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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G32/G33/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de mayo de 2005 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 008-2005-CR/GRL Huacho, 4 de mayo del 2005 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de abril del 2005,realizada en la ciudad de San Vicente de Cañete, provinciade Cañete, con el voto en mayoría de sus integrantes y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15º de la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-,concordado con el artículo 39º del referido cuerpo legal; SOBRE EL "PLAN ANUAL DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PARA EL AÑO 2005"; ACUERDA: Aprobar la modificación del Plan Anual de Inversio- nes del Gobierno Regional de Lima para el año 2005, aprobado por Acuerdo de Consejo Regional Nº 040-2004-CR/GRL de fecha 13 de diciembre del 2004, modi-ficado por Acuerdos de Consejo Regional Nº 004-2005-CR/GRL y Nº 006-2005-CR/GRL, respectivamente; que-dando como sigue: Canta - "Mejoramiento Carretera Puente San José-Huaman- tanga-Quipán-Marco", en reemplazo del proyecto "Mejo-ramiento de Carreteras". Huaura - "Producción Artesanal de Pescado Seco en Carquín", inclusión. Yauyos - "Construcción Carretera Quinches-Huañec- Yanacuña-Tanta", inclusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 08817 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G2D /G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G73/G75/G65/G6C/G76/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G70/G65/G6E/G61/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 ACUERDO Nº 030-2005 Puno, 26 de abril de 2005 VISTO: La Resolución Nº 02-2005 emitida por la Sala Penal de la Corte Superior de Puno, la que revoca el mandatode comparecencia restringida por la detención en contradel procesado, Presidente Regional, Ing. David Aníbal Jiménez Sardón, y otros; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye y una política permanente deEstado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivofundamental el desarrollo integral del país. Con ese pro- pósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales auto-nomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo 15º Inc. g) establece que es atribución del Consejo Regional declarar la vacancia y suspensión del Presidente, Vicepresidente y los Conse-jeros Regionales; Que, la acotada ley en su artículo 31º Inc. 2) establece que la suspensión del cargo de Presidente, Vicepresiden-te y Consejero, se suspende por Mandato firme de deten- ción derivado de un proceso penal. La suspensión es declarada por el Consejo Regional, dando observancia aldebido proceso y el respeto al ejercicio del derecho dedefensa, por mayoría del número legal de miembros, porun período no mayor de 120 días. En los casos de suspen-sión simultánea del Presidente y Vicepresidente Regio- nales o impedimento de este último, asume temporalmen- te el cargo el Consejero que elija el Consejo Regional. Talnombramiento no quiere investidura de los accesitarios aConsejeros. Una vez extinguida la causa de suspensiónel titular reasume su cargo de pleno derecho; Por lo que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Extraordinaria celebrada a los veinti- séis días del mes de abril de 2005, con el voto unánimede los miembros del Consejo Regional y en uso de lasfacultades conferidas por el artículo 37º literal a) de laLey Nº 27867; ACORDÓ: Artículo Único.- Suspender en el cargo de Presi- dente del Gobierno Regional de Puno al Ing. David AníbalJiménez Sardón, mientras dure el proceso seguido en sucontra, sin exceder el plazo de 120 días que señala el artículo 31º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Mando se registre y publique. SONIA GLECI FRISANCHO PACHECO Presidente del Consejo Regional de Puno (E) 08823 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 124 Lima, 28 de abril de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de abril de 2005, el Oficio Nº 001-090-0000 emitido por el Servicio de Administración Tributaria – SAT, que adjuntael Expediente sobre Ratificación de la OrdenanzaNº 147 precisada por la Ordenanza Nº 167, emitidas por laMunicipalidad Distrital de Miraflores, por medio de la cual seaprueban los derechos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2005, así como los documentos sustentatorios correspondientes; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Mu-nicipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Mu-