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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2005 (03/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 288319 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 Higiénico - Sanitario de Quioscos Escolares, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-87-SA, y a la presenteDirectiva. 6.1.5. Las Bases de la Licitación se formularán te- niendo en cuenta entre otros lo siguiente: a) Condiciones sanitarias del Quiosco Escolar: - Ubicación del Quiosco Escolar, en un lugar accesi- ble a los estudiantes y lejos de los servicios higiénicos. - Obligación de su mantenimiento en buen estado de limpieza. - Disponer de instalaciones de agua y desagüe sufi- ciente y en caso contrario el expendio de productos quelo requieran en envases descartables, prohibiéndoseterminantemente la reutilización de los mismos. - Asegurar la protección de alimentos de cualquier contaminación. - Contar con recipientes adecuados, con tapa para depositar la basura y desperdicios. - Mantener lejos de los alimentos, los detergentes, Kerosene u otros productos tóxicos. b) Condiciones de los Alimentos: - Los alimentos que se expendan, deben estar en buen estado de conservación y en caso de ser envasa-dos, contar con la autorización y registro sanitario co-rrespondiente. - No se permitirá la venta de alimentos que procedan de fábricas clandestinas. - La lista de alimentos que se expendan y los precios de venta contarán con la aprobación de la Comisión deAdjudicación y del Consejo Educativo Institucional. - En caso de expender comidas preparadas, éstas deben ser consumidas dentro de las primeras seis ho- ras y mantenerse bajo refrigeración sin exceder de las 24 horas de preparación. - Prohibir el uso de sobras y de alimentos desecha- dos en la elaboración de nuevas comidas. c) Requisitos del manipulador de alimentos - Poseer Carné de salud actualizado, otorgado por la autoridad de salud local. - Estar libre de enfermedad infecto contagiosa y cum- plir con los controles periódicos que la autoridad de sa-lud exija. - Exhibir y mantener rigurosamente las mejores con- diciones de higiene personal especialmente las manos. - Usar ropas adecuadas y limpias para el trabajo.- No tocar directamente con las manos los alimentos sin envoltura o envase. Para el efecto se utilizará servi-lletas y pinzas, etc. - No fumar, toser, ni escupir dentro del Quiosco Es- colar. d) Otros que aseguren las mejores condiciones de atención a los usuarios del Quiosco Escolar. 6.1.6. Las Bases para la licitación y adjudicación de los Quioscos Escolares, se publicarán en lugar visiblede la Institución Educativa y se realizará la máxima difu- sión posible. De ser necesario se hará uso de algún medio de comunicación masiva. 6.1.7 El período de adjudicación de los Quioscos Escolares, no será mayor de 2 años calendarios, al tér-mino del cual se procederá a nueva licitación; en la quepodrán participar otros postores y también los mismos conductores si así lo desean. 6.1.8 En las Instituciones Educativas donde existan o requieran del funcionamiento de más de un QuioscoEscolar, éstos se adjudicarán a concesionarios distintospromoviendo siempre el mejoramiento del servicio. 6.1.9 El proceso de adjudicación se efectuará me- diante contrato suscrito entre el Presidente del Consejo Educativo Institucional y los que resulten ganadores dela licitación convocada, indicando en las respectivas cláu-sulas el cumplimiento de las condiciones señaladas enlas bases.6.1.10 En el proceso de Licitación de los Quioscos Escolares, para los casos no previstos en las presentesnormas se tendrá en cuenta en lo pertinente, las dispo-siciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamentovigente. 6.2. De la Administración de los fondos prove- nientes de Quioscos Escolares. 6.2.1. Los recursos generados como consecuencia de la concesión de los Quioscos Escolares, constituyen ingresos que son administrados directamente por el Consejo Directivo de la Asociación de Padres de Familiade Ias Instituciones Educativas Públicas. 6.2.2. Los fondos provenientes de la concesión de Quioscos Escolares, serán depositados en una cuentade ahorros específica, independiente de los recursos de la APAFA señalados en el Artículo 41º del Decreto Su- premo Nº 018-2004-ED, con la firma solidaria del Presi-dente, el Tesorero del Consejo Directivo y un miembrodel Consejo de Vigilancia. 6.2.3. La autorización de los gastos con cargo a los fondos provenientes de la concesión de los Quioscos Escolares será suscrito necesariamente bajo respon- sabilidad, por el Presidente del Consejo Educativo Insti-tucional. 6.3. De la Supervisión y Control del funciona- miento y la Administración de los Quioscos Escola- res 6.3.1. El Consejo Educativo Institucional queda en- cargado de vigilar, supervisar y controlar el adecuadofuncionamiento de los Quioscos Escolares y la correctaadministración de los fondos provenientes de los mis- mos. 6.3.2. El personal directivo, jerárquico, docente, ad- ministrativo, alumnos y padres de familia podrán formu-lar denuncias relacionadas con el mal funcionamiento yatención del servicio de los Quioscos Escolares, ante laDirección de la Institución Educativa y la Comisión de Adjudicación. 6.3.3. La Comisión de Adjudicación, previo informe del Consejo Educativo Institucional y comprobada ladenuncia, procederá según la gravedad de la falta eindistintamente a aplicar al concesionario del QuioscoEscolar las sanciones siguientes: a) Amonestación b) Apercibimiento de rescisiónc) Rescisión de contrato VII.- DISPOSICIÓN FINAL La presente Directiva rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. San Borja, 22 de febrero de 2005 DIRECTIVA Nº 041-VMGI-OAAE REGISTRO DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS Y CONSEJOS DE VIGILANCIA DE LAS ASOCIA- CIONES DE PADRES DE FAMILIA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS I.- FINALIDADEstablecer normas y procedimientos para el registro de los Consejos Directivos y Consejos de Vigilancia de las Asociaciones de Padres de Familia de las Institucio- nes Educativas Públicas. II.- OBJETIVOS2.1. Registrar a los integrantes de los Consejos Direc- tivos y Consejos de Vigilancia de las Asociaciones de Pa- dres de Familia de las Instituciones Educativas Públicas.