Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2005 (10/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2005

puesto se precisa que de acuerdo a las proyecciones realizadas por el Director de Recaudacion y Administracion Tributaria, el monto a contratar no superaria el monto de una UIT, este monto se encontraria previsto en la actividad 704 Administracion de Recursos Municipales en la Fuente de Financiamiento 09 Partida Presupuestal 5.3.11.34 Contratacion con Empresas de Servicio; Que, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada con la Resolucion Nº 118-2001/CONSUCODE/PRE determina las exigencias de las entidades del Estado comprendidas dentro de los alcances de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM que aprueba su Texto Unico Ordenado y el D.S. Nº 0842004-PCM que aprueba su Reglamento; dispositivo que en su numeral 6.5 precisa que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion debera detallar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes servicios u obras materia de exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneracion, segun corresponda, asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, a raiz del requerimiento e informes tecnicos generados por las oficinas correspondientes se hace necesaria la modificacion del Acuerdo de Concejo Nº 007-2005/MDLO a efectos de evitar observaciones ante el CONSUCODE, dando de esta manera estricto cumplimiento a la Directiva aludida lineas arriba; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, inciso 8) y 41º, de la Ley Organica de Municipalidades, y por UNANIMIDAD; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION del Acuerdo de Concejo Nº 07-2005/CDLO de acuerdo al siguiente detalle: 1. Debera precisarse que: "se autoriza contratar los servicios mediante MORDAZA de Exoneracion de acuerdo al Sistema Electronico de Informacion sobre Adquisicion y Contratacion del Estado - SEACE/CONSUCODE". 2. Debera considerarse lo siguiente: a. El valor referencial aproximado que se estima recaudar es de S/. 39,000 en forma anual. b. La Fuente de Financiamiento: Fuente de Financiamiento 09 Partida Presupuestal 5.3.11.34 Contratacion de Empresas de Servicios. c. El tiempo de adquisicion o contratacion mediante exoneracion: anual. d. Dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada: la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento de la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS para los fines de su cumplimiento y DISPONER que SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL publique el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a la DIRECCION DE LOGISTICA su publicacion en el SEACE y su remision a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con toda la documentacion sustentatoria para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08829

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-MDPP Mediante Oficio Nº 067-2005-SG-MDPP, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 021-MDPP, publicado en nuestra edicion del dia 28 de MORDAZA de 2005. DICE: Articulo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE LA AMPLIACION del Acuerdo de Concejo Nº 016 de fecha 7 de marzo del 2005, de la Situacion de Desabastecimiento Inminente, sobre la Adquisicion del MORDAZA, Quinua, MORDAZA Kiwicha Precocida Enriquecida por el plazo de 55 dias, por la cantidad de 29,000 Kg. DEBE DECIR: Articulo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la Situacion de Desabastecimiento Inminente, sobre la Adquisicion del MORDAZA, Quinua, MORDAZA Kiwicha Precocida Enriquecida por el plazo de 55 dias, por la cantidad de 29,000 Kg. 08825

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria por deudas correspondientes a los anos 1996 a 2003
ORDENANZA Nº 058 San MORDAZA de Lurigancho, 29 de MORDAZA de 2005 VISTO; en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo VI del Titulo Preliminar del D.S. Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, en concordancia con el Art. 9º inciso 8 de la Ley Nº 27972 que senala que corresponde al Concejo Municipal esta atribucion; Que, es politica de la actual gestion brindar facilidades economicas a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, dentro de los limites que la ley franquea; Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Primero.- OBJETIVO Y ALCANCES La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria

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