Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2005 (15/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005

ano en curso, con la aprobacion unanime de sus miembros; ACUERDA: Articulo Primero.- Otorgar la condecoracion "JORGE BASADRE GROHMANN", en el Grado de Gran Historiador de la Republica; al Canciller de la Republica Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en reconocimiento a su labor institucional que desde su cargo viene desempenando y por su valioso apoyo en el traslado del Historiador MORDAZA Basadre Grohmann, desde MORDAZA a su MORDAZA MORDAZA Tacna. Articulo Segundo.- Emitase el respectivo acto administrativo a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el articulo primero. Articulo Tercero.- Difundir el presente en el MORDAZA Electronico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 42º de la LOGR. POR TANTO: Mando se registre, difunda, cumpla y archive. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional 12604

rango de ley, y para conceder exoneraciones y beneficios tributarios, solo se puede hacer por Ley o por Decreto Legislativo conforme lo exige la MORDAZA IV de TUO del Codigo Tributario. Que, en merito a lo expuesto y al acuerdo de Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica, concordante con la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nª 27972; SE ORDENA: Creacion del Beneficio Articulo Primero.- Crear el Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005, aplicable a los contribuyentes de la Municipalidad de Chaclacayo. Alcances de Beneficio Articulo Segundo.- El Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005 concede facilidades para la regularizacion de pagos de obligaciones tributarias y no tributarias generadas hasta el periodo 2004. El presente beneficio comprende a las deudas tributarias generadas por Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Administrativas. El beneficio comprendera a los contribuyentes cuyas deudas se encuentren en cobranza ordinaria y/o coactiva; y aquellos que se encuentren tramitando recursos en reclamacion; apelacion ante el Tribunal Fiscal o demanda ante el Poder Judicial por procesos contenciosos administrativos o acciones de amparo. Las deudas que se encuentran en MORDAZA de Fiscalizacion no se acogeran al presente Beneficio. Son beneficiarios del Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005 los contribuyentes, aun cuando tengan calidad de omisos. Beneficios Articulo Tercero.- El Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005 exonera el 100% de los intereses moratorios generados, reduccion de multas tributarias y administrativas cancelando solo el 10% del total, anulacion del 50% de las costas y gastos administrativos generados hasta el vencimiento de la presente ordenanza y otorga hasta 3 anos para fraccionar adeudos. La exoneracion del 100% de intereses moratorios comprende a la deuda tributaria, tanto al pago fraccionado como al contado. Considerese pago al contado cuando se cancele la totalidad por ano de la deuda que pudiera tener el contribuyente. Todos estos beneficios se concederan a las deudas que se encuentren en cobranza ordinaria y coactiva. Beneficio Extraordinario de Reduccion de los Arbitrios Municipales Articulo Cuarto.- El Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005 reduce el 60% de los Arbitrios Municipales correspondientes a los anos 1996,1997,1998,1999 y 2000 siempre y cuando sea pagado al contado o fraccionado en un MORDAZA de tres (3) meses. Beneficios Automaticos para las Papeletas de Transporte y Administrativas Articulo Quinto.- El Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005, establece que las papeletas de transporte y administrativas impuestas hasta el 31 de diciembre del 2000 se daran por canceladas con el pago minimo de S/. 30.00 a solicitud de parte. El Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005, reduce al 10% de las papeletas de transporte y administrativas impuestas a junio del 2005, sea en pago al contado o fraccionado con un MORDAZA de tres (3) meses. El beneficio comprendera a las personas cuyas deudas se encuentren en cobranza ordinaria y/ o coactiva; y aquellos que se encuentren

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Crean Programa de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa 2005
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 098-MDCH PROGRAMA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Visto, el Informe Nº 059-GDATR-MDCH-2005 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, e Informe Nº 088-05-OAJ-MDCH de la Oficina de Asesoria Juridica y con el Dictamen favorable de la Comision de Desarrollo Economico Rentas. CONSIDERANDO: Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru regula la potestad tributaria del Estado en nuestro territorio nacional, la MORDAZA parte de esta misma MORDAZA regula la potestad tributaria delegada con la cual se faculta a los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que la Municipalidad de Chaclacayo como Gobierno Local tiene plena facultad para otorgar incentivos que motiven al contribuyente a regularizar sus pagos y exonerar de los intereses moratorios de acuerdo a lo prescrito por la 2da. Parte del Art. 41º del TUO del Codigo Tributario que prescribe: "Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran". Asimismo la MORDAZA parte de la MORDAZA IV del TUO del Codigo Tributario establece que: "Los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley", esta MORDAZA es concordante con el Art. 60º de la Ley de Tributacion Municipal. Las condonaciones y fraccionamientos especiales deben efectuarse por medio de Ordenanza Municipal, teniendo en consideracion que esta es una MORDAZA con

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