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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2005 (30/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 289836 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de marzo de 2005 Aprueban Plan de Acción y Presupues- to Municipal Participativo del Ejerci-cio Fiscal 2005 y el Presupuesto Insti-tucional de Apertura ACUERDO DE CONCEJO Nº 056 San Juan de Lurigancho, 14 de diciembre de 2004EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO:El Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho en Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º, numera- les 1 y 16, de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni-cipalidades, la Ordenanza Nº 036/MDSJL - Directiva parala Programación, Formulación y Aprobación Participati-va del Presupuesto Institucional de la MunicipalidadDistrital de San Juan de Lurigancho para el Año Fiscal 2005 y el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 - Programa- ción Participativa del Presupuesto de los GobiernosLocales para el Año Fiscal 2005, con el VOTO MAYORI-TARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DELOS SEÑORES REGIDORES: JUAN NERIO SILVAMALLQUI, ROMER BENIGNO LAYME ESCOBAR, JUAN BALDEÓN SURICHAQUI, NÉSTOR NEPTALÍ CARPIO SOTO y JOEL ESTRAVER TORRES; y, con dispensadel trámite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción y el Presupuesto Municipal Participativo del Ejercicio Fiscal2005 de la Municipalidad Distrital de San Juan deLurigancho, el mismo que consigna un Presupuesto deIngresos y Egresos ascendente a la suma de SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 64’517,188) y que forma parte integrante del pre-sente Acuerdo. Artículo Segundo.- DESTINAR los recursos del FONCOMUN para el ejercicio fiscal 2005, de la siguien- te manera: Diez por Ciento (10%) para Pensiones, del Saldo el Cuarenta y Cinco por Ciento (45%) para Gas-tos Corrientes, el Cuarenta por Ciento (40%) para Gas-tos de Capital y el Quince por Ciento (15%) para elServicio de la Deuda. Artículo Tercero.- APROBAR el Presupuesto Insti- tucional de Apertura de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho para el Ejercicio Fiscal 2005, de acuerdoa los montos siguientes: INGRESOS Fuentes de Financiamiento (En Nuevos Soles)01 Canon y Sobrecanon 679,381 03 Participación en Rentas de Aduanas 8,790 07 FONCOMUN 25’088,905 08 Otros Impuestos Municipales 8’950,795 09 Recursos Directamente Recaudados 15’799,653 17 Recursos Ordinarios 13’989,664 -------------------- TOTAL INGRESOS S/. 64’517,188 ============ GASTOSCategoría de Gastos (En Nuevos Soles) Gastos Corrientes 48’874,852 Gastos de Capital 12’302,258 Servicio de la Deuda 3’340,078ç -------------------- TOTAL GASTOS S/. 64’517,188 ============ Artículo Cuarto.- ELEVAR a la Municipalidad Provincial de Lima el instrumento referido en el artículo precedente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipaly a la Gerencia de Planificación del Desarrollo a través de la Jefatura de Planificación y Presupuesto, el cumplimientodel presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 04926 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Exoneran de proceso de selección la contratación de estudio jurídico paraejecutar programa de cobranza yrecupero de deudas por vía coactiva ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2005 San Martín de Porres, 23 de febrero de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES. VISTO: El Expediente Nº 8471-2005 del Estudio Gál- vez Monteagudo & Abogados SCRL; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, descentralizados, con Personería Jurídica de De- recho Público, con autonomía política, económica y ad- ministrativa en los asuntos de su competencia, de con- formidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordante con el Artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estable- ce los casos en que las adquisiciones y contrataciones realizadas por una Entidad están exoneradas de los pro- cesos de selección; Que, el Artículo 20º del acotado Decreto Supremo establece que, todas las exoneraciones, salvo las previs- tas en el literal b) del Artículo 19º, se aprobarán median- te Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales. La facultad de aprobar exoneracio- nes es indelegable. Los Acuerdos que aprueban la exoneración requieren obligatoriamente de un informe técnico-legal de la adquisición y contemplará criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad y se- rán publicados en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del Artículo 19º de la Ley. Está prohibida la aprobación de exoneracio- nes en vía de regularización a excepción de la causal de situación de emergencia. Copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tec- nológicos; procede la exoneración por servicios perso- nalísimos para contratar con personas naturales o jurídi- cas notoriamente especializadas siempre que su destre- za, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la En- tidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscuti- ble su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores;