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PÆg. 294967 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de junio de 2005 recibidos de la opinión pública, en reunión sostenida el 18 de marzo con representantes de DOCAMPO SAC, AS-PEC, GATE GOURMET PERÚ SRL, TACA PERÚ SRL, Dirección General de Aeronáutica Civil y Dirección Ejecu- tiva de Higiene Alimentaría y Zoonosis de DIGESA, que-dando conformado el proyecto definitivo; Que, de otro lado, de acuerdo con lo expresado por la Dirección General de Salud Ambiental, en los expedientesde vistos, en el proyecto consolidado se han considerado las sugerencias formuladas por OPS/OMS, tal como se indica en el Informe Técnico Nº 0740-2005/DEHAZ/DI-GESA, de 20 de abril del 2005, de la Dirección Ejecutiva de Higiene Alimentaría y Zoonosis de esa Dirección General; Que, es objeto de la Norma Sanitaria propuesta, lograr la máxima calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos destina- dos a los pasajeros que utilizan el transporte aéreo, lo cual es una preocupación del Ministerio de Salud, así como de losorganismos internacionales competentes, dadas las implican- cias de seguridad sanitaria nacional e internacional; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en la Décimo Ter- cera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Ali-mentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA, y en el literal l) del artículo 8º) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Norma Sanitaria para los Servi- cios de Alimentación de Pasajeros en los Medios de Transpor- te Aéreo”, que consta de once (11) Capítulos, cuarenta ynueve (49) Artículos, una (1) Disposición Final y dos (2) Anexos que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud Ambien- tal a través de la Dirección Ejecutiva de Higiene Alimen- taría y Zoonosis, se encargará de la difusión y promo- ción de la aplicación de la citada Norma Sanitaria. Artículo 3º.- Derogar todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente norma sanitaria. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicará la presente Norma Sanitaria en la página Web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11087 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2005-SA Mediante Oficio Nº 252-2005-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erra-tas de la Resolución Suprema Nº 018-2005-SA, publica- da en la edición del 10 de junio de 2005. En el artículo 2º DICE: "(...) - Viáticos US$ 220.00 (...) TOTAL US$ 857.08 c/u" DEBE DECIR: "(...) - Viáticos US$ 880.00 (...) TOTAL US$ 1517.08 c/u" 11234TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Declaran nulidad de adjudicación di- recta selectiva convocada para la ad-quisición de fotocopiadoras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2005-TR Lima, 17 de junio de 2005 VISTOS: El Informe Nº 002-2005-MTPE/SG-CCF, del 13 de junio de 2005, el Informe Nº 061-2005-OEI-OINF, del 10 de junio de 2005, y el Informe Nº 487-2005-MTPE/ OAJ-OAAL, del 16 de junio de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 061-2005-OEI-OINF, del 10 de junio de 2005, suscrito por el Director de la Oficina deInformática, contiene observaciones con relación a las Bases Administrativas de la Adjudicación Directa Selec- tiva Nº 006-2005-MTPE/CEP, Adquisición de Fotocopia-doras; Que, las observaciones técnicas contenidas en el documento de la referencia se encuentran sustentadasen el Informe Nº 061-2005-OEI-OINF, ligadas principal- mente a aspectos relacionados a las características de los bienes requeridos y a los factores de evaluación delas propuestas técnicas; Que, el Informe Nº 061-2005-OEI-OINF contiene las siguientes observaciones: (1) No se evalúa la representa-tividad, experiencia y volumen de ventas de los postores, factor que permite asegurar que el ganador sea una em- presa que esté en condiciones de efectivizar la garantíarequerida; (2) No se evalúa el factor mejoras técnicas de los ítems, lo que ocasionará que los postores oferten bienes con características técnicas mínimas en sus pro-puestas, sin incluir los accesorios opcionales requeridos; (3) No se evalúan tiempos de respuesta en la solución de problemas, con la finalidad que los postores ofrezcan conrapidez un mejor servicio técnico; (4) Dentro de las espe- cificaciones técnicas no se incluye el año de lanzamiento del equipo (distinto al año de fabricación). Esta caracte-rística mide la real vigencia de un equipo, lo que permite asegurar que los postores presenten equipos con mayor vigencia tecnológica; y (5) No se incluye la restricción depresentar equipos descontinuados por el fabricante o nuevamente manufacturados. Estas características per- miten asegurar que los postores presenten equipos vi-gentes tecnológicamente y totalmente nuevos en todas sus partes y piezas. Es de suponer que un equipo des- continuado tiene un menor precio de mercado; Que, asimismo, alude el Informe Nº 061-2005-OEI- OINF alude que no se incluye el volumen de producción mensual, que para el caso de impresoras permite catego-rizar la fortaleza del equipo. Lo que va relacionado con el costo de mantenimiento: a menor volumen mensual ma- yor frecuencia de mantenimiento. Esta característica per-mite minimizar los gastos de mantenimiento de dichos equipos. En ese orden, se establece que la bandeja de alimentación de papel, para el ítem 1, se solicita una capa-cidad mínima de cincuenta hojas, que es diez veces me- nor que lo requerido para el ítem 2 (quinientas hojas) y también contrasta con el cuadro anexado al InformeNº 061-2005-OEI-OINF, que resume las indagaciones rea- lizadas por la Oficina de Administración, donde se obser- va un rango entre 300 a 500 hojas, expresan que estainobservancia denota un desconocimiento de los equipos materia de este proceso de selección; Que, una característica detectada en las indagacio- nes fue el zoom de 25 a 400%, como se aprecia en el cuadro anexo al Informe Nº 061-2005-OEI-OINF, no se cumple para equipos de la gama de dieciséis páginaspor minuto, que no son materia de este proceso de