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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2005 (30/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

PÆg. 289835 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de marzo de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Fijan Tasa de InterØs Moratorio (TIM) aplicable a deudas tributarias ORDENANZA Nº 051 San Juan de Lurigancho, 24 de febrero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión ordinaria de la fecha; la Carta Nº 003-2004-ORC-P-CRPyE/MDSJL de la Comisión de Ren-tas, Planeamiento y Economía; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia,correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa,la cual se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, concordante con el Art. 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, el Inc. 2), numeral II, del Artículo 2º del Decreto Legis- lativo Nº 771, "Ley Marco del Sistema Tributario Nacional"señalaque los tributos de los Gobiernos Locales están establecidosde acuerdo a la Ley de Tributación Municipal; Que, de acuerdo al Artículo 6º y 68º del Decreto Legisla- tivo Nº 776 "Ley de Tributación Municipal" establecen losimpuestos y tasas por servicios públicos o arbitrios, consti-tuyendo renta a favor de las Municipalidades Distritales enlo concerniente a su jurisdicción; Que, el primer párrafo del Artículo 33º del Decreto Su- premo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que el monto del tributo no pagadodentro de los plazos establecidos devengará un interésequivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM), la cual nopodrá exceder del 10% (Diez por Ciento) por encima de laTasa Activa del mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, el último día hábil del mes anterior; Que, el tercer párrafo del Artículo 33º del Decreto Su- premo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto LegislativoNº 953 publicado el 5 de febrero del 2004, establece queen los casos de los tributos administrados por los Gobier- nos Locales, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) será fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no será mayor a laque establezca para tal efecto la SUNAT; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 032- 2003/SUNAT, publicada el 7 de febrero del 2003, ha fijadoen uno y cinco décimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributa- rias en Moneda Nacional que administra; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM) APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Artículo Primero.- Fijar en uno y cinco décimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias correspondiente a lostributos que administra la Municipalidad Distrital de SanJuan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 06205Respaldan al Alcalde en las acciones y gestiones que viene realizando para lapreservación, mantenimiento y conserva-ción del Gran Parque Wiracocha ACUERDO DE CONCEJO Nº 008 San Juan de Lurigancho, 4 de marzo de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en sesión de la fecha, la moción de la Regidora Rocío Palomino; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 080 de fecha 20 de noviembre del 2003, el Concejo Municipal del dis-trito de San Juan de Lurigancho, aprobó ratificar el con-tenido del Acuerdo de Concejo Nº 063 de fecha 28 de agosto del 2003 y publicado en el Diario Oficial El Perua- no el 7 de setiembre del 2003, que respalda totalmentelas acciones y gestiones que viene realizando el señorAlcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan deLurigancho, don Mauricio Rabanal Torres, para mate-rializar la formalización de la conservación de la admi- nistración del Gran Parque Wiracocha y la cesión de todos los atributos, facultades y derechos inherentes adicha administración por parte de la Municipalidad Me-tropolitana de Lima, nombrándose para tal fin una Comi-sión Multipartidaria de Regidores que, conjuntamentecon el señor Alcalde, puedan gestionar ante las autori- dades competentes una solución armónica; Que, con fecha 23 de febrero del 2005, la Municipali- dad Distrital de San Juan de Lurigancho, recibió unacomunicación de fecha 21 del mes en curso, con membre-te de la "Procuraduría Pública Municipal" de la Munici-palidad Metropolitana de Lima, por la cual solicita formal- mente la entrega del "Parque Zonal Wiracocha", seña- lando que para ello acuerdan un plazo de respuesta de5 días útiles de recibida la presente donde se podrádesignar a la Comisión de Transparencia que se pondráen relación con el señor Gerente General de SERPAR yel señor Procurador Público sus representantes para le- vantar el Acta de entrega con la participación del Notario Público; Que, en la misma fecha de recibida dicha comunica- ción, es decir 23 de febrero, la Municipalidad Distritalde San Juan de Lurigancho dio respuesta a la Municipali-dad Metropolitana de Lima, dentro del plazo fijado; Estando a lo expuesto, y a las facultades conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades,con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo, lasABSTENCIONES DE LOS SEÑORES REGIDORESJENNY ORTEGA FLORES, ROMER LAYME ESCOBAR,JUAN BALDEÓN SURICHAQUI y NÉSTOR CARPIO SOTO, con dispensa del trámite de comisiones y de lectura y apro- bación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- RESPALDAR al señor Alcalde y a la Comisión Multipartidaria creada por Acuerdo de ConcejoNº 080 de fecha 20 de noviembre del 2003, en las accio-nes y gestiones que viene realizando para la preservación, mantenimiento y conservación del Gran Parque Wiracocha. Artículo Segundo.- RATIFICAR el otorgamiento de las más amplias facultades al señor Alcalde y a la Comisiónpara los fines descritos en dicho acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Munici- pal la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 06203