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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2005 (30/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 289765 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de marzo de 2005 Que, para resolver las quejas interpuestas, el Tribunal Fiscal mediante Proveído Nº 0738-5-2004 de fecha 18 dejunio de 2004, remitido al Servicio de Administración Tribu-taria - SAT- de la Municipalidad Metropolitana de Lima re- quirió a dicha entidad que, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, remita un informe sobre los hechos mate-ria de queja así como el estado del procedimiento de co-branza coactiva iniciado contra la quejosa y solicitó se leremita copia certificada de los valores que daban origen alprocedimiento de ejecución coactiva así como de las reso- luciones emitidas en dicho procedimiento y de sus cons- tancias de notificación; Que, ante el incumplimiento de la Administración, el Tribunal Fiscal mediante Proveído Nº 1035-5-2004 de fe-cha 6 de agosto de 2004, reiteró el pedido planteado porel Proveído Nº 0738-5-2004, otorgándole nuevamente un plazo de diez (10) días hábiles para cumplir lo requeri- do; Que, no obstante haber transcurrido en exceso el pla- zo otorgado sin que el Servicio de Administración Tributaria- SAT- de la Municipalidad Metropolitana de Lima hayacumplido con lo requerido por el Tribunal Fiscal, mediante Resolución Nº 06843-5-5-2004 de fecha 10 de septiembre de 2004, se le requirió por tercera y última vez a fin queremitiera lo solicitado con los Proveídos Nºs. 0738-5-2004y 1035-5-2004, otorgándosele un plazo de diez (10) díashábiles, bajo apercibimiento de formular la denuncia penalcorrespondiente, asimismo, mediante dicha resolución se resolvió acumular los Expedientes Nºs. 5449-04 y 5450- 04, por tratarse de la misma materia de grado y estar refe-ridos a la misma quejosa; Que, a la fecha, el Servicio de Administración Tributaria - SAT- de la Municipalidad Metropolitana de Lima no hacumplido con lo requerido por el Tribunal Fiscal, por lo que, correspondió declarar fundada la queja interpuesta me- diante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 08163-5-2004, dis-poniéndose asimismo que se oficie al Procurador Públicodel Ministerio de Economía y Finanzas a fin que proceda alejercicio de las acciones legales pertinentes; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de laAdministración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima a dar cumplimiento al mandato delTribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razona- bles de la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad yOmisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales,previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Códi-go Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y nor-mas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu-ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispues-to que si bien carece de competencia para aplicar sancio-nes a los funcionarios de la Administración Tributaria queincumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en res- ponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Po- der Judicial a través del proceso penal correspondiente,el que se inicia con la denuncia que interpone el Procura-dor Público del Sector, sin perjuicio de la responsabilidadcivil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en repre-sentación y defensa de los intereses del Estado, interpon-ga las acciones legales pertinentes contra quienes resul-ten responsables de la comisión de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Esta-do en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici-palidad Metropolitana de Lima de la comisión de losdelitos contra la Administración Pública - Desobedienciay Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamientoo Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expues- to en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento yfines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 06307 Aprueban ˝ndices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de febrero de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 156-2005-EF/15 Lima, 29 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modificada por la Ley Nº 28323, se establece laRegalía Minera, su constitución, determinación, adminis-tración, distribución y utilización; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, establece que la Regalía Minera es la contrapres- tación económica que los titulares de las concesiones mi-neras pagan al Estado por la explotación de los recursosminerales metálicos y no metálicos; Que, los Artículos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, los Artículos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157- 2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, sus normas modificatorias y complementarias, y los Artículos 1º y 2º de laResolución Ministerial Nº 063-2005-EF/15, establecen la base dereferencia y la determinación de la Regalía Minera; Que, en base a la información proporcionada por el Ins- tituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, mediante el Oficio Nº 006-2005-INEI/DTDIS, la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria - SUNAT, según el OficioNº 129-2005-SUNAT/200000 y la Asamblea Nacional deRectores - ANR, mediante el Oficio Nº 577-2005-SE-DGPU/DEEI; el Ministerio de Economía y Finanzas procedió a efec-tuar los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de distribución de la Regalía Minera; Que, el numeral 8.2 del Artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Eco-nomía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursosrecaudados por concepto de Regalía Minera en el plazomáximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del Artículo 16º del Decreto Su- premo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de RegalíaMinera, establece que por Resolución Ministerial se apro-barán los Índices de Distribución de la Regalía Minera; Que, es conveniente aprobar los Índices de Distribu- ción de la Regalía Minera pagado en el mes de febrero de 2005 así como los montos a que se refiere el numeral 16.6del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF -Reglamento de la Ley de Regalía Minera; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense los Índices de Distribución de la Regalía Minera, correspondientes al mes de febrero de2005, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regio-nales y Universidades Nacionales del país beneficiadoscon la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de febrero de 2005 consideran la infor-mación remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informá-tica - INEI, la Superintendencia Nacional de Administración Tribu-taria - SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según los porcentajes y criterios de participación y distribución estableci- dos en el Artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera,y el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Regla-mento de la Ley de Regalía Minera. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas