser refrendada por el MORDAZA Distrital mediante Decreto de Alcaldia, el que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Encarguese al Secretario General la remision de la presente Ordenanza y de los documentos sustentatorios, al Servicio de Administracion Tributaria

Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de todos los inmuebles del distrito de Lurin, los dias 22 al 31 de MORDAZA del presente ano, en honor a los actos celebratorios por el 184º Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- Establecer que las banderas a izar deberan estar en buen estado de conservacion, como muestra de respeto a los simbolos patrios. Articulo Tercero.- Invocar a los vecinos, procedan a resanar y pintar las fachadas de sus inmuebles, como una expresion de civismo. Articulo Cuarto.- Encargar la difusion y supervision del cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal, asi como a la Secretaria General a traves del area de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 12523

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Disponen embanderamiento del distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 180-MPL
Pueblo Libre, 24 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

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