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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2005 (10/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G32/G33/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de mayo de 2005 lo 2º de la presente resolución, así como, en caso cual- quiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación aEscritura Pública del referido contrato y de las Adden-das que se suscriban al mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08830 VIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G64/G65/G66/G69/G63/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6F/G62/G72/G61/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G49/G4E/G46/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 120-2005-VIVIENDA Lima, 9 de mayo de 2005 Visto, el Oficio Nº 397-2005-GG-INFES-VIVIENDA, de fecha 15 de abril del 2005, suscrito por el GerenteGeneral del Instituto Nacional de Infraestructura Educa-tiva y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de agosto de 1997 se suscribió el Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, en- tre el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y el Contratista INGPECO S.A. CON-TRATISTAS GENERALES, para la ejecución de la obraC.E. Nº 72021, ubicado en el distrito de San Antón, pro-vincia de Azángaro y departamento de Puno, materia dela Licitación Pública Nº 064-97-PRES/INFES; Que, culminada la obra física del C.E. Nº 72021, fue recepcionada con fecha 28 de setiembre de 1998,habiéndose aprobado la Liquidación Final de la misma,por Resolución de Gerencia General Nº 062-1999-PRES-INFES, del 18 de enero de 1999; Que, mediante visita efectuada a la obra el día 2 de marzo de 2004, por personal del Área de Gestión Institu- cional de la Dirección Regional de Educación de Puno,se detectaron deficiencias constructivas consistentesen: Fisuras en muros del 1er. y 2do. nivel; desprendi-miento del enlucido de yeso del cielo raso de las aulasdel 2do. nivel; marcos de madera de ventanas mal em- potrados y portañuelas en mal estado; deficiencia en instalaciones eléctricas; deterioro en puertas; deficien-cia en canaletas de evacuación de aguas pluviales; des-prendimiento del enlucido de yeso del cielo raso deSS.HH. y conexión deficiente a la red; Que, mediante Oficio Nº 1425-2004-GO-INFES- VIVIENDA, del 28 de mayo del 2004, la Gerencia de Obras procedió a notificar al Contratista el día 3 de juniodel 2004, las mencionadas deficiencias otorgándole elplazo de 15 días para subsanarlas; Que, con fecha 21 de junio de 2004 la Entidad proce- dió a notificar nuevamente al Contratista mediante edic- tos, publicados en el Diario Oficial El Peruano y en diario "El Comercio", otorgándole también 15 días para quecumpla con subsanar las deficiencias, bajo apercibimientode iniciar las acciones legales correspondientes; Que, mediante Informe Nº 057-2005-JZVII-INFES- VIVIENDA, del 19 de enero del 2005, el Jefe Zonal VII de Arequipa, remite a la Gerencia de Obras el Expediente del Presupuesto para la corrección de las deficienciasconstructivas; Que, mediante Memorándum Nº 114-2005/GEP- INFES-VIVIENDA, del 9 de febrero del 2005, la Gerenciade Estudios y Proyectos, luego del levantamiento de las observaciones formuladas, otorgó conformidad al Presu- puesto elaborado por la Oficina Zonal de Arequipa, as-cendente a S/. 25,348.71; Que, mediante Informe Nº 008-2005-ACOT-GO- INFES-VIVIENDA y Memorándum Nº 0430-2005-GO-INFES-VIVIENDA, ambos de fecha 11 de febrero del 2005, la Gerencia de Obras solicitó la aprobación delPresupuesto ascendente a la suma de S/. 25,348.71,para la corrección de las deficiencias constructivas quepresenta la obra: C.E. Nº 72021, ejecutada por el Con-tratista INGPECO S.A. CONTRATISTAS GENERALES; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 028-2005-INFES-VIVIENDA de fecha 23 de febrerodel 2005, se aprobó el Presupuesto ascendente a lasuma de S/. 25,348.71, para la corrección de las defi- ciencias constructivas que presenta la obra: C.E. Nº 72021, materia del Proceso de Licitación PúblicaNº 064-97-PRES-INFES, a cargo del ContratistaINGPECO S.A. CONTRATISTAS GENERALES; Que, la Gerencia General del INFES, mediante Ofi- cio Nº 168-2005-GG-INFES-VIVIENDA, del 25 de febre-ro de 2005, intentó notificar, vía notarial, al ContratistaINGPECO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, la Re-solución antes mencionada, el mismo que se negó arecibirla; por lo que se procedió a notificar por edictos, publicados en el Diario Oficial El Peruano y en "El Co- mercio" el día 14 de marzo del 2005; Que, a la fecha ha vencido con exceso el plazo de 15 días otorgado al Contratista mediante la Resolución de Gerencia General Nº 028-2005-INFES-VIVIENDA, del 23 de febrero del 2005, sin que éste haya reparado lasdeficiencias constructivas detectadas o cancelado elmonto al que asciende el Presupuesto aprobado; Que, la responsabilidad del Contratista se deriva del Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada sus-crito el 25 de agosto de 1997, cuya cláusula 4.0, numeral4.11, establece expresamente que el Contratista se obli-ga frente al INFES, a responsabilizarse por la calidadtécnica ofrecida y por las imperfecciones y vicios de la obra así como por la destrucción parcial o total de la misma; asimismo el numeral 8.1 establece que el perío-do de garantía es de 7 años, contados a partir de larecepción de la obra; Que, no habiendo el Contratista asumido su responsabilidad contractual, es pertinente exigir su cum-plimiento en la vía judicial, al amparo de los artículos1148º, 1150º, 1219º, 1220º, 1321º, 1324º y 1333º delCódigo Civil, siendo necesario autorizar a la Procurado-ra Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministe- rio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a interpo- ner las acciones judiciales que corresponda contra elcontratista INGPECO S.A. CONTRATISTAS GENERA-LES, en representación y defensa de los intereses delInstituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Sa-lud - INFES; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento y su ReglamentoDecreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 modificado por Ley Nº 27779; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Procuradora Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,a interponer las acciones judiciales pertinentes contra elContratista INGPECO S.A. CONTRATISTAS GENERA- LES, por las razones expuestas en la parte considerati- va de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a quese contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 08818