Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2005 (15/07/2005)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005

Disponen que instituciones, empresas, establecimientos y unidades de transporte brinden un trato preferencial a mujeres gestantes, adultos mayores, ninos, ninas y personas con discapacidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2005-MDI
Independencia, 6 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, la institucion municipal tiene como una de sus finalidades, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales asi como desarrollar acciones conjuntas con organismos competentes, destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades; Que, la Municipalidad Distrital de Independencia como gobierno local lidera acciones para difundir y promover los derechos de los sectores mas vulnerables de la poblacion orientadas a la igualdad de oportunidades con equidad de genero; Que, segun se dispone en el articulo primero de la Constitucion Politica, la defensa de la persona humana y el respecto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; Que, es necesario garantizar en el distrito de Independencia el cumplimiento de dispositivos legales con la finalidad de lograr la inclusion social de los sectores mas vulnerables de nuestra poblacion, cumpliendo asi con los objetivos estrategicos; Que, las normas uniformes, sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su MORDAZA Octavo Periodo de Sesiones, mediante Resolucion 48/96, del 20 de diciembre de 1993, establece en su Articulo MORDAZA, Inciso Primero que: "Los Estados deben adoptar medidas para eliminar los obstaculos a participacion en el entorno fisico. Dichas medidas pueden promulgar leyes que aseguren el acceso a diferentes sectores de la sociedad, por ejemplo, en lo que se refiere a las viviendas, los edificios, los servicios de transporte publico y otros medios de transporte, las calles y otros lugares al aire libre"; Que, mediante el D.S. Nº 005-2002-PROMUDEH, se aprueba el "PLAN NACIONAL PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES 2002-2006", el mismo que esta orientado a implementar acciones coordinadas entre las organizaciones gubernamentales y la sociedad civil, con la finalidad de lograr la integracion social del adulto mayor, buscando que pueda gozar de una MORDAZA armonica con su familia y su comunidad; Que, de acuerdo a la Resolucion Ministerial Nº 1562005-MIMDES, se aprueban los "LINEAMIENTOS DE POLITICA PARA LA PREVENCION DEL MALTRATO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES", que tiene como proposito delinear acciones conjuntas destinadas a contrarrestar y prevenir el maltrato en contra de las personas adultas mayores; Que, la Ley Nº 27408, establece en su articulo unico que en los lugares de atencion al publico, de indole estatal o privado, las mujeres embarazadas, las ninas, los ninos, los adultos mayores y las personas con discapacidad, deben ser atendidos preferentemente, por lo que deberan disponer de medidas para facilitar el uso y acceso a los servicios que brindan; Que, el articulo 84º inciso 2.4 de la Ley Nº 27972 establece que es facultad de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo en la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, el articulo 45º del Capitulo VIII, de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad establece la Reserva de Asientos preferenciales en los vehiculos publicos; Que estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972;

Articulo Primero.- Las instituciones, empresas, oficinas, organizaciones y los establecimientos de uso publico o privado localizadas en la jurisdiccion de Independencia, que brinden atencion al publico deberan brindar un trato de calidad, dando prioridad en la atencion a las mujeres gestantes, adultos mayores, ninas, ninos y personas con discapacidad, evitando la formacion de filas o espera de turnos para su atencion, adecuarles una ventanilla especial y reservarles asientos de espera. Articulo Segundo.- Toda edificacion de uso publico o privado, que se construyan, deberan cumplir obligatoriamente con las normas legales existentes, adecuando las vias, accesos, ambientes o corredores de circulacion e instalaciones al acceso y libre desplazamiento de las personas con discapacidad, adultos mayores y madres gestantes. Articulo Tercero.- Establecer que las unidades y/o las empresas de servicios de transporte publico que transitan en el distrito de Independencia reserven dos (2) asientos cercanos a la MORDAZA de subida para las personas con discapacidad, adultos mayores y madres gestantes, a fin de que estos se encuentren disponibles al momento de su requerimiento. Asimismo, las unidades de transporte deberan identificar estos asientos con un pictograma y/o texto. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de la Mujer y del Desarrollo Social a traves de la Division de Servicios Sociales y Alimentarios, Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad - OMAPED y el Programa del Adulto Mayor, realicen actividades de sensibilizacion a nivel distrital. Articulo Quinto.- El presente Decreto entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12564

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 174-MJM MORDAZA MORDAZA, 24 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 008-2005-MJMCPEP de la Comision de Planificacion, Economia y Presupuesto; luego del debate correspondiente, con el MORDAZA MAYORITARIO de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese el Procedimiento asignado con numero de orden 106 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 151-MJM, en los terminos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente norma. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Encarguese a la Oficina de Defensa Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Deroguese toda disposicion Municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA

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