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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 3 DESPACHO DE NAVES Solicitud según Formato 1, presentada por el representante de X Oficina de Tramite Gerencia General RECONSIDERACIÓN la nave (Agente maritimo) adjuntando lo siguiente: Documentario Gerencia General - Marítimas de 13.30 de AB ó más. a. Declaración General (Formato 2). - Fluviales y lacustres que realicen viajes b. Rol de Tripulación (Formato 3). APELACIÓN internacionales. c. Lista de pasajeros (Formato 4). Directorio - Pesqueras de bandera extranjera. d. Copia del recibo de pago por derecho de tramitación. - Fluviales y lacustres de 500 AB o más- Deportivas y recreativas que realicen viajen internacionales. - Estan exceptuadas las naves pesqueras de bandera nacional y las deportivas y recreativas ARQUEO BRUTO que no efectúan viajes internacionales. HASTA 70.48 1.30 BASE LEGAL: Más de 70.48 Hasta 144.36 1.70 Ley 27943 (01.03.03) Art. 15 y 24 Más de 144.36 Hasta 219.53 2.05 D.S. 014-2005-MTC (15.06.05) Art.47 Más de 219.53 Hasta 295.51 2.35 Más de 295.54 Hasta 372.17 2.50 Más de 372.17 Hasta 449.29 6.09 Más de 449.29 Hasta 761.38 17.48 Más de 761.38 Hasta 1,959.74 23.97 Más de 1,959.74 Hasta 4,004.66 31.46 Más de 4,004.66 Hasta 6,081.75 38.45 Más de 6,081.75 Hasta 8,179.71 43.44 Más de 8,179.71 Hasta 10,293.20 48.94 Más de 10,293.20 Hasta 12,419.10 53.93 Más de 12,419.10 Hasta 14,555.20 59.92 Más de 14,555.20 Hasta 16,700.20 63.42 Más de 16,700.20 Hasta 18,852.90 67.41 Más de 18,852.90 Hasta 21,012.40 70.91 Más de 21,012.40 Hasta 23,178.00 76.90 Más de 23,178.00 Hasta 25,349.30 80.90 Más de 25,349.30 Hasta 27,525.70 84.39 Más de 27,525.70 87.61 NOTA.- En el caso de convoy de naves (remolcadores o nave remolcada) se aplicará la tarifa correspondiente a la suma total del Arqueo Bruto. 4 OBTENCIÓN DE AUTORIZACIÓN DEL Solicitud según Formatos 5 y 6, presentada por el representante de Sin costo X Oficina de Tramite Gerencia General RECONSIDERACIÓN ZARPE TRIMESTRAL DE EMBARCACIONES la nave, adjuntando lo siguiente: Documentario Gerencia General PESQUERAS NACIONALES (EXCEPTO a. Libretas de embarque de la tripulación EMBARCACIONES ARTESANALES) b. Certificados vigentes de la nave APELACIÓN Directorio BASE LEGAL: NOTA.- La autorizacion de zarpe trimestral pierde vigencia por Ley 27943 (01.03.03) Art. 15 y 24 mandato judicial, por siniestro o por vencimiento de los D.S. 014-2005-MTC (15.06.05) Art.63 certificados. 5 OBTENCIÓN DE ZARPE DIARIO PARA El representante de la nave, presentara el Formato 7 Sin costo X Oficina de Tramite Gerencia General RECONSIDERACIÓN EMBARCACIONES PESQUERAS Y debidamente llenado, adjuntando lo siguiente: Documentario Gerencia General EMBARCACIONES MARITIMAS MENORES a. Copia del zarpe trimestral (Formatos 5 y 6). DE 13.30 AB b. Naves que no cuenten con zarpe trimestral, deberan de APELACIÓN presentar todos los certificados de la nave Directorio BASE LEGAL: Ley 27943 (01.03.03) Art. 15 y 24 D.S. 014-2005-MTC (15.06.05) Art. 64 6 OBTENCIÓN DE ZARPE DE TRAVESÍA Solicitud del representante de la nave, adjuntando lo siguiente: Sin costo X Oficina de Tramite Gerencia General RECONSIDERACIÓN PARA NAVES PESQUERAS NACIONALES a. Formato de zarpe diario (Formato 7). Documentario Gerencia General b. Copia del zarpe trimestral (Formatos 5 y 6). APELACIÓN BASE LEGAL: NOTA.- Esta solicitud se presentara si la nave navega de un Directorio Ley 27943 (01.03.03) Art. 15 y 24 puerto a otro de diferente jurisdicción. D.S. 014-2005-MTC (15.06.05) Art.63, 64 y 65Nº DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE OR- DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS TRAMITACIÓN AUTO- EVALU ACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA APRUEBA EL RESUELVE EL RECURSO DEN % DE 1 UIT (*) MÁTICA SILENCIO SILENCIO EL TRÁMITE TRÁMITE ADMINISTRATIVO POST. NEGAT.