Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005 las Competencias y Funciones Específicas Generales, artículo 73º, literal d) como una de las competencias delos Gobiernos locales en general, la de emitir las normastécnicas generales, en materia de organización del es- pacio físico y usos del suelo así sobre protección y conservación del medio ambiente; Que, en cumplimiento de la autonomía con la que gozan los Gobiernos Locales se establece en el TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, Capítulo II del Título V, De las Competencias y Funciones Específicas, artículo 79º, numeral 3.6, deter- minando dentro de la funciones ESPECÍFICAS y EX-CLUSIVAS de las Municipalidades distritales, la de nor-mar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licen-cias, y realizar la fiscalización de, entre otros aspectossobre las habilitaciones urbanas, quedando de ésta manera plenamente facultada para emitir normas de cumplimiento obligatorio dentro de su jurisdicción; Contando con opinión favorable según Dictamen Con- junto Nº 004-2005-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones deDesarrollo Local y de Asuntos Jurídicos respectivamen-te; de conformidad con lo previsto en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación delActa, por Unanimidad adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE HABILITACIÓN URBANA Y TRÁMITES CONEXOS CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objeto de la Ordenanza.- Regular la Integración y Unificación de los Procedimientos Urba- nísticos en base a los principios del procedimiento admi-nistrativo de legalidad, razonabilidad, imparcialidad e in-formalismo, respecto de los siguientes procedimientos: 1.1 Habilitación Urbana Nueva. 1.2 Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana aprobada. 1.3 Subdivisión de Lotes Sin Cambio de Uso en los siguientes casos: 1.3.1 Sin Obras. 1.3.2 Con Obras Complementarias. 1.4 Independización de Terreno Rústico. 1.5 Regularización de Habilitación Urbana Ejecuta- da, sin Obras o con Obras. 1.6 Visación de Planos para la Instalación de Servi- cios. Básicos. 1.7 Habilitación Urbana Complementaria (Lote Úni- co). 1.8 Recepción de Obras.1.9 Consultas Técnicas. Procedimientos que se tramitarán en estricta suje- ción al Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco 2004-2010; propiciando adecuadas condiciones urbanísticasy la promoción de la inversión privada y pública dentrode la jurisdicción del distrito. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación.- Comprende los predios existentes en la jurisdicción de Santiago deSurco, cuyos propietarios deban efectuar los procedi-mientos señalados en el artículo precedente. Artículo 3º.- Definiciones.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se entenderá por: 1. Plan Urbano Distrital: El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco 2004-2010, que es el principal instru-mento técnico normativo urbanístico que rige y orienta el desarrollo urbano del distrito. 2. Predio Urbano: predio que se encuentra dentro del ámbito urbano y cuenta con habilitación urbana apro-bada. 3. Predio Rústico: Predio que no ha sido objeto del proceso de habilitación urbana. 4. Predio Eriazo: Predio improductivo por falta o ex- ceso de agua. 5. Habilitación Urbana: El proceso que implica el cambio de uso del predio rústico o eriazo a urbano, do-tándolo de los servicios básicos indispensables, áreas de equipamiento para recreación pública y serviciospúblicos complementarios, en concordancia con el PlanUrbano Distrital y normas reglamentarias vigentes. 6. Habilitación Urbana Ejecutada: La habilitación urbana ejecutada total o parcialmente, careciendo de laresolución o acto administrativo de la Municipalidad deSantiago de Surco que la apruebe. 7. Habilitación Urbana Complementaria: El pro- ceso que se lleva a cabo con el fin de proveer las obras de habilitación urbana y/o aportes faltantes en las habili- taciones semirústicas ejecutadas al amparo del Regla-mento de Urbanizaciones y Subdivisión de Tierras apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 01 de fecha 20 deenero de 1955, o semi urbanas ejecutadas al amparo delReglamento de Urbanizaciones y Subdivisión de Tierras aprobado con Decreto Supremo Nº 82-F del 16 de octu- bre de 1964. 8. Aporte Reglamentario: Son las áreas de terreno habilitado que entrega gratuita y obligatoriamente la per-sona natural o jurídica que lleva a cabo el proceso deHabilitación Urbana, con el fin de cubrir las necesidades de equipamiento urbano de la ciudad, recreación públi- ca, parques zonales, servicios públicos complementa-rios (Educación y Otros Fines) y para fines de renova-ción urbana. 9. Subdivisión Sin Cambio de Uso: Proceso de partición de terrenos habilitados como urbanos (lotes) en fracciones que serán destinadas al mismo uso que el terreno matriz. Puede ser “Sin Obras” o “Con ObrasComplementarias”. 10. Independización: Partición en parcelas de un terreno rústico o isla rústica ubicado en zona de expan-sión urbana. 11. R.F.S.: Régimen de Fiscalización y Sanción de la Municipalidad de Santiago de Surco aprobada con Or-denanza Nº 212-MSS que norma el procedimiento deimposición de medidas preliminares, multas, y medidascomplementarias conforme el Cuadro de Infracciones ySanciones aprobado mediante Ordenanza Nº 174-MSS. 12. R.N.C.: Reglamento Nacional de Construccio- nes, una de las principales normas urbanísticas. 13. C.T.D.H.U.: Comisión Técnica Distrital de Habili- taciones Urbanas, la cual emitirá dictamen favorable odesfavorable en los procedimientos detallados en el ar-tículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Determinación de Plazos.- Cuando la presente Ordenanza establece plazos en días, debe en-tenderse como días hábiles. Artículo 5º.- Propietarios obligados.- Las perso- nas naturales o jurídicas, privadas o públicas, que pro- yecten la modificación o hayan modificado la condiciónlegal de los predios de su propiedad bajo cualquiera delos procedimientos establecidos en el artículo 1º, que-dan obligados al cumplimiento de la presente norma. Artículo 6º.- Órganos Competentes.- Son órga- nos competentes para conocer los procedimientos nor-mados con la presente Ordenanza: 1. La Unidad de Trámite Documentario, a través de la Mesa de Partes Periférica Nº 2. 2. La Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Ur- banas. 3. La Comisión Técnica Distrital de Habilitaciones Ur- banas. 4. La Gerencia de Inversión Privada. CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS Artículo 7º.- Requisitos Generales.- Las solicitu- des y expedientes técnicos que presenten los adminis-trados, deberán cumplir con los requisitos siguientes: 7.1. Requisitos generales comunes a todos los procedimientos previstos en el artículo 1º de la pre-sente ordenanza: a) Formulario-Solicitud, debidamente llenado. b) Título de propiedad o copia literal de dominio expe- dida por el Registro de Predios de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos (SUNARP) ZonaRegistral Nº IX - Sede Lima, con una antigüedad no ma-