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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2005 (30/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 289778 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de marzo de 2005 Artículo Segundo.- Publicar las Bandas de Precios actualizada para los productos: GLP, Gasolinas 97, 95, 90y 84, Kerosene, Diesel 2, Petróleo Industrial Nº 6 y Petró-leo Industrial 500. PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GLP Soles por Kg. 2.03 1.88 GASOLINA 97 5.85 5.41 GASOLINA 95 5.80 5.37 GASOLINA 90 5.57 5.15 GASOLINA 84 5.40 5.00 KEROSENE 5.81 5.37 DIESEL 2 5.91 5.47 Petróleo Industrial Nº 6 3.24 3.00 Petróleo Industrial 500 2.99 2.77 Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 06317 INTERIOR Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsa-bles de ilícitos penales cometidos en lainscripción y autorización de arma de fuego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0523-2005-IN/1701 Lima, 9 de marzo de 2005 VISTO; "el Oficio Nº 337-2005-IN-1703-1 de 10E- NE2005, formulado por la Dirección de Control de Servi- cio de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosi- vos de Uso Civil - DICSCAMEC, solicitando se autorice ala Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judicialesdel Ministerio del Interior para interponer acciones judi-ciales correspondiente contra los que resulten respon-sables, por el presunto ilícito cometido en la inscripción y autorización de arma de fuego, así como el Oficio Nº 422-2004-I-1201-DES del 22DIC2004, de la Procura-duría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Minis-terio del Interior"; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 25054 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 007-98-IN, establecen normas que regulan las ac-tividades relacionadas con la Fabricación, Comercio, Pose-sión y Uso por Particulares de Armas y Municiones que noson de Guerra; Que, del contenido de actuados se aprecia que el revól- ver SW calibre 357 serie Nº AWB 5337 fue inscrito y autoriza- do la posesión y uso el año 1989 a favor de Marcos FUKUDATAKUMA, adquirido por transferencia de Gerardo DOY TERU-YA, según Autorización de venta Nº 25375 de 6NOV89, noexistiendo en los archivos de la DICSCAMEC expediente odocumentación que acredite la propiedad a favor de la se- gunda persona nombrada, por lo que se presume que la inscripción ha sido irregular, teniendo en cuenta que dichaarma de fuego es de propiedad del Estado (PNP), la mismaque fue robada el año 1987 y comunicado el hecho a laDICSCAMEC el 31DIC87, mediante Nota Informativa Nº 353,hechos que deben ser esclarecidos debidamente al eviden- ciarse la presunta comisión de ilícitos penales; Que, la intervención de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior se en-cuentra enmarcada de conformidad con lo dispuesto en elartículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordan-te con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley de Defensa y Representación en Juicio; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio del Interior, y a lo informado en elOficio Nº 21191-2004-IN-1703-3 de 16DIC2004;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a interpo- ner las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, en los posibles ilícitos cometidos enla inscripción y autorización del revólver SW calibre 357serie Nº AWB 5337 el año 1989. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución y de los actuados al Procurador Público a cargo de los asun- tos judiciales del Ministerio del Interior, más los anteceden- tes del caso, para los fines a que contrae el artículo ante-rior. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 06182 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a responsables de incumpli-miento de mandato judicial de devoluciónde vehículos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0530-2005-IN/1101 Lima, 9 de marzo del 2005 VISTO, el Oficio Nº 8723-2004-IN/1104 del 21DIC2004 de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y la Carta de7DIC04 suscrita por el Representante Legal de Servicios yTransportes R.T. SAC y de RISTO INVERSIONES S.A.C.con la que solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, formular denuncia penal contra la Alcal- desa de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, doñaGloria LIZANO HERNANDEZ DE MATSUKAWA, por incum-plimiento de mandato judicial de devolución de los vehícu-los incautados por delito de tráfico ilícito de drogas: camiónmarca INTERNACIONAL de placa de rodaje Nº YG-9374 y remolque marca REMCASA de placa de rodaje Nº ZI-4436. CONSIDERANDO: Que, los vehículos antes mencionados fueron incauta- dos por tráfico ilícito de drogas y asignados a favor de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, provincia y depar-tamento de Lima mediante R.D. Nº 36-2004-IN/1101 de28ENE04, para uso del servicio oficial; Que, mediante Resolución Judicial de fecha 25OCT04, el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao dispuso la entrega de las referidas unidades vehiculares al doctor Carlos RIVAS RUlZrepresentante de las empresas propietarias, Servicios yTransportes R. T.SAC. y de RISTO INVERSIONES S.A.C.;y, con Oficio Nº 2415-2004-IN/1202 de 16NOV04 la Procu-radora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis- terio del Interior relativos a TID emitió pronunciamiento favorable para que se diera cumplimiento al mandato judi-cial; Que, mediante R.D. Nº 329-2004-IN/1101 de 17NOV04 se dio por concluida la asignación del camión remolcadormarca INTERNACIONAL, colores blanco/azul de placa de rodaje Nº YG-9374 y remolque marca REMCASA, color verde, de placa de rodaje Nº ZI-4436, efectuada con R.D.Nº 36-2004-IN/1101 de 28ENE04, y se dispuso que laMunicipalidad de Punta Hermosa dé cumplimiento a la or-den judicial del Primer Juzgado Penal del Callao, de entre-ga de los mismos a sus propietarios; Que, mediante Oficios Nºs. 8190 y 8336-2004-IN/1104 de 29NOV04 y 3DIC04, la OFECOD requirió a la Munici-palidad Distrital de Punta Hermosa, provincia y departamentode Lima, en su calidad de entidad asignataria, el cumpli-miento del mandato judicial, no habiendo ésta cumplidocon entregar el mencionado vehículo al representante le- gal de las empresas propietarias; Que, con Oficio Nº 400-2004-MDPH-SG de 25NOV04 la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa comunicó quecon fecha 14 de setiembre de 2004, en las instalacionesdel Depósito Municipal de esta Entidad, el vehículo deplaca de rodaje Nº YG-9374 sufrió la sustracción del table- ro de control, igual que el vehículo de placa de rodaje