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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2005 (03/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de mayo de 2005 VISTOS: El Informe Defensorial Nº 91 “Afectaciones a la vida y presuntas torturas, tratos crueles, inhumanos o degradan-tes atribuidas a efectivos de la Policía Nacional” elaboradopor la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personascon Discapacidad; ANTECEDENTES: Atención e investigación de casos de afectación a la vida y presuntas torturas, tratos crueles, inhumanos odegradantes atribuidas a efectivos de la Policía Nacio-nal- Durante el año de 1998, la Defensoría del Pueblo cono- ció 11 casos de muerte, presunta tortura y tratos crueles,inhumanos o degradantes atribuidos a efectivos de la Poli-cía Nacional. Esta cifra se incrementó significativamente en1999, año en el cual se registraron 77 casos. En el año2000 la cantidad de quejas aumentó a 101, produciéndosea partir de ese momento, un decrecimiento en el número decasos, llegando a 38 entre enero y agosto de 2004. Frente a estas quejas, la intervención de la Defensoría del Pueblo estuvo dirigida a proteger los derechos a la vidae integridad personal de las presuntas víctimas, ya sea através de acciones inmediatas que impidieran la perpetra-ción de las agresiones, el desarrollo de una investigaciónno jurisdiccional sobre los hechos materia de las quejas,y/o la supervisión de la actuación de las entidades estata-les a cargo de la investigación y juzgamiento de las denun-cias. En tal sentido, la Defensoría del Pueblo remitió losresultados de su investigación a las autoridades compe-tentes e intervino en determinadas oportunidades en pro-cesos judiciales mediante la presentación de un amicus curiae o un informe especial, con la finalidad de aportar información relevante para la solución del caso, o paraalcanzar al órgano jurisdiccional, criterios que orientaran lainterpretación de las normas vinculadas a derechos funda-mentales. Resulta necesario precisar que las quejas se presenta- ron a la Defensoría del Pueblo, en la generalidad de loscasos, con posterioridad a la puesta en libertad de lasvíctimas, y luego de que los maltratos fueron perpetrados.Por ello, del universo de casos investigados, no fluye infor-mación que permita deducir la existencia de procesos dehábeas corpus vinculados a las situaciones denunciadas.Se puede inferir que las personas agraviadas no contaroncon la información o posibilidades fácticas que permitieranla interposición de una demanda de hábeas corpus a sufavor, y que más bien, una vez configurada la agresión,buscaron que se establezca las responsabilidades y san-ciones correspondientes. CONSIDERANDO: Primero.- Competencia de la Defensoría del Pueblo. De conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitu-ción, la Defensoría del Pueblo es un órgano constitucionalautónomo al que corresponde defender los derechos consti-tucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad,así como supervisar el cumplimiento de los deberes de laadministración estatal. Así, la amenaza o vulneración de de-rechos- tales como la vida, integridad personal y el derecho ano ser sometido a tortura, tratos inhumanos o humillantes,contemplados en el artículo 2º incisos 1) y 24) literal h de laConstitución- por parte de cualquier autoridad o funcionariopúblico, entre ellos, efectivos de la Policía Nacional, configu-ran supuestos que determinan la intervención defensorialcon miras a la defensa y restitución de tales derechos. El artículo 9º inciso 1) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, faculta a esta institución allevar a cabo investigaciones conducentes al esclarecimien-to de los actos y las resoluciones de la administración pú-blica que afecten la vigencia plena de los derechos funda-mentales. El artículo 14º autoriza al Defensor del Pueblo arealizar investigaciones en el ámbito de la administraciónde justicia, pero sin que su actuación interfiera con el ejer-cicio de la potestad jurisdiccional. De conformidad con elartículo 26º de la misma ley, culminadas sus investigacio-nes, el Defensor del Pueblo puede formular a las autorida-des y funcionarios de la administración del Estado, reco-mendaciones para la adopción de medidas que restituyano garanticen los derechos afectados. Segundo.- Características de los casos de muerte, tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes atri-buidos a efectivos de la Policía Nacional. Durante el período comprendido entre marzo de 1998 y agosto de2004, la Defensoría del Pueblo investigó un total de 434 casos. Cabe señalar que este período ha consideradocomo punto de partida la promulgación de la Ley Nº 26926,que tipifica el delito de tortura, a fin de evaluar su cumpli-miento y aplicación por parte de la Policía Nacional y de losórganos que forman parte del sistema de administraciónde justicia, en el lapso de seis años de vigencia de lareferida norma. Del total de casos investigados, 41 (9.4%) correspon- den a muertes y 393 (90.6%) a presuntas torturas, tratoscrueles, inhumanos o degradantes, los cuales se presen-tan, con diversos grados de intensidad, en todos los de-partamentos del país. Lima, Ayacucho, La Libertad, Cuscoy Cajamarca son los que registran la mayor cantidad decasos. Las víctimas principalmente son varones (86.4%) que realizan actividades de bajos ingresos económicos (65.1%)y cuyas edades fluctúan entre los 22 y 40 años de edad(53.7%). Se ha podido constatar que una cantidad preocu-pante de casos (10.8%) corresponde a personas menoresde 18 años de edad. Las víctimas mujeres constituyen el13.6% del total del universo de casos. Respecto del presunto agente responsable, la De- fensoría del Pueblo ha verificado que en su mayoríaestos actos fueron supuestamente realizados por sub-oficiales varones (76.3%) en el contexto de una deten-ción arbitraria (56.5%), dado que la privación de libertadse llevó a cabo por la sospecha de la comisión de undelito, la sindicación de un tercero o la existencia de unadenuncia presentada en sede policial. Sólo en 2 de los434 casos la agente presuntamente responsable ha sidouna mujer. De los 41 casos de muerte conocidos por la Defenso- ría del Pueblo, se puede advertir que en 17 de ellos lasvíctimas habrían perdido la vida a causa de un presuntohomicidio, en 10 casos las víctimas se habrían suicida-do, en 5 los afectados habrían fallecido como conse-cuencia de presuntos actos de tortura, y en 9 casos sedesconocen las circunstancias en que ocurrieron dichasmuertes. Por su parte, los actos de presunta tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes (393) se manifestarona través de agresión física, agresión psicológica y violenciasexual. Cabe indicar que los tipos de agresión enunciadosno se presentaron separadamente sino que en un númeroconsiderable de casos se practicaron concurrentemente. Las agresiones físicas se han presentado en el 97.7% de los casos, generalmente expresadas en golpes de puñoy puntapiés en diferentes partes del cuerpo. También seha podido advertir que en algunas oportunidades las vícti-mas habrían sido sometidas a presuntos actos de tortura,mediante el empleo de ciertos “métodos” como el estira-miento de los brazos, asfixia, aplicación de descargas eléc-tricas y colgamiento. Las agresiones psicológicas se presentaron en el 22.6% de los casos de presunta tortura y tratos crueles,inhumanos o degradantes. Estos actos se expresaronen insultos y amenazas. Fueron frecuentes el empleo depalabras soeces y los calificativos negativos respecto ala procedencia de los/las afectados/as, su ocupación,entre otros. Las amenazas tuvieron como propósito me-noscabar la resistencia física y moral de las víctimas,obtener una confesión o información, o evitar que ellasdenunciaran los hechos. Los actos de violencia sexual se presentaron en el 13.7% de los casos de presunta tortura y tratos crueles,inhumanos o degradantes. Estos actos se manifestaronen el desnudamiento de las víctimas, en los golpes en lasnalgas o en los órganos genitales, y en la aplicación dedescargas eléctricas en tales órganos. También se registró1 caso de violación sexual anal en agravio de un adoles-cente. Conviene indicar que tratándose del universo de losvarones víctimas de presunta tortura y tratos crueles, inhu-manos o degradantes, los actos de violencia sexual repre-sentaron el 14.8%, mientras que del conjunto de víctimasmujeres el porcentaje fue de 7.1%. Con relación a los propósitos que subyacen a los actos de tortura, se ha podido advertir que el 30.3% delos casos de presunta tortura y tratos crueles, inhuma-nos o degradantes habrían estado dirigidos a obteneruna confesión o información, el 31.3% de los casos ha-brían tenido como propósito castigar a la víctima por unhecho cometido o que se sospecha que fue cometido, el14.5% de los casos se habrían realizado con el fin deintimidar o coaccionar a la víctima. Finalmente, en el23.9% de los casos no se cuenta con información másprecisa al respecto.