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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2005 (19/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

PÆg. 289341 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de marzo de 2005 f) Tomar y registrar declaraciones de las personas que puedan brindar información relevante sobre la supervisión que se lleva cabo. g) Instalar equipos propios en las instalaciones de las Entidades Prestadoras para realizar monitoreos siem- pre que no dificulte la prestación de los servicios involucrados." Artículo 4º.- Incluir el literal m) al artículo 22º del "Reglamento de Supervisión de Actividades Energéti- cas" aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 013-2004-OS/CD, de conformidad a los términos siguientes:m) Cumplir con la función fiscalizadora y sancionadora de acuerdo a las políticas internas que para tal efecto establezca la Gerencia General. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica- ción. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 05765 Prepublicación del Proyecto de modificación del "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERG" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 048-2005-OS/CD Lima, 15 de marzo de 2005VISTO:El Memorando Nº GL-181-2005 de la Gerencia Legal por el cual se somete a la aprobación del Consejo Directivo el proyecto de modificación del "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador", aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 102-2004-OS/CD. CONSIDERANDO:Que, con la finalidad de dar mayor eficacia a los proce- dimientos sancionadores seguidos por OSINERG, la Gerencia Legal propone se delegue en las Empresas Supervisoras la facultad de Supervisión y Fiscalización, de conformidad con lo expresamente establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, para lo cual se requiere modificar el "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador"; Que, el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, resulta necesario se prepublique la presente propuesta de modificación del "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sanciona- dor", aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 102-2004-OS/CD, con la finalidad de recibir los aportes y comentarios del público en general; De conformidad con los artículos 22º y 25º del Regla- mento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación del Proyecto de modificación del "Reglamento del Procedimiento Admi- nistrativo Sancionador de OSINERG" aprobado por Resolu- ción de Consejo Directivo OSINERG Nº 102-2004-OS/CD, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERG o vía correo electrónico a legal@osinerg.gob.pe, hasta 15 días calendario contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROYECTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº -2005-OS/CD Lima,VISTO: El Memorando GL-181-2005 de la Gerencia Ge- neral por el cual se somete a aprobación del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, el proyecto de modificación del "Regla- mento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERG", aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 102-2004-OS/CD. CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva compe- tencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a activi- dades supervisadas o de sus usuarios; Que según lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortaleci- miento Institucional de OSINERG, el Consejo Directi- vo está facultado para aprobar procedimientos admi- nistrativos vinculados, entre otros, a la Función Su- pervisora y Fiscalizadora; Que, mediante la Resolución de Consejo Directi- vo OSINERG Nº 102-2004-OS/CD, se aprobó el "Reglamento del Procedimiento Administrativo San- cionador de OSINERG", el cual establece el procedi- miento a seguir para la imposición de sanciones por incumplimiento a la normativa de las actividades su- jetas a la competencia de OSINERG; Que, teniendo en consideración que la labor de supervisión de OSINERG se ha incrementado sustantivamente, la carga procesal respecto a los procedimientos administrativos sancionadores segui- dos han sufrido también un notable incremento, ra- zón por la cual resulta necesario proceder a descen- tralizar la función fiscalizadora y sancionadora de OSINERG, dándole mayor celeridad y eficacia a la tramitación de los citados procedimientos; Que, de conformidad con lo expresamente estableci- do por el artículo 4º de la Ley Nº 27699 - Ley Complemen- taria de Fortalecimiento Institucional, OSINERG se en- cuentra facultado a delegar en las Empresas Supervi- soras la función de Supervisión y de Fiscalización, para la cual resulta necesario modificar el "Reglamento del Pro- cedimiento Administrativo Sancionador de OSINERG" aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 102-2004-OS/CD; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artícu- lo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el xx de xxxxx de 2005 se prepublicó en el Diario Oficial El Peruano la propuesta de modificación al "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERG", con la finalidad de recibir los aportes y comentarios del público en general, los mismos que han sido evaluados para la elaboración de la presen- te norma;PREPUBLICACIÓN