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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005  Cuadro de áreas, cuadro de aportes con indicación de porcentajes y cuadro de datos técnicos. c) Plano de perfiles longitudinales y rasantes de las vías a escala 1/1000 y H 1/10,000 y V 1/50 El contenido de los planos a que se refieren los litera- les b) y c) es el mismo de los planos del proyecto de-biendo las acotaciones tomarse de la obra, reflejando larealidad de cada una. d) Certificados de calidad del asfalto o concreto utili- zado en calzadas, aceras y sardineles, proporcionado por el profesional responsable y/o la empresa ejecutora. e) Certificados de las pruebas de compactación de las bases, rasantes y subrasantes en calzadas y ace-ras, otorgado por laboratorio acreditado. f) Documento que acredite la recepción de las obras de agua potable y alcantarillado expedido por SEDAPAL. g) Documento que acredite la recepción de las obras eléctricas, expedido por Luz del Sur. h) Documento que acredite la recepción de las obras de servicios de telecomunicaciones. i) Documento que acredite la recepción de la canali- zación de las acequias de regadío expedido por el Minis- terio de agricultura, (de ser el caso). j) Copia de la Constancia de pago a los órganos re- ceptores correspondientes de la redención en dinero deldéficit de aportes reglamentarios. k) Declaración Jurada de Responsabilidad del pro- pietario y de los profesionales responsables de las obras de pavimentación, agua potable, alcantarillado y energíaeléctrica. La Comisión Técnica Distrital de Habilitaciones Urba- nas de haberse modificado los planos originalmente apro- bados de lotización, trazo vial, pavimentación u orna- mentación, podrá, a su criterio, requerir planos, otrosdocumentos y/o la realización de nuevas pruebas encaso de considerar insuficientes los proporcionados paragarantizar la calidad de las obras públicas ejecutadas. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Artículo 8º.- Del Procedimiento Administrativo.- La tramitación administrativa para la aprobación de losprocesos que se siguen al amparo de la presente Orde- nanza, será como sigue: 8.1. Procedimiento Comúna) La Oficina de Trámite Documentario.- verificará la conformidad del formulario de solicitud y documentos técnicos requeridos como requisitos en el artículo 7º de la presente ordenanza, según el trámite que correspon-da. En caso de verificarse incumplimiento de uno o másrequisitos deberá consignar dicha observación en elexpediente y cargo del mismo otorgando un plazo de 48horas contados a partir del día que se ingresa para la subsanación correspondiente, sólo en el caso de cum- plir el administrado con subsanar en dicho plazo las ob-servaciones señaladas, el expediente se ingresa a trá-mite remitiéndose a la Subgerencia de Licencias y Habi-litaciones Urbanas. En caso de incumplimiento por partedel administrado, el expediente se da por no recibido y se procede a la devolución de los documentos. b) La Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Ur- banas, previa inspección ocular de ser el caso emitirá elinforme técnico correspondiente, a través del Área deHabilitaciones Urbanas, dentro de los 8 días de recibidoel expediente, el que de ser procedente será remitido a la Comisión Técnica Distrital de Habilitaciones Urbanas para su dictamen o de ser el caso expedirá la Resolu-ción que concluya el procedimiento, en su defecto seprocederá a comunicar al administrado las observacio-nes, errores o insuficiencias del expediente si las hubie-ra, otorgándole un plazo de 15 días para la presentación de la documentación subsanada. c) La documentación requerida deberá ser presenta- da en la Mesa de Partes Periférica Nº 2 y seguirá elmismo procedimiento que la solicitud original reinicián-dose el plazo de tramitación. d) Al vencimiento del plazo otorgado, de cumplir o no el administrado con la subsanación de las observacio- nes, la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urba-nas a través del Área de Habilitaciones Urbanas proce-derá a la expedición del Informe Técnico correspondien-te, para su remisión a la Comisión Técnica Distrital de Habilitaciones Urbanas o de ser el caso, la expediciónde la Resolución que concluya el procedimiento. e) Los procedimientos a que se refiere la presente Ordenanza concluyen con Resolución Subgerencial de la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanasdeclarando fundado o infundado el petitorio. f) En caso de impugnaciones, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 208º, y 209ºde la Ley Nº 27444, respectivamente: 1. Recurso de Reconsideración: lo resuelve la Sub- gerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas. 2. Recurso de apelación: lo resuelve la Gerencia de Inversión Privada dando por agotada la vía administrati-va. g) A través de la Página Web de la Municipalidad: www.munisurco.gob.pe el administrado o profesional res- ponsable debidamente acreditado, podrá tomar conoci-miento sobre el avance y estado del procedimiento ma-teria de solicitud (informes, dictámenes, etc.) y podrán recabar en cualquier momento, a través del Módulo de Orientación y Verificación de la Municipalidad, copia decualquier documento referente al procedimiento publica-do en la mencionada Página Web. 8.2. Habilitación Urbana Nueva, Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana Aprobada, Subdi- visión de lotes sin cambio de uso con obras com-plementarias, Regularización de Habilitación Urba-na Ejecutada Sin Obras o Con Obras y Visación dePlanos para la Instalación de Servicios Básicos. a) Los procedimientos a que se refiere el artículo 1º, numerales 1.1, 1.2, 1.3.2, 1.5, 1.6 y 1.9 con el InformeTécnico del Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub-gerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas, seránsometidos a consideración de la Comisión Técnica Dis-trital de Habilitaciones Urbanas, para el dictamen co- rrespondiente. b) De ser favorable el dictamen, el administrado den- tro de los 8 días siguientes de notificado, deberá abonarlos derechos correspondientes, en virtud al cual la Sub-gerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas emitirála Resolución correspondiente en un plazo máximo de 8 días hábiles posteriores al abono de los derechos. c) La Resolución de la Subgerencia de Licencias y habilitaciones Urbanas aprobando el procedimiento, cons-tituye mérito suficiente para la inscripción de éste en elRegistro de Predios de la IX Zona Registral - Sede Lima,para el caso de: habilitación urbana nueva, modificación de proyectos, subdivisión de lotes con obras comple- mentarias, de la regularización de habilitación urbanaejecutada sin obras o del proyecto de ésta cuando setrata de una regularización con obras. Constituye obli-gación del titular del procedimiento efectuar la inscrip-ción correspondiente. d) De ser desfavorable el dictamen de la Comisión Técnica Distrital de Habilitaciones Urbanas, se procedeconforme lo establecido en el numeral 13.2. 8.3. Subdivisión de lotes sin cambio de uso sin obras, Habilitación Urbana complementaria (Lote Único) e Independización de Terrenos Rústicos. a) En los casos establecidos en los numerales 1.3.1 y 1.4 del artículo 1º del presente dispositivo legal, elórgano competente para la aprobación del procedimien-to es la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urba- nas, quien previo informe técnico del área de Habilitacio- nes Urbanas emitirá la Resolución que concluya el pro-cedimiento, la que deberá ser firmada dentro de los 8días siguientes a la emisión del informe. b) En el caso de Habilitación Urbana complementaria (lote Único), numeral 1.7 del artículo 1º de la Ordenanza, la Resolución aprobatoria que emita la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas autorizará la ejecu-ción de las obras complementarias correspondientes ala sección vial a la que da frente la parcela matriz, seemitirá en base al informe técnico del área de Habilitacio-nes Urbanas previa verificación de su conformidad se- gún el planeamiento integral correspondiente y que el área destinada como aporte para Recreación Públicaeste ubicada en el frente del lote (entre la vereda y ellímite del área útil del lote resultante) cualquiera sea el