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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de mayo de 2005 titucional y la Corte Suprema, y que en tal sentido, corres- ponde que se abstengan de investigar conductas referidasa delitos comunes, especialmente aquellas que suponen laconfiguración de delitos contra la vida e integridad personal,atribuidos a miembros de la Policía Nacional. Artículo Décimo.- SUGERIR al Director de la Academia de la Magistratura que en los programas de actualización yperfeccionamiento dirigidos a los/las representantes delMinisterio Público y a los/las magistrados/as del Poder Ju-dicial, se aborden con especial énfasis temas vinculados ala investigación y juzgamiento de delitos contra la humani-dad, poniendo a disposición de los/las citados/as funcio-narios/as, las herramientas y criterios construidos desde ladoctrina y la jurisprudencia sobre derechos humanos, orien-tadas a garantizar un adecuado recaudo y valoración pro-batoria en los procesos judiciales. Artículo Décimo Primero.- ORIENTAR a las perso- nas que resulten afectadas en su derecho a la integri-dad personal, sin perjuicio de presentar sus quejas a laDefensoría del Pueblo, a invocar la protección urgente einmediata de su derecho a través de una demanda dehábeas corpus, y a denunciar directamente los hechosde presunta tortura y tratos crueles, inhumanos o degra-dantes cometidos por funcionarios/as policiales ante elMinisterio Público para las investigaciones respectivas.En caso de que ello no sea posible, se les recomiendaformular sus denuncias ante las autoridades policialescorrespondientes. Artículo Décimo Segundo.- ENCOMENDAR a la Ad- junta para los Derechos Humanos y las Personas con Dis-capacidad, así como a las oficinas defensoriales en el ámbitode su competencia, el seguimiento de las recomendacio-nes contenidas en el presente informe. Artículo Décimo Tercero.- Disponer que la presente resolución se incluya en el Informe Anual del Defensor delPueblo al Congreso de la República, de conformidad conel artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de laDefensoría del Pueblo. Artículo Décimo Cuarto.- REMITIR el presente informe, al Presidente del Congreso de la República, a los Presiden-tes de las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos asícomo de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia,Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre-so de la República, al Ministro del Interior, al Presidente dela Corte Suprema de Justicia de la República, a la Fiscal dela Nación, al Presidente del Consejo Supremo de JusticiaMilitar, al Director General de la Policía Nacional del Perú, alInspector General de la Policía Nacional del Perú, y al Direc-tor de la Academia de la Magistratura. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en funciones 08334 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G61/G62/G72/G69/G72/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 658-2005 Lima, 22 de abril de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de una oficinaespecial de carácter temporal, en las instalaciones del Cole-gio Newton, ubicado en la Av. Ricardo E. Aparicio Nº 240,Urb. Las Lagunas, distrito de La Molina, provincia y depar-tamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Comité Ejecutivo celebrado el día 14 de abril de 2005, aprobó lainstalación de una oficina temporal en las instalaciones delColegio Newton; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la do- cumentación pertinente que justifica la apertura solicitada;Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "A", mediante InformeNº 58-DESF"A"-2005; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, con la Circular Nº B-2134-2004; y envirtud de las facultades delegadas mediante la ResoluciónSBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, en vías de regularización, la apertura de una oficina espe-cial de carácter temporal, en las instalaciones del ColegioNewton, ubicado en la Av. Ricardo E. Aparicio Nº 240, Urb.Las Lagunas, distrito de La Molina, provincia y departa-mento de Lima, que funcionó el día 16 de abril de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 08293 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G46/G65/G73/G74/G69/G76/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G61/G70/G61 /G41/G6D/G61/G72/G69/G6C/G6C/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2005-E-CR-GRH Huánuco, veintinueve de marzo de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fe- cha diez de febrero del año en curso, el Dictamen númerosiete del dos mil cuatro, presentado por la Comisión deDesarrollo Económico; Informe número cero treinta del dosmil cuatro de la Gerencia Regional de Desarrollo Económi-co; e Informe Legal número cero treinta y nueve del dos milcuatro de la Oficina de Asesoría Jurídica de la DirecciónRegional de Agricultura, relacionada al Festival de la PapaAmarilla en la Región Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad po- pular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomíapolítica, económica y administrativa, teniendo por misión organi-zar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus com-petencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco delas políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollointegral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artícu-los dos, cuatro, cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesen-ta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territoria-lidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, mediante Resolución Ministerial número trescientos sesenta y tres del dos mil cuatro - Agricultura, de fecha siete dejunio del dos mil cuatro se aprueba la ampliación del "CalendarioNacional de Ferias y Eventos Agropecuarios" - año dos mil cua-tro, en la cual se incluye el "VIII Festival Regional de la PapaAmarilla", a realizarse en el mes de abril en la Región Huánuco"; Que, el artículo cincuenta y uno inciso b) de Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regiona-les, establece las funciones del Gobierno Regional en materiaagraria: "... Administrar y supervisar la gestión de actividades,servicios agropecuarios, en armonía con la política y normas delos sectores correspondientes y las potencialidades regionales"; Que, es política de este Gobierno Regional fomentar el desarrollo regional, promoviendo la inversión pública y pri-vada, el empleo, y garantizar el ejercicio pleno de los dere-chos así como la igualdad de oportunidades de sus habi-tantes, considerando que la Región Huánuco es reconoci-da y considerada como la Capital Productora de la MejorPapa Amarilla del Mundo, en consecuencia es necesaria la