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PÆg. 288335 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 les, remitiendo para el trámite respectivo, el expediente de iniciativa de consulta popular de revocatoria delmandato de autoridades municipales del distrito de Co-taruse, provincia de Aymaraes, departamento de Apurí-mac, promovida por el ciudadano Cecilio Leona Vega; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 012-2005-JNE de fecha 20 de enero del presente año, se convocó a consulta popu-lar para la revocatoria del mandato de autoridades munici-pales en doce circunscripciones de la República, para el domingo 3 de julio de 2005; Que es competencia del Jurado Nacional de Elecciones admitir las solicitudes de revocatoria del mandato de autori-dades municipales que hayan sido presentadas ante la Ofi-cina Nacional de Procesos Electorales y que cumplan conlos requisitos formales, a fin de convocar a consulta electo- ral de revocatoria dentro de los noventa (90) días siguientes de solicitada formalmente, con arreglo a los artículos 8º y21º, tercer párrafo, de la Ley Nº 26300; Que conforme a lo previsto por los artículos 6º y 22º de la citada norma, el Registro Nacional de Identificación yEstado Civil ha verificado la autenticidad de las firmas de la relación de adherentes de la solicitud de revocatoria en el distrito de Cotaruse, emitiendo la constancia que acreditaque el promotor ha cumplido con presentar las firmas váli-das de no menos del 25% de electores de la jurisdicción deacuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 006-2004-JNE; Que la solicitud elevada ha cumplido con consignar la fundamentación del pedido de revocatoria, que no requiereser probada, y los otros requisitos formales de admisibili-dad, señalados en los artículos 4º y 21º de la ley acotada; Que de conformidad con lo previsto por el artículo 46º de la Ley Nº 26300, el Jurado Nacional de Elecciones está facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales para someterlas aconsulta de los ciudadanos en forma conjunta; Por estos fundamentos, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Incluir en la convocatoria a consul- ta popular de revocatoria del mandato de autoridades mu-nicipales, efectuada mediante Resolución Nº 012-2005-JNEde fecha 20 de enero de 2005, al distrito de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros, de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales y del Registro Nacional de Iden-tificación y Estado Civil, la presente resolución para losfines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 04617 Ponen en conocimiento del Tribunal Constitucional y de ciudadanos que el JNE hace suya certificación otorgadapor el RENIEC en acción de incons-titucionalidad contra la Ley N” 28175 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 035-2005-JNE Lima, 1 de marzo 2005José Hinostroza Pariachi, en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, trasladado a laCorte Superior de Justicia del Callao. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente FERMIN CHUNGA CHÁVEZ Vicepresidente 04671 Proclaman Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura para el período 2005 - 2006 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 596-2005-CNM Lima, 2 de marzo de 2005 VISTO:El acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magis- tratura, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 26397, en su artículo 36º, dispone que el Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratu- ra, es elegido por el Pleno del Consejo de entre sus miembros por el período de un año; Que, en cumplimiento de la citada Ley y de confor- midad con los artículos 3º y 4º del Reglamento de Sesio-nes del Consejo, el Pleno reunido en Sesión Extraordina-ria para este efecto, eligió al señor Daniel Caballero Cis- neros, como Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para el período institucional 2005-2006; De conformidad con los artículos 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de laMagistratura, y 4º inciso d) del Reglamento de Sesionesdel Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Proclamar al señor Daniel Caballero Cisne- ros, Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistra-tura, para el período institucional 2005-2006. Segundo.- Proceder al acto de juramentación en sesión pública del Consejo Nacional de la Magistratura,que se realizará el 3 de marzo del presente año. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LOZADA STANBURY Presidente 04687 J N E Incluyen al distrito de Cotaruse, provin- cia de Aymaraes en convocatoria a con-sulta popular de revocatoria del man- dato de autoridades municipales con- vocado mediante Res. N” 012-2005-JNE JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 034-2005-JNE Lima, 1 de marzo de 2005Visto, el Oficio Nº 129-2005-SG/ONPE de la Secreta- ria General de la Oficina Nacional de Procesos Electora-