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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (18/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 294958 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de junio de 2005 sección de las avenidas Mateo Pumacachua y Pedro Miota, por parte de la Empresa Municipal Administradorade Peajes (EMAPE), debiendo imponerse el gravamen sobre el nuevo tramo T12 - T17; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de imposi- ción de servidumbre sobre el nuevo tramo T12 - T17, razón por la cual, se ha procedido a encausar de oficiosu solicitud de modificación de servidumbre a una solici- tud de imposición de servidumbre, conforme al numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, y el nu- meral 3 del artículo 75º de la misma Ley; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce- siones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de ca-minos públicos, calles, plazas y demás bienes de pro- piedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comu-nicaciones; Que, la petición de Luz del Sur S.A.A se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguien-tes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléc- tricas y cumple con los requisitos establecidos en el ítem SE01 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio de Energía y Mi- nas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2002- EM, y cuenta con la opinión a que se refiere el InformeNº 026-2005-DGE-CEL, siendo procedente aprobar la imposición de servidumbre; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Impóngase con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la quees titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de electro- ducto sobre el nuevo tramo comprendido entre las to- rres T12 - T17 de la línea de transmisión de 60 kV SESanta Rosa – SE Balnearios, de acuerdo a la documen- tación técnica y los planos proporcionados por la em- presa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Inicio y llegada de la Nivel de Nº de Longitud Ancho de Exp. línea de transmisión Tensión Ternas (km) la Faja (kV) (m) 22001595 SE Santa Rosa - SE Balnearios - Tramo 60 02 0,75 16 T12 - T17 Artículo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podrá construirse obras de cualquier naturaleza ni po-drá realizarse labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente encaso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por laservidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 10932 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2005-MEM/DM Lima, 8 de junio de 2005VISTO: El Expediente Nº 31167505, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos, para la instalación de la subes- tación de distribución aérea biposte para Servicio Públi- co de Electricidad Nº 10043; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembrede 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución aérea biposte para Ser-vicio Público de Electricidad Nº 10043, ubicada en la berma de la Avenida Circunvalación del Golf Los Incas, esquina con Avenida El Golf Los Incas, distritode Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce- siones Eléctricas, los concesionarios están facultados autilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de ca- minos públicos, calles, plazas y demás bienes de pro- piedad del Estado o municipal, así como para cruzarríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comu- nicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido conlos requisitos legales y procedimientos correspondien- tes, ha emitido el Informe Nº 128-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupa- ción de bienes públicos para la instalación de la subesta-ción de distribución aérea biposte para Servicio Público de Electricidad Nº 10043, ubicada en la berma de la Avenida Circunvalación del Golf Los Incas, esquina conAvenida El Golf Los Incas, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la do- cumentación técnica y los planos proporcionados por laempresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Descripción de la Área de Propietario Tipo de Exp. servidumbre Servi- terreno dumbre 31167505 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 10043 11,60 m² del Estado y aires Ubicación: distrito de (vía pública) Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 286 222,7476 8 663 019,7506 B 286 216,9768 8 663 019,1656 C 286 216,7820 8 663 021,1561D 286 222,5211 8 663 021,7401 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizarlabores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que-