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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G32/G33/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de mayo de 2005 puesto se precisa que de acuerdo a las proyecciones realizadas por el Director de Recaudación y Adminis-tración Tributaria, el monto a contratar no superaría el monto de una UIT, este monto se encontraría previstoen la actividad 704 Administración de Recursos Muni-cipales en la Fuente de Financiamiento 09 Partida Pre-supuestal 5.3.11.34 Contratación con Empresas deServicio; Que, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada con la Resolución Nº 118-2001/CONSU-CODE/PRE determina las exigencias de las entida-des del Estado comprendidas dentro de los alcancesde la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM que aprueba su Texto Único Ordenado y el D.S. Nº 084- 2004-PCM que aprueba su Reglamento; dispositivoque en su numeral 6.5 precisa que la parte resolutivadel instrumento que aprueba la exoneración del pro-ceso de selección deberá detallar el tipo y la descrip-ción básica de los bienes servicios u obras materia de exoneración, el valor referencial, la fuente de fi- nanciamiento, la cantidad o el tiempo que se requiereadquirir o contratar mediante exoneración, segúncorresponda, así como determinar la dependencia uórgano encargado de realizar la adquisición ocontratación exonerada, de acuerdo al monto involu- crado y a su complejidad, envergadura o sofistica- ción; Que, a raíz del requerimiento e informes técnicos generados por las oficinas correspondientes se hacenecesaria la modificación del Acuerdo de ConcejoNº 007-2005/MDLO a efectos de evitar observaciones ante el CONSUCODE, dando de esta manera estricto cumplimiento a la Directiva aludida líneas arriba; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribucio- nes conferidas por el artículo 9º, inciso 8) y 41º, de laLey Orgánica de Municipalidades, y por UNANIMIDAD; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Acuerdo de Concejo Nº 07-2005/CDLO de acuerdo al siguiente detalle: 1. Deberá precisarse que: "se autoriza contratar los servicios mediante proceso de Exoneración de acuerdoal Sistema Electrónico de Información sobre Adquisición y Contratación del Estado - SEACE/CONSUCODE". 2. Deberá considerarse lo siguiente: a. El valor referencial aproximado que se estima recaudar es de S/. 39,000 en forma anual. b. La Fuente de Financiamiento: Fuente de Financia- miento 09 Partida Presupuestal 5.3.11.34 Contratación de Empresas de Servicios. c. El tiempo de adquisición o contratación mediante exoneración: anual. d. Dependencia u órgano encargado de realizar la adquisición o contratación exonerada: la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento de la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS para los fines de su cumplimiento y DISPONER queSECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONALpublique el presente Acuerdo de Concejo en el DiarioOficial El Peruano y a la DIRECCIÓN DE LOGÍSTICAsu publicación en el SEACE y su remisión a la Contra- loría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con toda ladocumentación sustentatoria para los fines correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 08829MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-MDPP Mediante Oficio Nº 067-2005-SG-MDPP, la Municipa- lidad Distrital de Puente Piedra solicita se publique Fe deErratas del Acuerdo de Concejo Nº 021-MDPP, publica-do en nuestra edición del día 28 de abril de 2005. DICE: Artículo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE LA AMPLIACIÓN del Acuerdo de Concejo Nº 016 de fecha 7 de marzo del 2005, de la Situación de Desabasteci- miento Inminente, sobre la Adquisición del Cereal, Qui-nua, Avena Kiwicha Precocida Enriquecida por el plazode 55 días, por la cantidad de 29,000 Kg. DEBE DECIR: Artículo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la Situa- ción de Desabastecimiento Inminente, sobre la Adquisición del Cereal, Quinua, Avena Kiwicha Precocida Enriquecida por el plazo de 55 días, por la cantidad de 29,000 Kg. 08825 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G4E/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/GF1/G6F/G73/G20/G31/G39/G39/G36/G20/G61 /G32/G30/G30/G33 ORDENANZA Nº 058 San Juan de Lurigancho, 29 de abril de 2005 VISTO; en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma ConstitucionalLey Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades pro-vinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo VI del Título Preliminar del D.S. Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales me-diante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimirsus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exo- nerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, en concordancia con el Art. 9º inciso 8de la Ley Nº 27972 que señala que corresponde al Con-cejo Municipal esta atribución; Que, es política de la actual gestión brindar facilida- des económicas a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, dentro de los límites que la ley franquea; Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTOUNÁNIME del Pleno del Concejo y con dispensa del trámitede lectura y aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZA- CIÓN TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- OBJETIVO Y ALCANCES La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria