Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 125-2005-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE:

GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10933 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 221-2005-MEM/DM MORDAZA, 8 de junio de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31146903, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6558; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6558, ubicada en la Mz. "E", Lt. 68 (actualmente MORDAZA "G"), Urbanizacion El Cuadro, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 10,72 metros cuadrados, de propiedad de la Sociedad Conyugal constituida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senora MORDAZA MORDAZA Pineiro Cossio para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6558, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 8 de noviembre de 2004, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, razon por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposicion de servidumbre a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, conforme al numeral 1.3 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y numeral 3 del articulo 75º de la misma Ley;

Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de propiedad de la Sociedad Conyugal constituida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senora MORDAZA MORDAZA Pineiro Cossio, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6558, ubicada en la Mz. "E", Lt. 68 (actualmente MORDAZA "G"), Urbanizacion El Cuadro, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica de fecha 8 de noviembre de 2004, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, en los terminos y condiciones estipulados en la misma, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de Servidumbre Suelo: 10,72 m² y sus aires Propietario MORDAZA de terreno Sociedad Conyugal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pineiro Cossio. MORDAZA

31146903 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 6558 Ubicacion: distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Norte 8 674 249,930 8 674 250,215 8 674 246,997 8 674 246,713 Este 304 522,150 304 525,388 304 525,671 304 522,433

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10934

JUSTICIA
Constituyen Comision Interinstitucional encargada del seguimiento de acciones en materia de extradicion activa ante autoridades extranjeras y de procesos jurisdiccionales internacionales en casos de corrupcion y violacion de derechos humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 157-2005-JUS

MORDAZA, 16 de junio de 2005

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