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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2005 (20/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G33/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de marzo de 2005 de todos los sectores involucrados: producción, con- sumo y técnico, constituidos en Comités Técnicosde Normalización, la Comisión conformó los siguien- tes Comités Técnicos de Normalización Permanen- tes: a) Ingeniería de Software y Sistemas de Infor-mación y b) Codificación e intercambio electrónico de Datos - EDI, de acuerdo a lo dispuesto en el Re- glamento de Comités Técnicos de Normalización an-tes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización cita- dos, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Pe-ruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Ingeniería de Software y Sistemas de Información, 1 PNTP, el 24 de noviembre del 2004. b) Codificación e intercambio electrónico de Datos - EDI, 1 PNTP, el 6 de diciembre del 2004. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fue- ron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elabo- ración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopción, y sometidos a Dis-cusión Pública por un periodo de treinta días calen- dario; contados a partir del 27 de enero del 2005; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de laevaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Téc- nicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técni- ca, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072- 2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo uná-nime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 2 de marzo del 2005; RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO/IEC-TR 9126-3:2005 INGENIERÍA DE SOFT- WARE. Calidad del produc- to. Parte 3: Métricas inter-nas. 1ª Edición NTP-ISO 9735-5:2005 EDI. Intercambio electróni- co de datos para la admi- nistración, comercio y trans- porte (EDIFACT). Reglassintácticas a nivel de aplica- ción (Número de versión de sintaxis: 4, número de edi-ción de sintaxis: 1). Parte 5: Reglas de seguridad para EDI por lotes (autenticidad,integridad y no repudio de origen). 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós y Julio Paz Sol-dán. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 05784 OSIPTEL /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G46/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G4F/G53/G49/G50/G54/G45/G4C/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-2005-CD/OSIPTEL Lima, 15 de marzo de 2005.MATERIA: Designación de Fedatarios VISTA la propuesta presentada por la Gerencia Ge- neral para la designación de Fedatarios Institucionales y la atribución de sus correspondientes funciones, con losInformes Nº 012-GL/2005 y Nº 013-GL/2005 emitidos por la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que el Artículo 127º de la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General (en adelante, LPAG), establece que corresponde a cada entidad de la administración pública designar a sus respectivos fedatarios institucionales,quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brin- dan gratuitamente sus servicios a los administrados; precisándose que la función del fedatario es personalísi-ma; Que dentro del marco de lo establecido en los artículos 41º.1.1 y 43º.3 así como en el inciso 2 delArtículo 127º de la LPAG, la función de los fedatarios institucionales comprende el servicio que se brinda a solicitud de los administrados, para certificar la auten-ticidad de las copias de documentos que tengan que presentar ante la entidad, cuando tal certificación sea necesaria para una actuación administrativa o a soli-citud del administrado; Que asimismo, conforme a lo previsto en el citado Artículo 127º de la LPAG, corresponde también a losfedatarios la función de certificar la autenticidad de las firmas de los administrados puestas en documentos, para las actuaciones administrativas en que dicha au-tenticación sea necesaria, tales como las señaladas en el Artículo 115º.2 de la LPAG; Que adicionalmente, de acuerdo al Artículo 43º de la LPAG, concordante con el párrafo final del Artículo 235º del Código Procesal Civil, los fedatarios administrativos pueden certificar la autenticidad de las copias de losdocumentos públicos institucionales, para fines adminis- trativos internos o para ser entregadas a otras entida- des públicas, a los administrados u otros particulares,cuando sea necesaria dicha autenticación o a solicitud del interesado; considerándose como documentos públi- cos a todos aquellos documentos emitidos u otorgadospor los funcionarios de los diferentes órganos de OSIPTEL, en ejercicio de sus respectivas atribuciones, incluyendo los instrumentos públicos referidos en elArtículo 156º de la LPAG y en los artículos 20º y 21º de la Ley Nº 27336 - Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades de OSIPTEL-; Que en tal sentido, a fin de asegurar la adecuada atención de los requerimientos de autenticaciones admi- nistrativas señaladas anteriormente, se considera perti-nente designar a cuatro (4) fedatarios institucionales de OSIPTEL, ratificando la designación de los dos (2) feda- tarios actualmente en funciones, y precisando las atri-buciones que les corresponden conforme a las normas legales antes reseñadas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSIPTEL en su Sesión Nº 222; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratificar la designación como Fedata- rios del Organismo Supervisor de la Inversión Privadaen Telecomunicaciones, por el período de dos (2) años adicionales a partir de la fecha, a los siguientes funcio- narios: - Pamela Mizushima Oshiro. - Jorge Bossio Montes de Oca. Artículo 2º.- Designar como Fedatarios del Orga- nismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomu-nicaciones, por el período de dos (2) años a partir de la fecha, a los siguientes funcionarios: - Macky Jesús Merino Gordillo. - Pabel Camero Cusihuallpa. Artículo 3º.- Precisar que los Fedatarios del Organis- mo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunica- ciones desempeñan las siguientes funciones: