Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

SALUD
Aprueban y Oficializan el Documento Tecnico "Unidades Relativas de Valor del Catalogo de Servicios Medicos y Estomatologicos del Ministerio de Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 450-2005/MINSA

Articulo 3º.- La Direccion General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento Estrategico seran los organos responsables de la revision semestral y la actualizacion anual del Documento Tecnico que se aprueba por la presente resolucion; asi como la del "Catalogo de Servicios Medicos y Estomatologicos del Ministerio de Salud". Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones, publique la presente resolucion y el contenido de la misma en la pagina web del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11086

MORDAZA, 14 de junio del 2005 Visto el Expediente Nº R-044243-05. CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion gradual de competencias del sector salud, es necesario dotar de herramientas e instrumentos tecnicos que fortalezcan la gestion de los establecimientos de salud, para lograr una atencion integral con calidad, calidez, eficiencia, oportunidad y equidad, a la poblacion peruana con enfasis en los mas pobres y excluidos; Que, el Decreto Supremo Nº 010-2004-SA, establece las acciones de politica para el desarrollo y fortalecimiento del aseguramiento publico en salud, para promover y consolidar el intercambio de servicios mediante convenios, del ente financiador con los prestadores publicos y privados, para lo cual es necesario que exista un Catalogo de servicios y una metodologia que facilite el establecimiento de tarifas de los mismos; Que, acorde con las competencias normativas que asisten a la Direccion General de Salud de las Personas y a la Oficina General de Planeamiento Estrategico, dichos organos han elaborado el Documento Tecnico denominado "Unidades Relativas de Valor del Catalogo de Servicios Medicos y Estomatologicos del Ministerio de Salud", el mismo que en su formulacion MORDAZA con la participacion de 127 profesionales de institutos, de hospitales y del nivel central; Que, el Documento Tecnico "Unidades Relativas de Valor del Catalogo de Servicios Medicos y Estomatologicos del Ministerio de Salud", es una herramienta para la estandarizacion, alineamiento e intercambio de informacion de la produccion de servicios de salud a nivel del sector, orientada igualmente a la optimizacion del MORDAZA de establecimiento de tarifas, con criterios basados en costos, en un MORDAZA de equidad, que habra de permitir el intercambio de servicios entre los diversos usuarios de dicha herramienta; lo que finalmente facilitara la evaluacion de la gestion economico financiera y asistencial de los establecimientos de salud y la consiguiente mejora de la atencion de salud en el pais; Que, a fin de garantizar la plena vigencia del documento normativo en referencia, asi como la del Catalogo de Servicios Medicos y Estomatologicos del Ministerio de Salud, es necesario disponer su revision semestral, asi como la actualizacion anual correspondiente; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar y Oficializar el Documento Tecnico denominado "Unidades Relativas de Valor del Catalogo de Servicios Medicos y Estomatologicos del Ministerio de Salud". Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas y la Oficina General de Estadistica e Informatica, desarrollaran las acciones pertinentes para su cumplimiento.

Aprueban MORDAZA Sanitaria para los Servicios de Alimentacion de Pasajeros en los Medios de Transporte Aereo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 451-2005/MINSA

MORDAZA, 14 de junio de 2005 Vistos los Expedientes: R028112-05, R030250-05 y R033018-05; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que es responsabilidad del Ministerio de Salud la proteccion de la salud publica, ejerciendo, entre otras facultades, la de regulacion, vigilancia y control sanitario de los alimentos y bebidas de consumo humano; Que, en ese sentido, el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA, ha dispuesto en su Decimo Tercera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final, que por Resolucion Ministerial de Salud, se expedira la MORDAZA Sanitaria para los Servicios de Alimentacion de Pasajeros en los Medios de Transporte; Que, en cumplimiento de la citada MORDAZA legal, la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA, ha elaborado un proyecto de "Norma Sanitaria para los Servicios de Alimentacion de Pasajeros en los medios de Transporte Aereo", el mismo que ha sido prepublicado en la pagina web del Ministerio de Salud, de acuerdo con la Resolucion Ministerial Nº 108-2005/MINSA, de 14 de febrero de 2005, habiendose evaluado y consolidado los aportes recibidos, por un Grupo de Trabajo conformado por representantes de las empresas del ramo, organizacion de consumidores, lineas aereas, Direccion de Aeronautica Civil y la propia Direccion General de Salud Ambiental; Que, la Direccion General proponente, acompana, como sustento del referido proyecto, el Informe Tecnico Nº 0573-2005/DEHAZ/DIGESA, de 31 de marzo de 2005, de su Direccion Ejecutiva de Higiene Alimentaria y Zoonosis, obrante en los expedientes de vistos, indicandose que en la elaboracion del Proyecto se han seguido los procedimientos establecidos para la Formulacion de Normas de la Direccion de Normas, Proyeccion Social, y Transferencia Tecnologica de la Direccion Ejecutiva de Higiene Alimentaria y Zoonosis, pudiendo destacarse que luego del desarrollo de una Linea de Base de Informacion sobre los antecedentes legales de la materia; y de la elaboracion de un anteproyecto inicial, discutido en reuniones de trabajo internas, se procedio a su Revision Tecnica Multisectorial con la participacion de las empresas de servicios de alimentacion de pasajeros de transporte aereo, lineas aereas nacionales e internacionales, Direccion de Aeronautica Civil y Asociacion de Consumidores; Que, se indica tambien en el Informe Tecnico Nº 05732005/DEHAZ/DIGESA, que luego de la prepublicacion del proyecto en la pagina web del Ministerio de Salud y en la de la propia DIGESA, se consolidaron los diversos aportes

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