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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 Que, el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que los Informes resultantes de las acciones de control constitu-yen prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público Ad-Hoc de FONCODES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 1012-2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Mi- nisterio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamen-to de Organización y Funciones del MIMDES apro- bado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación yDefensa del Estado en asuntos judiciales, modifica- do por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad-Hoc de FONCODES, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas com- prendidas en el Informe Especial Nº 004-2005-2-4382 ycontra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público Ad-Hoc de FONCODES para los fines pertinen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 11606 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G2D/G63/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 445-2005-MIMDES Lima, 27 de junio de 2005Visto, Informe Especial Nº 002/2005-2-0481 - "Exa- men Especial a las Bonificaciones Especiales otorgadasa los trabajadores durante los años 1992, 1993 y 1994"; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del citado Informe Especial, se ha deter-minado que ex miembros del Directorio y ex funciona- rios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huan- cayo otorgaron pagos por concepto de bonificacio-nes por Costo de Vida y Excepcionales a sus traba- jadores y funcionarios, durante el período de enero 1992 a julio de 1994, los mismos que fueron aproba-dos por el Directorio y formalizados mediante Reso- luciones Directorales hasta julio de 1994, al margen de las normas de austeridad de las leyes de presu-puesto anual ocasionando un perjuicio económico por un monto de S/. 464,785.96 (Cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y cinco y 96/100nuevos soles), determinándose su presunta responsabilidad civil, conforme a lo previsto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que losInformes resultantes de las acciones de control constitu-yen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público del MIMDES, para que inicie las ac-ciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el InformeNº 1013 -2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Fun- ciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judi- ciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del MIM- DES, para que en representación y defensa de los inte- reses del Estado inicie e impulse las acciones judicialesque correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 002/2005-2-0481 - "Examen Especial a las Bonificaciones Especiales otorgadas alos trabajadores durante los años 1992, 1993 y 1994"y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso, al ProcuradorPúblico del MIMDES para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 11589 PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G2D /G70/G6C/G65/G6F/G20/G28/G46/G4F/G4E/G43/G41/G4C/G50/G52/G4F/G45/G4D/G29 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 163-2005-PRODUCE Lima, 24 de junio del 2005 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 10º y 12º del Decreto Supremo Nº 009-98-TR, modificado por Decre-to Supremo Nº 002-2005-TR, el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo (FONCALPROEM), es administrado por un Consejo Di-rectivo, integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción con nivel de Viceministro, designado por Resolución del Titular del Sector; Que, por Resolución Suprema Nº 007-2004-PRODU- CE, se ha designado al señor Antonio Castillo Garay en el cargo de Viceministro de Industria del Ministerio de laProducción; Que, por tanto, en necesario designar al señor Antonio Castillo Garay, en su calidad de Viceministrode Industria, como representante del Ministerio de la Producción ante el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo (FONCAL-PROEM); De conformidad con la Ley Nº 27789, Ley de Organi- zación y Funciones del Ministerio de la Producción y elDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y su modifica- toria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Antonio Castillo Ga- ray, Viceministro de Industria, como representante del