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PÆg. 294458 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de junio de 2005 de la Municipalidad Provincial de Condesuyos. Reco- mendando que se emita la Resolución de Alcaldía ins-taurando proceso Administrativo Disciplinario, autori-zando a la Comisión Especial de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios la prosecución del mismo. Estando a lo expuesto en el Oficio Nº 2589-2004- CG/DC; en el Informe Nº 001-CEPAD-MPC; en Usode las facultades y atribuciones conferidas por la LeyOrgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso adminis- trativo Disciplinario en contra del ex Alcalde Sr. MiguelÁngel Manchego Llerena y en contra de los ex funcio-narios y/o servidores ex Director Municipal y ex Di-rector de Administración Sr. José Raúl Salas Herrera y al Ingeniero ex Residente de Obra Sr. Sabino Miguel Robles Retuerto de la Municipalidad Provincial de Con-desuyos, por los hechos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el inicio del Proceso Administrativo Disciplinario, el mismo que deberá concluir dentro del plazo previstoen la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y suReglamento. Artículo Tercero.- NOTIFICAR oportunamente el contenido de la presente Resolución de Alcaldía a cada uno de los funcionarios y/o servidores, comprendidos en el presente proceso, así como a cada uno de losmiembros de la Comisión Especial de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO V. LAZO MANRIQUE Alcalde Provincial 10726 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE - HUAYLAS Declaran nulidad de proceso de selec- ción sobre adquisición de material parautilizarse en obra de mejoramiento decarretera RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 088-2005-MDPL/A Pueblo Libre, 30 de mayo del 2005 Visto, en Sesión Ordinaria del día de la fecha, los antecedentes relacionados al Informe Nº 004-2005-ING.OSF/S presentado por el supervisor de la Obra:“Mejoramiento de la Carretera Puente Pueblo Libre -Juipón” (3,200 Km) con el Informe Legal Nº 15-2005 MDPL/OAJ; y, CONSIDERANDO:Que, a merito de los informes del visto, el Concejo Municipal, ha emitido el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 80-MDPL que corresponde al Alcalde ejecutarlo de conformidad con el Inc. 3) del Art. 20º de la LeyNº 27972, e implementar acciones paralelas; Que, el Informe Legal Nº 15-2005 MDPL/OAJ, hace ver que tanto el Concejo Municipal, como Titular delPliego deben ajustar sus decisiones, al marco legal, como también a lo normado por el D.S. Nºs. 083-2004- PCM, y 084-2004-PCM, sobre Adquisiciones y Con-trataciones, para la obra anotada en el Visto; Que, de esa forma, resulta evidente, que por con- travención de los Artículos 1920 del Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, el Artículo 148º del Decreto Su-premo Nº 084-2004-PCM por parte del Comité Espe- cial de Adquisiciones y Contrataciones de la Munici-palidad Distrital de Pueblo Libre, que no ha tenido encuenta la exoneración de los Procesos de Selección,ni los contenidos de los Acuerdos de Concejo Munici-pal Nºs. 273-2004; 023-2005; y su aclaratoria Nº 059- 2005; a pedido de CONSUCODE, se ha incurrido en causal de nulidad contemplados en el Art. 57º del De-creto Supremo Nº 083-2004-PCM, que obliga al Titulardel Pliego declararlo DE OFICIO, en el proceso aper-turado para la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-MDPL/CCAE; antes de la celebración del respectivo Contrato, referente a la adquisición de Piedra Chan- cada para la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Puen-te Pueblo Libre - Juipón” (3,200 Km), donde sin sus-tento legal aparece otorgándose la buena pro a laempresa postora: Constructora Inversiones y Servi-cios Generales S.R.L. (CONSTRUINSE S.R.L.), re- presentada por su gerente Sr. Benjamín Timoteo Ville- gas Quijano; Que, según el informe del Ingeniero Residente Ma- rio Duran Puente de la Vega, y del supervisor de laObra en mención Ing. Oscar Uldarico Soriano Figue-roa, la Piedra Chancada ofrecida por la Empresa: Constructora Inversiones y Servicios Generales S.R.L. (CONSTRUINSE S.R.L.), no es de buena calidad, porlo que no resulta apta para su empleo en los trabajosdel Asfaltado; Que, el señor Rómulo Domingo Daniel Milla, Presi- dente del Comité Especial de Adquisiciones y Contra- taciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, mediante Carta, da cuenta que la Empresa Construc-tora Inversiones y Servicios Generales S.R.L. (CONS-TRUINSE S.R.L.), se encuentra incursa en el Regis-tro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, ensu condición de Contratista, con RUC Nº 20116202647, desde el 7 de abril del 2005 al 6 de abril del 2006, documento público que produce fe en sucontenido; Por estas consideraciones, de conformidad con el Informe Legal Nº 15-2005-MDPL/OAJ, cuyos funda-mentos se reproducen; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar DE OFICIO la nulidad de todo el Proceso de Selección Aperturado por el Comité Especial de Adquisiciones y Contratacionesde la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, bajo lamodalidad de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-MDPL/CCAE, para la Adquisición de Piedra Chancadapara ser utilizada en la Obra: “Mejoramiento de la Ca- rretera Puente Pueblo Libre - Juipón” (3,200 Km); al estado de quedar cancelado definitivamente dicho pro-ceso ilegalmente aperturado; por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días poste-riores a la adopción de la decisión de Declaratoria denulidad. Artículo Tercero.- Comunicar de la Nulidad del Pro- ceso de Selección en referencia, a todas las Institu- ciones competentes, así como a los postores que par- ticiparon, incluida la Empresa: Constructora Inversio-nes y Servicios Generales S.R.L. (CONSTRUINSES.R.L.), representada por su Gerente: Benjamín Ti-moteo Villegas Quijano, para conocer de la presenteResolución conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAÚL CRISTIAN DÍAZ VÁSQUEZ Alcalde del distrito de Pueblo LibreHuaylas - Ancash 10689