Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11231

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion del Estado de Emergencia ante peligro inminente en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA Declarese el Estado de Emergencia por desastres naturales, ante peligro inminente por posible deslizamiento del Cerro Llamani, en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de prevencion ante peligro inminente en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; el Gobierno Regional de Puno; y, los Gobiernos Locales de los distritos declarados en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion en riesgo, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 3º.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, aprobara los proyectos de obras y actividades de rehabilitacion en las zonas afectadas que seran presentados por el Gobierno Regional de MORDAZA y por el Sector de Agricultura. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Agricultura y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11232

Declaran el Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del de partamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 045-2005-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el ambito de los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA se han identificado peligros asociados a fenomenos climatologicos y de geodinamica externa como son deslizamientos, huaycos, flujos de lodo, inundaciones, entre otros, que son generadores de riesgos y desastres de variadas magnitudes y escalas; Que dicha situacion se ve agravada por el deslizamiento ocurrido en la ladera norte del cerro Llamani, distrito de MORDAZA, causado por la erosion lateral del rio MORDAZA, lo que ha acelerado el MORDAZA de reptacion y movimiento en masa debido a las condiciones inestables del suelo y la presencia de poros que incrementa la carga hidrostatica produciendose el riesgo de un MORDAZA deslizamiento, que provocaria la perdida de vidas humanas, animales, cultivos, infraestructura vial, de servicios basicos (agua, desague, entre otros); Que, la magnitud de la situacion de peligro inminente ya senalada, demanda la adopcion de medidas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y a los Sectores comprometidos, asi como al Gobierno Regional de MORDAZA y a los Gobiernos Locales correspondientes, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion en riesgo, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, mediante Oficio Nº 259-2005-AG-VM del 13 de MORDAZA de 2005, el Ministerio de Agricultura solicita al INDECI, la tramitacion de la declaratoria del Estado de Emergencia de los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA, en razon al Informe Tecnico de Evaluacion de Peligros y Riesgos efectuada por el Sector Agricultura, ante peligro inminente; Que, lo solicitado por el Ministerio de Agricultura, se encuentra regulado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM, mediante el cual se establece que la declaratoria de Estado de Emergencia, podra ser requerida por los titulares de los Ministerios comprometidos por la emergencia, los que canalizaran su solicitud a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Estando a lo solicitado por el Sector de Agricultura; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 005-88SGMD modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001PCM;

Aceptan renuncia de Vocal de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI
RESOLUCION SUPREMA Nº 155-2005-PCM

MORDAZA, 17 de junio de 2005 Vista la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Najar al cargo de Vocal de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y,

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