Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2005 (10/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2005

Que, en atencion a ello, la evaluacion que el Servicio de Administracion Tributaria - SAT realiza, se restringe unicamente a los derechos establecidos en los 22 procedimientos administrativos respecto de los cuales la Municipalidad Distrital de Miraflores cumplio con enviar la documentacion legal y tecnica que los sustenta; Que, sobre este punto es preciso senalar que respecto de los procedimientos relacionados con (i) la autorizacion para la tenencia de un can potencialmente peligroso; (ii) registro anual de canes; (iii) MORDAZA certificada de partida de nacimiento para servicio militar; y, (iv) autorizacion para poda de arbol en areas publicas, a solicitud de empresa de energia electrica u otra empresa prestadora de servicios publicos; la Municipalidad Distrital de Miraflores no ha establecido derecho de tramite alguno por lo que no corresponde se proceda a su evaluacion, en la medida que los referidos procedimientos carecen de contenido tributario y, por tanto no son susceptibles de ratificacion; Que, teniendo en cuenta lo MORDAZA mencionado, el listado de los procedimientos administrativos y sus correspondientes derechos a evaluarse en el presente caso se presenta en el cuadro siguiente:
DEPENDENCIA SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS PROCEDIMENTO 9. Autorizacion de variaciones del proyecto aprobado (Previo al otorgamiento de la Licencia Definitiva de Obra) 18. Resellado de la Declaracion de fabrica Resellado de formulario Resellado juego de planos 10. Subdivision de lote sin cambios de uso y sin obras (R.N.C.) Derecho de Tramite Derecho de Revision 11. Acumulacion de lotes Derecho de tramite Derecho de revision 3. Certificado de Alineamiento 5. Autorizacion Provisional (3 meses) para circulacion de transporte pesado y de carga 4. MORDAZA certificada 2. Inscripcion de defunciones: C) Inscripcion por mandato judicial 4. Emision de Declaracion Jurada por reproceso 12. MORDAZA de encontrarse registrado como propietario o como poseedor. 1. Inspeccion Tecnica basica de seguridad A) Para inmuebles y terrenos: B) Para espectaculos publicos: 2. Certificado de seguridad Uso y quema de material pirotecnico luminoso y sonoro: castillos o bombardas. 2. Autorizacion para arborizacion en areas verdes 3. Autorizacion para instalacion de jardin publico dentro del area de influencia de su inmueble 1. Recursos de apelacion contra buena pro de procesos de seleccion de licitacion publica 2. Recurso de apelacion contra actos distintos a la buena pro de MORDAZA de licitacion publica y concurso publico VALIDO PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS 1. Recursos impugnativos (reconsideracion o apelacion) Recurso de reconsideracion Recurso de apelacion 14. Certificado de factibilidad de instalacion de panel simple y monumental.

SUBGERENCIA DE CATASTRO

SUBGERENCIA DE PLANIFICACION Y RENOVACION MORDAZA SECRETARIA GENERAL SUBGERENCIA DE REGISTROS CIVILES SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUBGERENCIA DE DEFENSA CIVIL

SUBGERENCIA DE AREAS VERDES Y MEDIO AMBIENTE SUBGERENCIA DE ABASTECIMIENTOS

rante toda su tramitacion y, en su caso, por el costo real de produccion de documentos que expida la entidad; Que, es de verse que las normas citadas inciden en que el monto del derecho no puede exceder del costo del servicio o deben determinarse en funcion al importe del costo que su ejecucion genera para la entidad por el servicio prestado durante toda su tramitacion; Que, durante la tramitacion del presente procedimiento se le requirio a la Municipalidad Distrital de Miraflores, informacion que sustente la determinacion de derechos de tramite por concepto de diversos procedimientos. En respuesta a ello y como ya se dijo anteriormente, la referida Municipalidad cumplio con absolver el requerimiento formulado, adoptando para tal efecto las observaciones tecnicas y legales formuladas por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y enviando la informacion sustentatoria correspondiente; Que, en lo que se refiere a la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, la Municipalidad Distrital de Miraflores, cumplio con publicar la Ordenanza Nº 147 el 7 de marzo de 2004; y la Ordenanza Nº 167 el 16 de setiembre de 2004; Que, mediante Ordenanza Nº 147 y su modificatoria Nº 167, la Municipalidad Distrital de Miraflores incorpora 21 nuevos procedimientos administrativos y modifica uno, enviando la informacion sustentatoria de los mismos. Sin embargo, el Servicio de Administracion Tributaria-SAT consulto si la ratificacion solicitada, comprendia la totalidad de los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, siendo la respuesta afirmativa por parte de la Municipalidad por lo que se les requirio remitan los costos respectivos, lo que hasta la fecha no se ha cumplido, justificando solo las observaciones de los 22 procedimientos MORDAZA mencionados; Que, de los 22 procedimientos y conforme se precisa en el presente Acuerdo, se ha podido determinar que 4 procedimientos son gratuitos, por lo que no son susceptibles de ratificacion. En atencion a ello, el informe tecnico se realiza respecto de los derechos (27 en total) que se encuentran establecidos en los 18 procedimientos administrativos; Que, los costos efectivos en los que la Municipalidad Distrital de Miraflores incurre para prestar los servicios establecidos en los derechos contenidos en la Ordenanza Nº 147 y su modificatoria Nº 167, deben ser distribuidos entre el total de contribuyentes potenciales que hacen uso de los mismos, ya sea aquellos que se encuentran dentro de la jurisdiccion o fuera de ella; Que, con la finalidad de subsanar las observaciones realizadas por el Servicio de Administracion TributariaSAT, la Municipalidad Distrital de Miraflores, envio la informacion necesaria para su revision e inclusion en el expediente de ratificacion. De este modo, absueltas las observaciones, se procedio a analizar el cumplimiento de los requisitos tecnicos para la ratificacion de la Ordenanza; Que, de la evaluacion de la estructura de costos presentada para los nuevos procedimientos y el procedimiento modificado que se establecen en la Ordenanza Nº 147 y su modificatoria Nº 167, se orienta a determinar el costo total del procedimiento y contrastarlo contra el monto total cobrado por la prestacion del servicio. De este analisis, se puede observar que el monto cobrado por el mismo, no excede el costo de cada procedimiento; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 082-2005-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar 27 derechos contenidos en 18 procedimientos administrativos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Miraflores, aprobado por la Ordenanza Nº 147 y precisado por la Ordenanza Nº 167, al estar plenamente justificados, cuyo detalle se encuentra en el Anexo No. 1 que forma parte del presente Acuerdo. Se deja establecido que la vigencia de la MORDAZA es a partir de la publicacion del presente Acuerdo de Concejo ratificatorio, por lo que la aplicacion de la misma MORDAZA de la ratificacion de los derechos senalados, resulta de absoluta responsabilidad de los funcionarios de la referida Municipalidad Distrital. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

GERENCIA DE COMERIALIZACION

Que, el articulo 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, dispone que las tasas por servicios administrativos o derechos no excederan del costo de prestacion del servicio administrativo y su rendimiento sera destinado exclusivamente al financiamiento del mismo. En concordancia con dicha MORDAZA el articulo 45.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que el monto del derecho de tramitacion es determinado en funcion al importe del costo que su ejecucion genera para la entidad por el servicio prestado du-

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