Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2005 (23/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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4.- Presentar su renuncia ante el CCLD a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibida. 5.- Promover el intercambio de experiencias y el apoyo mutuo entre los CCLD de la Region al servicio del desarrollo de capacidades. PERDIDA DE LA CONDICION DE CONSEJERO DE LA SOCIEDAD CIVIL. Articulo 14º.- El cargo de consejero de la sociedad civil del CCLD se pierde por vacancia. CAUSALES DE VACANCIA DEL CARGO DE CONSEJERO DE LA SOCIEDAD CIVIL. Articulo 15º.- El cargo de consejero de la sociedad civil ante el CCLD vaca por las siguientes causales: 1.- Por renuncia. 2.- Por incapacidad fisica o mental permanente, debidamente acreditada con arreglo a ley. 3.- Por fallecimiento. 4.- Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. 5.- Por dejar de residir de manera injustificada por mas de 60 dias continuos en el distrito. 6.- Por sobrevenir con posterioridad a la eleccion cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser MORDAZA o regidor en la Ley Organica de Municipalidades. 7.- Por ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas o seis no consecutivas durante un ano. PROCEDIMIENTO DE VACANCIA. Articulo 16º.- En el caso previsto en el literal a) del articulo precedente, el consejero presenta su renuncia expresa presentada ante el Presidente del CCLD a efecto de dar cuenta en la proxima sesion ordinaria o extraordinaria del CCLD, con conocimiento de la organizacion o institucion a la que representa, la cual esta obligada, MORDAZA de la sesion convocada, a presentar al consejero accesitario reconocido mediante Resolucion de Alcaldia. En los casos previstos en los literales b) y c) del articulo precedente, la organizacion o institucion a la que representa el consejero informa de la causal producida ante presidente del CCLD y presenta al consejero accesitario. En la sesion convocada, el CCLD toma cuenta de la comunicacion remitida por la organizacion o institucion, declara la vacancia del cargo e integra como miembro del pleno al consejero accesitario. En el resto de los casos del articulo precedente, la vacancia se atiende en Sesion Extraordinaria del CCLD, convocada para tal fin, previo descargo escrito formulado por el afectado con la causal y se aprueba con el MORDAZA favorable de la suma de los dos tercios del numero legal del CCLD. El acuerdo adoptado no es impugnable. CAPITULO IV FUNCIONES, NORMAS, RELACIONES Y FISCALIZACION DEL CCLD FUNCIONES. Articulo 17º.- Son funciones correspondientes al CCLD, las establecidas en el articulo 104º de la L.O.M. MORDAZA ADMINISTRATIVA DE FUNCIONAMIENTO. Articulo 18º.- Para cumplir sus funciones el CCLD organiza sus actividades en torno a planes anuales de accion, armonizados con los cronogramas de nivel distrital, provincial, regional y nacional oficiales sobre la planificacion y el presupuesto, incluyendo: 1.- Objetivos. 2.- Periodo de sesiones necesarias. 3.- Metodologia de planificacion y de presupuesto participativo. 4.- Mecanismos de coordinacion y consulta a la ciudadania.

5.- Concurso y feria de proyectos. 6.- Monitoreo, evaluacion y control. 7.- Rendicion de cuentas. MORDAZA ADMINISTRATIVA PARA EL PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y EL PLAN DE DESARROLLO DE CAPACIDADES. Articulo 19º.- Mediante el Plan de Desarrollo Institucional, propuesto por la Alcaldia, recogido de las sugerencias del CCLD y aprobado por el Concejo Municipal, se fortalecera las unidades administrativas encargadas de la planificacion y el presupuesto participativo. El Plan de Desarrollo de Capacidades concertado en el CCLD, establecera las prioridades de capacitacion y asistencia tecnica orientada a optimizar y hacer mas eficiente la gestion de desarrollo a cargo de las autoridades, funcionarios, servidores y los Consejeros representantes de la Sociedad Civil. RELACIONES DEL CCLD CON EL CONCEJO MUNICIPAL. Articulo 20º.-En el cumplimiento de sus funciones el CCLD tendra relaciones fluidas de coordinacion con el MORDAZA del distrito, quien preside este Consejo, aceptando la funcion del MORDAZA MORDAZA si este le ha delegado tal funcion. Para asegurar que sus acuerdos y propuestas de consenso MORDAZA adecuadamente canalizadas, acuerdos y propuestas del CCLD seran tratados preferentemente en agenda de las sesiones del Concejo Municipal. RELACION DEL CCLD CON LAS JUNTAS VECINALES Articulo 21º.- Los Consejeros del CCLD coordinan con las Juntas Vecinales de acuerdo a lo establecido en el articulo 106º de la Ley Organica de Municipalidades, estableciendo mecanismos de consulta, concertacion, evaluacion, formulacion de propuestas de lineamientos y politicas desarrollo y promocion social de manera integral, control y rendicion de cuentas y el ejercicio MORDAZA de la vigilancia desde las comunas. FISCALIZACION DEL CCLD Articulo 22º.- El CCLD sera fiscalizado por la ciudadania y sus organizaciones en sus diferentes niveles mediante la aplicacion de los acuerdos de la Ley Nº 26300, Ley de Participacion Ciudadana. CAPITULO V ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL CCLD PLENO DEL CCLD. Articulo 23º.- El Pleno del CCLD esta integrado por: 1.- El MORDAZA del distrito de Ventanilla. 2.- Los Regidores. 3.- El MORDAZA del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA Mi Peru. 4.- Los representantes de la Sociedad Civil, debidamente elegidos como Consejeros. COMISION PERMANENTE Articulo 24º.- Para el adecuado desarrollo de sus funciones y atribuciones, el CCLD aprueba la conformacion de una Comision Permanente, la misma que estara integrada por cuatro (4) integrantes del Concejo Municipal, el MORDAZA del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA Mi Peru, dos (2) representantes de la Sociedad Civil y un (1) el funcionario de la Oficina de Planeamiento de Presupuesto. COMISION TECNICA. Articulo 25º.- El CCLD contara con un equipo tecnico propuesto por el MORDAZA, conformado por los funcionarios municipales responsables y personal tecnico de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y las Geren-

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