Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005 cias comprometidas en el desarrollo social, económico y urbano de la Municipalidad, así como por los represen-tantes, asesores y técnicos designados por el CCLD. CAPÍTULO VI INSTALACIÓN, CONSTITUCIÓN Y SESIONES DEL CCLD INSTALACIÓN DEL CCLD. Artículo 26º .-Para la instalación del CCLD se requie- re de la asistencia de la mitad más uno de sus miem- bros. La asistencia del Alcalde es obligatoria e indelega- ble. ACUERDOS DEL CCLD.- Artículo 27º .- Los acuerdos se toman por mayoría simple de los miembros presentes, debidamente apro- bados y registrados en el libro de actas respectivo, fa-cultando éste a proceder con la ejecución inmediata de la realización de lo aprobado. AUSENCIA DE ACUERDOS. Artículo 28º .- La ausencia de acuerdos por consen- so no impide al Concejo Municipal decidir lo pertinente, por lo que es necesario que para cada sesión ordinaria debe planificarse y sustentarse los acuerdos en formatécnica, visionando acciones sostenibles en el desarro- llo social. SESIONES DEL CCLD. Artículo 29º .-El CCLD celebra dos tipos de sesio- nes: 1.- Ordinaria. 2.- Extraordinaria. SESIONES ORDINARIAS DEL CCLD.Artículo 30º .- Las sesiones ordinarias del CCLD se celebran dos (2) veces al año, el primer semestre espara planificar, coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertando con todos los miembros de este Concejo y el segundo semestre locorrespondiente al Presupuesto Participativo. SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CCLD.Artículo 31º .- Las sesiones extraordinarias pueden ser convocadas por el Presidente del CCLD, las 2/3 par-tes de sus miembros o por la Comisión Permanente. DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INSTANCIAS Y VECINOS EN LAS SESIONES DEL CCLD Artículo 32º .- Las sesiones del CCLD son públicas, los vecinos y los representantes de las instancias de participación pueden asistir a las sesiones con derecho a voz pero no a voto, para expresar sus opiniones sobreel asunto sometido a debate. CONVOCATORIA DE LAS SESIONES DEL CCLDArtículo 33º .- Por encargo del Alcalde corresponde a la Secretaria General del Concejo realizar la notifica-ción de convocatoria a las sesiones del CCLD a sus miembros titulares, la citación deberá indicar el día y la hora en que se llevará a cabo la sesión ordinaria o ex-traordinaria convocada, así como el lugar del distrito donde se desarrollará la misma. En el caso de sesiones extraordinarias se deberá acompañar a la notificación laagenda a tratarse. PLAZO DE CONVOCATORIA A LAS SESIONES DEL CCLD. Artículo 34º .-La notificación para las convocatorias de sesión ordinaria o extraordinaria se harán con una anticipación no menor a dos (2) días hábiles, a la fecha programada para cada una de ellas.NORMA SUPLETORIA. Artículo 35º .- El desarrollo de las sesiones se regirá por las disposiciones contenidas en el Reglamento del Concejo Municipal, en lo que no se oponga al presentereglamento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 1º.- El Concejo Municipal asignará una par- tida presupuestal para el desarrollo capacidades y asis-tencia técnica de los miembros representantes de la sociedad civil, dentro del marco del artículo 104º de Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 2º.- La municipalidad asignará los recursos necesarios para el cumplimiento de las funciones de los miembros representantes de la sociedad civil, de acuer-do al presupuesto asignado, para tal fin. 05925 MUNICIPALIDAD CP JOSÉ OLAYA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G72/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G75/G65/G73/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F (Se publica la presente resolución a solicitud de la Muni- cipalidad del Centro Poblado José Olaya, mediante Ofi- cio Nº 009-2005/MCP.JO/C-U, recibido el 21 de marzo de 2005) RESOLUCIÓN MUNICIPAL DE ALCALDÍA Nº 006-2004-M/CP/JO José Olaya, 27 de mayo del 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,concordante con la Constitución Política del Estado,Art. 191º, las Municipalidades son personas jurídicas dederecho público con autonomía política, económica yadministrativa dentro de su competencia y jurisdicción; Que, es política interna de esta Municipalidad apoyar con la infraestructura a las instituciones que no tienen,esto siempre en función a las posibilidades económicasde las Municipalidades y fundamentándose en el PUES-TO DE SALUD de esta localidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Donar un área de terreno a favor del Puesto de Salud de este Centro Poblado de JoséOlaya, distrito de Cajaruro, provincia de Utcubamba. Artículo Segundo.- Los linderos, área, perímetro y valor del predio es el siguiente: Linderos.- Por el Frente con la Av. Aurelio Dávila, con 27.50 Mtsl; Por el Lado Derecho, entrando con pro-piedad del señor Lucidoro Guevara Mego, con 15.40Mtsl; Por el Lado Izquierdo, entrando con propiedad del señor Rosendo Vásquez Cubas, con 17.10 Mtsl. y Por el Fondo, con propiedad del Colegio "José Olaya Balan-dra", con 26.30 Mtsl. Área.- El área superficial es de 436.532 m2. Perímetro.- Es de 86.30 Mtsl. Valor.- El valor del predio es de S/. 4,273.80 (Cuatro Mil Doscientos Setenta y Tres y 80/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- El inmueble a partir de la fecha pasa a dominio absoluto del Ministerio de Salud (PUES-TO DE SALUD JOSÉ OLAYA) y en consecuencia esresponsabilidad de los representantes para su protec- ción y saneamiento de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. REGINO ESPINOZA FERNÁNDEZ Alcalde 05940