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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2005 (03/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 288331 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 Previo al empaque, las manzanas deberán ser selec- cionadas, clasificadas y procesadas para asegurar quelos frutos no porten plagas de importancia cuarentenariapara Perú, ramas, hojas y suelo. Las manzanas procesadas deberán ser almacena- das separadamente para evitar la reinfestación. Artículo IV Cada caja deberá estar marcada en inglés indi- cando: sitio de producción (provincia), lugar de pro-ducción o su número de registro, planta de empaque o su número de registro y el texto "Exported to the Re- public of Peru" (Exportado a la República del Perú)(ver Anexo 2). Artículo V Previo a la exportación, CIQ deberá efectuar una rigurosa inspección y expedir el certificado fitosanitariopara el cargamento que haya aprobado la inspección.Si alguna plaga cuarentenaria es detectada en un lotede exportación, el cargamento será rechazado. Durante los 2 primeros años de vigencia de este pro- tocolo, CIQ hará inspecciones con muestreo del 2%. De no encontrarse problemas fitosanitarios, el muestreo sereducirá al 1%. Artículo VI Al arribo de las manzanas al Puerto de entrada, el SENASA examinará la documentación relevante y mar-ca, y efectuará la correspondiente inspección fitosa-nitaria. Si se detectan manzanas de lugares de producción y plantas de empaque no registrados, no se permitirá la entrada del envío. Artículo VII Previo al inicio del programa de exportaciones, el SENASA enviará a dos inspectores a China para efec- tuar una visita en origen en las áreas de producción, en cooperación con AQSIQ. La parte China será respon-sable de los costos que involucre la visita, incluyendotransporte, comida y alojamiento. Este protocolo entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma y tendrá una validez de dos años. Si ninguna de las partes comunica la modificación o término de este protocolo al menos dos meses antes de la fecha deexpiración, el protocolo se prorrogará automática y su-cesivamente por un período adicional de un año. Suscrito en la ciudad de Lima, el 27 de enero del 2005, en idioma Chino, Español e Inglés, en copias por duplicado, cada Parte tiene una copia de los tres textos.Todos los textos tendrán que ser auténticamente equiva-lentes. En caso de duda, la versión en Inglés será usadacomo referencia. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones ExterioresRepública del Perú ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura República del Perú LI CHANGJIANG Director General de la AdministraciónGeneral de Supervisión de Calidad,Inspección y Cuarentena AQSIQ Anexo 1 Plagas de Importancia cuarentenaria para Perú 1. Carposina sasakii 2.Grapholita funebrana3.Grapholita inopinata 4.Grapholitha molesta 5.Tetranychus (Amphitetranychus) viennensis 6.Tetranychus kanzawai 5 7.Botryosphaeria ribis 8.Monilinia fructigena Anexo 2 Marca del Empaque Lugar de Producción (Provincia) Nombre del huerto o su número de registro Planta de empaque o su número de registro Exported to the Republic of Peru Exportado hacia la República del Perú 04583 SALUD Oficializan uso de slogan en materia- les de difusión y campaæas de la Es-trategia Sanitaria Nacional de Acciden-tes de TrÆnsito RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2005/MINSA Lima, 28 de febrero del 2005 Visto el Oficio Nº 340-2005-DG-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que el artículo 35º, 36º, 37º y 38º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud apro- bado por D.S. Nº 014-2002-SA, establece los objetivos funcionales generales y específicos que la Oficina Ge-neral de Defensa Nacional debe cumplir como órganode apoyo del Ministerio de Salud; Que mediante el artículo 1º de la Resolución Ministe- rial Nº 771-2004/MINSA, se designa a la Oficina General de Defensa Nacional como órgano responsable de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito; Que a mérito de la Resolución Ministerial Nº 1053- 2004/MINSA, se aprueba el "Plan General de la Estrate-gia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito", el mis-mo que se orienta a "Promover la gestión del riesgo a través de la implementación y desarrollo de programas continuos y sostenibles de prevención, promoción y aten-ción de la accidentabilidad vial; Que el logro de los objetivos implica implementar mecanismos y estrategias de prevención para la protec-ción de los usuarios vulnerables, y la generación de espacios urbanos y comunidades seguras utilizando herramientas originales de comunicación que requierenoficializarse; Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional y con la visación de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artí- culo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el uso del slogan "¡AGÁRRATE A LA VIDA Y A LA SALUD, EVITA LOS ACCIDENTES!", en