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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2005 (20/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G33/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de marzo de 2005 del Presidente del Comité Especial, Nº 0119-2005-OAJ/ MDC de la Oficina de Asesoría Jurídica, Nº 202-2005-ULyBP de la Unidad de Logística y Bienes Patrimoniales referidos a Declarar el Desabastecimiento del Suminis- tro de productos alimenticios al Programa del Vaso deLeche de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, ytienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política,modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concordante con el Art. 2º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades; Que, el Jefe del Programa del Vaso de Leche, me- diante Informe de Visto, solicita se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de pro-ductos alimenticios al PVL, ante el inminente riesgo de quedar desabastecido por efecto de la culminación de la adenda para abastecer los productos mencionados alPrograma, debiéndose asegurar la continuidad del fun- cionamiento del mismo, dada las serias implicancias que conllevaría su paralización o interrupción para la saludde los miles de niños, madres gestantes y demás bene- ficiarios del citado Programa; Que, asimismo, el Comité Especial, órgano encarga- do de conducir el proceso de selección clasificado como Licitación Publica Nº 0001-2005-CE/MDC, para adquirir los productos antes citados al Programa; señala que delcronograma de ejecución del proceso de selección se determina que éste culminará aproximadamente a fines del mes de abril, encontrando por tal razón procedentela declaración de desabastecimiento inminente la adqui- sición de productos alimenticios al Programa del Vaso de Leche; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Infor- me de Vistos señala que de los antecedentes se verifica que la demora en el inicio del proceso de adquisición delos insumos destinados al Programa del Vaso de Leche se debe al retraso por parte de los beneficiarios, en la elección y comunicación al Comité de Administración delVaso de Leche de qué insumos o productos se va a licitar conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27470 y la Ley Nº 27712, pese a los reiterados requerimientos efec-tuados a la Organización Distrital del Vaso de Leche por esta administración edil, lo que ha originado un calenda- rio del proceso de adquisiciones bastante ajustado; Que, el día 03 de noviembre del 2004 se inició el proceso de preparación de la degustación la que culmi- na con las degustaciones efectuadas el 3 de diciembredel 2004 en la Agencia Las Lomas de Carabayllo y el 10 de diciembre del 2004 en el Parque Zonal “Manco Cápac”. Siendo que las Organizaciones de Base efectuaron laentrega de las Actas donde elegían los insumos a adqui- rirse para el Programa del Vaso de Leche recién el 18 de enero del 2005 la primera parte (39 días después) y el31 de enero del 2005 la segunda parte (52 días des- pués); Que, el artículo segundo de la Ley Nº 27470 - Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecu- ción del Programa del Vaso de Leche y su Modificatoria la Ley Nº 27712 señala que son los beneficiarios delPrograma quienes tienen que elegir el tipo de insumos que se adquirirá para la ejecución de éste, ya sea leche en cualquiera de sus formas o cualquier otro producto.La decisión adoptada sobre el tipo de productos a adqui- rir debe efectuarse en una Asamblea que cuente con la participación de las madres representantes de los bene-ficiarios, quienes comunicarán su decisión a las repre- sentantes de las Organizaciones de Base, las que me- diante Acta debidamente suscrita, harán llegar dicha pro-puesta al Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche; Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica se- ñala que algunas empresas han presentado observa- ciones a las Bases Administrativas, las mismas que han sido elevadas a CONSUCODE a petición de losmismos observantes, lo cual prorroga el proceso por más de Diez (10) días. Que, de otro lado se plasma la posibilidad de que alguna empresa impugne el otorga-miento de la Buena Pro lo cual haría que se prolongue más aún el Calendario aprobado por el Comité Espe-cial, opinando que se DECLARE EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE POR CAUSAS EXTERNAS, la Adquisición de Suministros de Produc-tos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Carabayllo por el plazo de 48 días o hasta el consentimiento de la Buena Pro de laLicitación Publica Nº 0001-2005-CE/MDC; Que, el Inciso c) del Art. 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, precisa que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se rea-licen en situación de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el Art. 21º de la Ley antes acotada establece, “Se considera situación de desabastecimiento inminen- te aquella situación extraordinaria e imprevisible en laque la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adqui- sición o contratación de los bienes, servicios u obrassólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, nece- sario para resolver la situación y llevar a cabo el proce- so de selección que corresponda”; Que, el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado con De- creto Supremo Nº 084-2004-PCM establece, “La Reso-lución o el Acuerdo que apruebe la exoneración del pro- ceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justificación téc-nica y legal de la procedencia y necesidad de la exone- ración”; Que, el Art. 121º del Reglamento del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, establece el inicio de las medidas conducentes alestablecimiento de las responsabilidades administrati- vas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados, si las hubiere; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justifica- ción de la adquisición o contratación y de la necesidadde Declarar en Situación de Desabastecimiento Inmi- nente el Suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distritalde Carabayllo; Estando a lo expuesto y a lo aprobado POR MAYO- RÍA en Sesión Extraordinaria de Concejo, y en uso delas facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Or- gánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE POR CAUSAS EX- TERNAS, la Adquisición de Suministros de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de laMunicipalidad de Carabayllo por el plazo de 48 días o hasta el consentimiento de la Buena Pro de la Licitación Publica Nº 0001-2005-CE/MDC. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Unidad de Lo- gística y Bienes Patrimoniales de la Municipalidad la adqui- sición de los insumos para el Programa del Vaso de Leche,siguiendo el Procedimiento de Exoneración del Proceso de Selección de acuerdo a lo establecido en el artículo 148 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM por el período quedure la Situación de Desabastecimiento Inminente declara- da, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 479,108.59 (CUA-TROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHO Y 59/100 NUEVOS SOLES), según el siguiente detalle: ITEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO (S/.) I Leche Evaporada Entera Lata 171,584.40 308,851.92 II Hojuela de Cereales Kg. 44,804.39 170,256.67 Artículo Tercero.- PRECISAR, que los montos pre- citados se encuentran consignados en la Fuente de Fi-