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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2005 (30/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 289780 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de marzo de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales corres-pondientes contra los que resulten responsables de lapresunta comisión de delitos conforme a los fundamen-tos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para suconocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 06230 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2005-JUS Lima, 28 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 636-2005-JUS/PPMJ, de fecha 25 de febrero de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 1017-2004-ZR NºXII-GR-RPI, de fecha 14 de diciembre de 2004, se da cuenta a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa, de la presentación de documento supuestamentefalsificado ante el Registro de Propiedad Inmueble, ingre-sado mediante la solicitud de inscripción del Título Nº 66042de 2004; Que, mediante Oficio Nº 172-2005/Z.R.NºXII-JEF, de fecha 16 de febrero de 2005, la Jefatura de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa remitió los respectivosantecedentes del referido Título con indicios de comi-sión de delito, para que se expida la Resolución Ministe-rial que autorice a la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia iniciar las acciones penales contra las personas que resulten res- ponsables por la presunta comisión del delito contra laFe Pública en la modalidad de Falsificación de Documen-tos, previsto y penado en el artículo 427º del CódigoPenal; Que, existen indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo que corresponde autorizar al Procurador Público, paraque en representación y defensa de los intereses delEstado interponga las acciones judiciales correspondien-tes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia yel artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo deDefensa Judicial del Estado, modificado por Decreto LeyNº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales que correspondan con- tra los que resulten responsables, conforme a los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 06231Delegan facultades al Viceministro de Justicia para suscribir contratos cuyoobjeto sea el funcionamiento de localesde Defensoría de Oficio, Consultorio Jurídico Popular y otros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 167-2005-JUS Lima, 29 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme la Ley Orgánica del Sector Justicia, apro- bada por Decreto Ley Nº 25993, el Ministerio de Justiciatiene por finalidad velar por la vigencia del imperio de la ley,el derecho y la justicia, correspondiéndole promover una eficiente y pronta administración de justicia, vinculando al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial, el Ministerio Públicoy otras entidades, siendo sus funciones el centralizar, co-ordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de losDerechos Humanos; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Fun- ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección de Defen-soría de Oficio y Servicios Jurídicos Populares de la Direc-ción Nacional de Justicia, tiene a su cargo el normar, pro-mover, ejecutar y supervisar el asesoramiento legal gratui-to que prestan los Consultorios Jurídicos Populares a nivel nacional; y promover y coordinar el Sistema de Defensoría de Oficio, garantizando el derecho de defensa a las perso-nas de escasos recursos económicos; Que, el mismo Reglamento establece que el Ministerio de Justicia, mediante la Secretaría Técnica de Concilia-ción, se encarga de ejercer funciones conciliadoras, pro- mover, autorizar, registrar y supervisar el funcionamiento de los Centros de Conciliación y Centros de Formación yCapacitación de Conciliadores, formar conciliadores, asícomo difundir las normas y ventajas de la conciliación. Que, mediante Resolución Administrativa N° 323-2004- JUS se dispuso la implementación de los Centros de Asis- tencia Legal Gratuita-“ALEGRA” en todo el territorio nacio- nal, a través de los cuales se brindarán los servicios dejusticia de: Defensoría de Oficio, Consultorio Jurídico Po-pular y Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito, gene-rándose una única organización que posibilitará serviciosde calidad y de mejora en el acceso a la justicia en todo el territorio nacional; Que, para el cumplimiento de sus objetivos, el Ministe- rio de Justicia considera necesario ejecutar actividades quese enmarquen dentro del campo de un mayor y más efec-tivo acceso a la justicia a favor del ciudadano de escasosrecursos, entre ellas la implementación de locales de De- fensoría de Oficio, Consultorio Jurídico Popular, Concilia- ción Extrajudicial y Centros de Asistencia Legal Gratuita -“ALEGRA”; Que, para la implementación de estos locales, el Minis- terio de Justicia tiene previsto celebrar a nivel nacionalconvenios interinstitucionales, contratos administrativos y contratos civiles que sean necesarios, con entidades públi- cas o privadas y personas naturales; por lo que es necesa-rio delegar en el Despacho Viceministerial la suscripción delos referidos convenios y contratos conforme a los alcan-ces establecidos en la Ley Orgánica del Sector Justicia y elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, inciso n)del artículo 10° e inciso g) del artículo 12º del Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Justicia,aprobado por Decreto Supremo N° 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Vice Ministro de Justicia, la facultad de suscribir a nivel nacional, en representacióndel Ministerio de Justicia, los contratos de permuta, dona-ción, arrendamiento, afectación o cesión en uso; así comotodo tipo de contratos administrativos y civiles, y conve-nios interinstitucionales, respecto de una parte o la totali- dad de predios, en la modalidad que corresponda de acuer- do a la legislación aplicable, sea con entidades públicas,privadas y personas naturales, cuyo objeto sea el funcio-namiento de los locales de Defensoría de Oficio, Consulto-