Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2005 (15/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen plazo para acogerse a Beneficio Especial Tributario establecido en la Ordenanza Nº 018-MDLV
ORDENANZA Nº 051-05/MDLV
La MORDAZA, 27 de junio de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 27 de junio del 2005, la Mocion Ordinaria suscrita por los Senores Regidores MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA Carcelen MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el que proponen un Proyecto de Ordenanza que establece un plazo MORDAZA para que las Asociaciones que agrupan a las personas que ejercen el comercio ambulatorio se acojan a los beneficios del programa de formalizacion establecidos en la ordenanza Nº 018/MDLV, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo de 1999; el Informe Nº 054-05-CG/MDLV suscrito por el Gerente de Comercializacion, el Informe Nº 797-05DAJ/MDLV del 6 de junio del 2005 formulado por el Director de Asesoria Juridica, y el Dictamen Conjunto Nº 007-05-CPR/CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades en su condicion de gobierno local gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 83º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que son funciones de las Municipalidades el abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, y el numeral 3.2 del mismo articulo, indica que son funciones especificas de las municipalidades distritales el regular y controlar el comercio ambulatorio; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, en consecuencia puede dictar, modificar y derogar las mismas; en ese sentido, estas normas son una verdadera ley municipal dentro de su espacio territorial y en el ambito de su competencia, asignado por la Constitucion y por la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, emitio las Ordenanzas Nºs. 015 y 018-MDLV, publicadas el 3 de febrero y 24 de marzo de 1999, respectivamente, con la finalidad de dar las facilidades necesarias a los comerciantes informales, a efectos de que accedan a la formalizacion, con los beneficios y ventajas que estas conllevan; Que, hasta el momento y a pesar de haber transcurrido mas de seis anos desde la dacion de las Ordenanzas precitadas, han sido muy pocos los comerciantes organizados que han solicitado acogerse a estos beneficios, aun a pesar de que la actual coyuntura no difiere de aquella que motivo el otorgamiento de dicho Beneficio Especial Tributario; Que, por otro lado el caracter de "Especial" del Beneficio Tributario aprobado con Ordenanza Nº 018-MDLV, implica que su vigencia sea por un tiempo determinado y que el beneficio concedido se constituya como extraordinario; sin embargo, por el tiempo transcurrido este se ha desnaturalizado y por el contrario, se ha tornado en la practica como un beneficio permanente; Que, en ese orden de ideas, al entenderse el beneficio como permanente e indefinido en el tiempo, este ha perdido el sentido motivador que tiene por objeto impulsar a los comerciantes informales a acceder a la formalizacion, y aprovechar el MORDAZA que le brinda la corporacion edil;

Que, es por ello que se torna imprescindible establecer un plazo perentorio de vigencia de la Ordenanza Nº 018-MDLV, durante el cual los comerciantes informales debidamente organizados puedan desarrollar y formular los proyectos que conduzcan a la consecucion del objetivo de la formalizacion; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, es consciente que el comercio ambulatorio es una consecuencia del desempleo y del subempleo, ocasionados por la crisis economica que agobia al pais; sin embargo tambien es MORDAZA que la gestion MORDAZA debe ser consecuente con el objetivo de promover la inversion privada en el distrito, cualquiera sea el nivel de esta, ya que la inversion formal es la unica que garantizara la mitigacion de la crisis economica y de los niveles de desempleo y subempleo, factores que ocasionaron precisamente la proliferacion de la actividad informal; Que, el Gerente de Comercializacion mediante su Informe de VISTOS, senala que ha revisado la documentacion existente y ha encontrado Ordenanzas que pueden servir como antecedentes para el otorgamiento del plazo perentorio para acogerse al Beneficio Especial Tributario establecido con Ordenanza Nº 018-MDLV; y que es de opinion se apruebe el Proyecto de Ordenanza propuesto; Que, el Director de Asesoria Juridica en su Informe referido en VISTOS opina que atendiendo a la naturaleza y fin de la Ordenanza Nº 018-MDLV, no puede permanecer vigente indefinidamente en el tiempo los beneficios especiales tributarios y extraordinarios concedidos a los integrantes de las asociaciones de comerciantes, por lo que es de opinion que se apruebe el Proyecto de Ordenanza, en el que se fija el plazo perentorio para acogerse a los mismos; Que, en merito de las consideraciones expuestas, al Reglamento Interno de Concejo y de conformidad con el Articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo, luego del debate pertinente y en la forma reglamentaria, por MAYORIA y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN PLAZO PERENTORIO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO ESPECIAL TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA Nº 018-MDLV Articulo Unico.- Establezcase, el 30 de noviembre del ano 2006, como fecha limite para la MORDAZA de solicitudes para acogerse al Beneficio Especial Tributario aprobado con Ordenanza Nº 018-MDLV publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo de 1999; luego de lo cual dicha MORDAZA quedara derogada. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12570

Modifican titulo, articulos y disposicion complementaria de la Ordenanza Nº 043-04/MDLV
ORDENANZA Nº 052-05/MDLV
La MORDAZA, 28 de junio de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 28 de junio del 2005, la Mocion Ordinaria suscrita por los senores Regidores MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA Carcelen MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el que proponen un Proyecto de Ordenanza que modifica el Titulo y algunos articulos de la Ordenanza Nº 043-04/ MDLV, de fecha 23 de diciembre del 2004; el Informe Nº 066-05-GC/MDLV del 20 de junio del 2005 formulado

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