Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 294962

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

del 20 de junio de 2005 y mientras dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11119

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11131
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 432-2005-MIMDES

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra ex funcionarios de las Unidades Operativas COOPOP Tacna, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 431-2005-MIMDES

MORDAZA, 16 de junio de 2005 Visto, el Informe Nº 003-2005-2-0197 "Informe Especial sobre presuntas irregularidades en la Unidad Operativa COOPOP Puno" Periodo octubre 2000 - junio 2002; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del citado Informe Especial, se ha determinado que ex funcionarios de la Unidad Operativa COOPOP MORDAZA habrian cometido irregularidades en la ejecucion del presupuesto asignado al Proyecto PIES Crianza, Engorde y Comercializacion de Porcinos a nivel Familiar de la Organizacion de Mujeres "Vaso de Leche de MORDAZA Yanapata" - MORDAZA, existiendo evidencias suficientes que hacen presumir la comision del delito de Colusion, tipificado en el articulo 384º del Codigo Penal, asi como se ha determinado su presunta responsabilidad civil, conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los Informes resultantes de las acciones de control constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 936-2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Nº 003-2005-2-0197 "Informe Especial sobre presuntas irregularidades en la Unidad Operativa COOPOP Puno" Periodo octubre 2000 - junio 2002 y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico del MIMDES para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11132
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 433-2005-MIMDES

MORDAZA, 16 de junio de 2005 Visto, el Informe Nº 002-2005-2-0197 "Informe Especial sobre presuntas irregularidades en la Unidad Operativa COOPOP Tacna" Periodo octubre 2000 - junio 2002; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del citado Informe Especial, se ha determinado que ex funcionarios de la Unidad Operativa COOPOP Tacna no efectuaron una adecuada supervision y control del cumplimiento del dictado de cursos de capacitacion programados para el Proyecto Reformulado de Ceramica al Frio y al Horno, al no verificar la conformidad de la documentacion sustentatoria MORDAZA de autorizar y proceder al pago de los capacitadores, ocasionando de esta manera un perjuicio economico al Estado por la suma de S/. 3,662.75 (tres mil seiscientos sesenta y dos y 75/100 Nuevos Soles), determinandose su presunta responsabilidad civil, conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los Informes resultantes de las acciones de control constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 938-2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Nº 002-2005-2-0197 "Informe Especial sobre presuntas irregularidades en la Unidad Operativa COOPOP Tacna" Periodo octubre 2000 - junio 2002 y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico del MIMDES para los fines pertinentes.

MORDAZA, 16 de junio de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.