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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2005 (03/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de mayo de 2005 El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso3 del artículo 241º, del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de lafecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al señor Francisco Távara Córdova, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, para que en representación del Poder Judicial,viaje a la ciudad de La Antigua, República de Guatemala,del 3 al 6 de mayo del 2005, y participe en la Primera Rondade Talleres de la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana; con-cediéndosele licencia con goce de haber por tales fechas. Artículo Segundo.- Los gastos de pasaje aéreo, impues- tos aéreo, viáticos y traslados no cubiertos por la entidadorganizadora del referido evento, estarán a cargo de laGerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguien-te detalle: Pasaje aéreo US$ 1,625.32 Impuestos aéreo US$ 28.29 Viáticos US$ 500.00 Gastos de traslado US$ 200.00 ------------------ TOT AL US$ 2,353.61 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolu- ción no libera ni exonera del pago de impuestos o de dere-chos aduaneros, cualesquiera sea su clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Secretaría Permanente yde las Secretarías Pro Témpore de la XIII Cumbre JudicialIberoamericana, a la Gerencia General del Poder Judicial, yal interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNJOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ08179 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 210-2005-CG Lima, 29 de abril de 2005 VISTO, el Informe Especial N° 111-2005-CG/ORHU, re- sultante del Examen Especial practicado a la Municipali-dad Provincial de Huancayo, período comprendido de juliodel 2001 a diciembre del 2002, incluyendo operacionesanteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, acorde al Plan Anual de Control de la Oficina Regional de ControlHuancayo, dispuso la ejecución de un Examen Especial ala Municipalidad Provincial de Huancayo, orientado a de-terminar si los recursos financieros asignados a la citadaEntidad, fueron utilizados en concordancia con los objeti-vos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente;Que, como resultado de la Acción de Control practicada a la Municipalidad Provincial de Huancayo, la Comisión Audito-ra ha determinado que en Junio del 2001, ex funcionarios dela Entidad efectuaron la contratación directa con una empre-sa para la adquisición de una central telefónica porS/. 34 864,51, sin realizar el correspondiente proceso deselección, y en Octubre del mismo año, con el fin de simular unproceso de selección elaboraron e insertaron un Cuadro Compa-rativo de Cotización y Acta de Otorgamiento, con propuestas deempresas realizadas en Mayo del 2001; asimismo, se contratóde manera directa la instalación de la central con la misma empre-sa por S/. 59 784,94, a pesar que el expediente técnico indicabaque la adquisición e instalación debía contratarse de maneraconjunta por el importe de S/. 77 077,35, monto que correspon- día a la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva, a ello sesuma los intereses por financiamiento, habiéndose en conse-cuencia desembolsado el monto de S/. 44 581,66 en excesoa lo previsto en el mencionado expediente técnico; hechosque constituyen indicios razonables de la comisión de losdelitos de Negociación Incompatible con el Cargo y Contra laFe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica, previstosy penados en los Artículos 397º y 428º del Código Penal,respectivamente; Que, asimismo, se ha determinado que durante el año 2001, se efectuó un Proceso de Selección para la comprade partes y componentes de semáforos, con irregularidadesen el requerimiento de los bienes, siendo que las propues-tas presentadas no cumplían con indicar la información so-licitada en el requerimiento, a pesar de lo cual se otorgó laBuena Pro por un importe de S/. 21 180,00 a uno de lospostores que no cumplía con las formalidades de ley niofrecía las garantías necesarias en salvaguarda de losintereses de la entidad edil; asimismo, se autorizó la partici-pación de un tercero que no integraba el Comité Especial,con el propósito de completar el quórum y otorgar la BuenaPro, hechos que constituyen indicios razonables de la comi-sión del delito de Negociación Incompatible con el Cargo,previsto y penado en el Artículo 397º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Superior deControl, disponer el inicio de las acciones legales pertinen-tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en los casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Pú-blico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, el inicio de las acciones legalesrespectivas contra los presuntos responsables y los he-chos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Artículo 22º, inciso d) de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría General de la República, y el Decreto LeyN° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie e impulse las acciones legales por los he-chos expuestos y contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para talefecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 08349 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G39/G31 /G22/G41/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G76/G69/G64/G61/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G74/G6F/G72/G2D/G74/G75/G72/G61/G73/G2C/G20/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G63/G72/G75/G65/G6C/G65/G73/G2C/G20/G69/G6E/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G20/G6F/G20/G64/G65/G2D/G67/G72/G61/G64/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G74/G72/G69/G62/G75/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 009-2005/DP Lima, 28 de abril de 2005