Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2005 (23/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2005

4.- Tolerancia .- Garantia de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, considerando este como un elemento esencial para la construccion de consensos. 5.- Transparencia.- En los procesos participativos, de tal forma que toda la colectividad y sus representantes tengan la informacion suficiente y necesaria acerca de los asuntos publicos y comunitarios que se decidan por via participativa. 6.- Rendicion de Cuenta.- De todas las autoridades y funcionarios municipales, ciudadanos, organizaciones sociales y representantes de las organizaciones sociales que intervengan en los asuntos decididos por via participativa. 7.-Pluralismo politico.- En el sentido que se procurara dar cabida a los diversos intereses de actores locales organizados en el estado, segun el MORDAZA publico que se trate. MORDAZA DE RESPETO A LOS ACUERDOS PARTICIPATIVOS. Articulo 6º.- La participacion ciudadana a traves de sus representantes en los asuntos publicos se funda en el compromiso de respeto de la ciudadania, autoridades, funcionarios y trabajadores municipales de los resultados de la concertacion, los planes de desarrollo, presupuestos, proyectos de normas, ordenamiento del territorio, desarrollo economico, de inversiones sociales, creacion y organizacion de los servicios publicos municipales. TITULO II DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL CAPITULO I DEFINICION Y COMPOSICION DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DEFINICION. Articulo 7º.-El Consejo de Coordinacion Local del distrito de Ventanilla se constituye de acuerdo a lo establecido en el Capitulo III, del Titulo VII, de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, como un organo de planificacion, coordinacion, concertacion, monitoreo, organizacion y articulacion de todo el sistema de participacion de la Municipalidad de Ventanilla. Para promover el desarrollo local sostenible en la perspectiva de atender prioritariamente la lucha contra la pobreza, la generacion de empleo, el cuidado del medio ambiente y recursos naturales; cristalizado en el MORDAZA de elaboracion y aprobacion de los instrumentos de planificacion participativa y concertada local, expresados en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo. Por su naturaleza de organo planificador social y concertador, las decisiones en el CCLD se toman mediante MORDAZA de consenso, es decir, mutuo acuerdo entre las autoridades municipales y los representantes de la sociedad civil, sobre la base del MORDAZA de responsabilidad compartida entre autoridades, ciudadanos y sus organizaciones sociales. Las decisiones que determine la ley y demas normas especiales adoptadas por el CCLD son ratificadas por el Concejo Municipal. COMPOSICION DEL CCL Articulo 8º.- El Consejo de Coordinacion Local "CCL" del distrito de Ventanilla esta conformado: a.- El MORDAZA Distrital, quien lo preside, pudiendo delegar esta funcion en el MORDAZA MORDAZA . b.- Los once (11) Regidores Distritales. c.- El MORDAZA del Centro Poblado Nuestra Senora de Las MORDAZA "Mi Peru". d.- Los cinco (5) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito, elegidos democraticamente y reconocidos mediante Resolucion de Alcaldia, como Consejeros Locales Distritales.

CAPITULO II ELECCION, NUMERO Y DURACION DE SU CARGO LA CONVOCATORIA A ELECCIONES Articulo 9º.- La convocatoria a elecciones de los representantes de la sociedad civil al Consejo de Coordinacion Local, lo realiza el MORDAZA Distrital de Ventanilla 30 dias MORDAZA del termino del periodo de mandato, mediante Decreto de Alcaldia de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de la materia. El mismo que, establecera el lugar, la fecha y hora en el que se efectuara, contando con la participacion de organismos supervisores como el MORDAZA Nacional de Elecciones y la ONPE. EL NUMERO DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 10º.- El numero de representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD es de cinco (5), el mismo que resulta de aplicar el 40% al total de los miembros del Concejo Municipal de Ventanilla, es decir el MORDAZA y sus once Regidores (12), mas el MORDAZA del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA y Mi Peru (1). DURACION DEL MANDATO DE LOS CONSEJEROS DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 11º.- Ante el CCLD, es de dos anos calendario contado desde la fecha de emision de Resolucion que los acredita como tales. Siendo que en los casos de reemplazo de consejeros por vacancia asumira el Consejero Accesitario del Segmento correspondiente. CAPITULO III OBLIGACIONES, DERECHOS Y VACANCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL COMO CONSEJEROS OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL COMO CCLD Articulo 12º.- Los consejeros de la sociedad civil ante el CCLD estan obligados a: 1.- Cumplir con los objetivos de su mandato al MORDAZA de las normas por las cuales fueron elegidos. 2.- Coordinar con las otras instancias del sistema y de la sociedad civil que representan y presentar al CCLD, las opiniones y propuestas concertadas con las otras instancias del sistema de participacion independientemente de su opinion personal sobre el particular. 3.- Presentar colectivamente informes publicos por escrito luego de cada periodo de sesiones contempladas en el articulo 103º de la Ley Organica de Municipalidades, sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido, ante las otras instancias del sistema de participacion ciudadana. DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL COMO CCLD. Articulo 13º.- Los representantes de la sociedad civil ante el CCLD tienen lo siguientes derechos y responsabilidades: 1.- A planificar una vision de futuro en el MORDAZA del trabajo orientado ante la Sociedad Civil a fin de superar la casualidad, desorden y la improvisacion en los requerimientos sociales y que nos permita prever el logro de objetivos y resultados verificables. 2.- Convocar a los delegados de las otras instancias del sistema de participacion de manera conjunta con los otros consejeros a las reuniones de coordinacion e informacion que crean conveniente para una mejor articulacion de las mismas. 3.- Ser informados por los demas consejeros de la sociedad civil ante el CCLD sobre la propuesta que presentaran a las sesiones del CCLD.

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