Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2005 (23/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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las Competencias y Funciones Especificas Generales, articulo 73º, literal d) como una de las competencias de los Gobiernos locales en general, la de emitir las normas tecnicas generales, en materia de organizacion del espacio fisico y usos del suelo asi sobre proteccion y conservacion del medio ambiente; Que, en cumplimiento de la autonomia con la que gozan los Gobiernos Locales se establece en el Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Capitulo II del Titulo V, De las Competencias y Funciones Especificas, articulo 79º, numeral 3.6, determinando dentro de la funciones ESPECIFICAS y EXCLUSIVAS de las Municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de, entre otros aspectos sobre las habilitaciones urbanas, quedando de esta manera plenamente facultada para emitir normas de cumplimiento obligatorio dentro de su jurisdiccion; Contando con opinion favorable segun Dictamen Conjunto Nº 004-2005-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Juridicos respectivamente; de conformidad con lo previsto en los articulos 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad adopto la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE HABILITACION MORDAZA Y TRAMITES CONEXOS CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Objeto de la Ordenanza.- Regular la Integracion y Unificacion de los Procedimientos Urbanisticos en base a los principios del procedimiento administrativo de legalidad, razonabilidad, imparcialidad e informalismo, respecto de los siguientes procedimientos: 1.1 Habilitacion MORDAZA Nueva. 1.2 Modificacion de Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobada. 1.3 Subdivision de Lotes Sin Cambio de Uso en los siguientes casos: 1.3.1 Sin Obras. 1.3.2 Con Obras Complementarias. 1.4 Independizacion de Terreno Rustico. 1.5 Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, sin Obras o con Obras. 1.6 Visacion de Planos para la Instalacion de Servicios. Basicos. 1.7 Habilitacion MORDAZA Complementaria (Lote Unico). 1.8 Recepcion de Obras. 1.9 Consultas Tecnicas. Procedimientos que se tramitaran en estricta sujecion al Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 20042010; propiciando adecuadas condiciones urbanisticas y la promocion de la inversion privada y publica dentro de la jurisdiccion del distrito. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion.- Comprende los predios existentes en la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, cuyos propietarios deban efectuar los procedimientos senalados en el articulo precedente. Articulo 3º.- Definiciones.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se entendera por: 1. Plan MORDAZA Distrital: El Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 2004-2010, que es el principal instrumento tecnico normativo urbanistico que rige y orienta el desarrollo MORDAZA del distrito. 2. Predio Urbano: predio que se encuentra dentro del ambito MORDAZA y cuenta con habilitacion MORDAZA aprobada. 3. Predio Rustico: Predio que no ha sido objeto del MORDAZA de habilitacion urbana. 4. Predio Eriazo: Predio improductivo por falta o exceso de agua. 5. Habilitacion Urbana: El MORDAZA que implica el cambio de uso del predio MORDAZA o eriazo a MORDAZA, do-

tandolo de los servicios basicos indispensables, areas de equipamiento para recreacion publica y servicios publicos complementarios, en concordancia con el Plan MORDAZA Distrital y normas reglamentarias vigentes. 6. Habilitacion MORDAZA Ejecutada: La habilitacion MORDAZA ejecutada total o parcialmente, careciendo de la resolucion o acto administrativo de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA que la apruebe. 7. Habilitacion MORDAZA Complementaria: El MORDAZA que se lleva a cabo con el fin de proveer las obras de habilitacion MORDAZA y/o aportes faltantes en las habilitaciones semirusticas ejecutadas al MORDAZA del Reglamento de Urbanizaciones y Subdivision de Tierras aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01 de fecha 20 de enero de 1955, o semi urbanas ejecutadas al MORDAZA del Reglamento de Urbanizaciones y Subdivision de Tierras aprobado con Decreto Supremo Nº 82-F del 16 de octubre de 1964. 8. Aporte Reglamentario: Son las areas de terreno habilitado que entrega gratuita y obligatoriamente la persona natural o juridica que lleva a cabo el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA, con el fin de cubrir las necesidades de equipamiento MORDAZA de la MORDAZA, recreacion publica, parques zonales, servicios publicos complementarios (Educacion y Otros Fines) y para fines de renovacion urbana. 9. Subdivision Sin Cambio de Uso: MORDAZA de particion de terrenos habilitados como urbanos (lotes) en fracciones que seran destinadas al mismo uso que el terreno matriz. Puede ser "Sin Obras" o "Con Obras Complementarias". 10. Independizacion: Particion en parcelas de un terreno MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ubicado en MORDAZA de expansion urbana. 11. R.F.S.: Regimen de Fiscalizacion y Sancion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA aprobada con Ordenanza Nº 212-MSS que MORDAZA el procedimiento de imposicion de medidas preliminares, multas, y medidas complementarias conforme el Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado mediante Ordenanza Nº 174-MSS. 12. R.N.C.: Reglamento Nacional de Construcciones, una de las principales normas urbanisticas. 13. C.T.D.H.U.: Comision Tecnica Distrital de Habilitaciones Urbanas, la cual emitira dictamen favorable o desfavorable en los procedimientos detallados en el articulo 1º de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Determinacion de Plazos.- Cuando la presente Ordenanza establece plazos en dias, debe entenderse como dias habiles. Articulo 5º.- Propietarios obligados.- Las personas naturales o juridicas, privadas o publicas, que proyecten la modificacion o hayan modificado la condicion legal de los predios de su propiedad bajo cualquiera de los procedimientos establecidos en el articulo 1º, quedan obligados al cumplimiento de la presente norma. Articulo 6º.- Organos Competentes.- Son organos competentes para conocer los procedimientos normados con la presente Ordenanza: 1. La Unidad de Tramite Documentario, a traves de la Mesa de Partes Periferica Nº 2. 2. La Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas. 3. La Comision Tecnica Distrital de Habilitaciones Urbanas. 4. La Gerencia de Inversion Privada. CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Articulo 7º.- Requisitos Generales.- Las solicitudes y expedientes tecnicos que presenten los administrados, deberan cumplir con los requisitos siguientes: 7.1. Requisitos generales comunes a todos los procedimientos previstos en el articulo 1º de la presente ordenanza: a) Formulario-Solicitud, debidamente llenado. b) Titulo de propiedad o MORDAZA literal de dominio expedida por el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, con una antiguedad no ma-

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