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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2005 (10/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G32/G33/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de mayo de 2005 Que, en atención a ello, la evaluación que el Servicio de Administración Tributaria - SAT realiza, se restringeúnicamente a los derechos establecidos en los 22 pro-cedimientos administrativos respecto de los cuales laMunicipalidad Distrital de Miraflores cumplió con enviarla documentación legal y técnica que los sustenta; Que, sobre este punto es preciso señalar que respec- to de los procedimientos relacionados con (i) la autoriza-ción para la tenencia de un can potencialmente peligroso;(ii) registro anual de canes; (iii) copia certificada de parti-da de nacimiento para servicio militar; y, (iv) autorizaciónpara poda de árbol en áreas públicas, a solicitud de em- presa de energía eléctrica u otra empresa prestadora de servicios públicos; la Municipalidad Distrital de Mirafloresno ha establecido derecho de trámite alguno por lo que nocorresponde se proceda a su evaluación, en la medidaque los referidos procedimientos carecen de contenidotributario y, por tanto no son susceptibles de ratificación; Que, teniendo en cuenta lo antes mencionado, el lis- tado de los procedimientos administrativos y sus co-rrespondientes derechos a evaluarse en el presente casose presenta en el cuadro siguiente: DEPENDENCIA PROCEDIM ENTO SUBGERENCIA DE 9. Autorización de variaciones del proyecto OBRAS PRIVADAS aprobado (Previo al otorgamiento de la Licencia Definitiva de Obra) 18. Resellado de la Declaración de fábrica Resellado de formularioResellado juego de planos SUBGERENCIA 10. Subdivisión de lote sin cambios de uso y sin DE CATASTRO obras (R.N.C.) Derecho de Trámite Derecho de Revisión 11. Acumulación de lotes Derecho de trámite Derecho de revisión SUBGERENCIA 3. Certificado de Alineamiento DE PLANIFICACIÓN 5. Autorización Provisional (3 meses) Y RENOVACIÓN para circulación de transporte pesado y de carga URBANA SECRETARÍA 4. Constancia certificada GENERAL SUBGERENCIA 2. Inscripción de defunciones: DE REGISTROS C) I nscripción por mandato judicial CIVILES SUBGERENCIA DE 4. Emisión de Declaración Jurada por reproceso ADMINISTRACIÓN 12. Constancia de encontrarse registrado como TRIBUTARIA propietario o como poseedor. SUBGERENCIA DE 1. Inspección Técnica básica de seguridad DEFENSA CIVIL A) Para inmuebles y terrenos: B) Para espectáculos públicos: 2. Certificado de seguridad Uso y quema de material pirotécnico luminoso y sonoro: castillos o bombardas. SUBGERENCIA DE 2. Autorización para arborización en áreas verdes ÁREAS VERDES Y 3. Autorización para instalación de jardín público MEDIO AMBIENTE dentro del área de influencia de su inmueble SUBGERENCIA DE 1. Recursos de apelación contra buena pro de ABASTECIMIENTOS procesos de selección de licitación pública 2. Recurso de apelación contra actos distintos a la buena pro de proceso de licitación pública y concurso público VÁLIDO PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS 1. Recursos impugnativos (reconsideración o apelación)Recurso de reconsideración Recurso de apelación GERENCIA DE 14. Certificado de factibilidad de instalación de COMERIALIZACIÓN panel simple y monumental. Que, el artículo 70º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, dispone que las tasas porservicios administrativos o derechos no excederán delcosto de prestación del servicio administrativo y su rendi- miento será destinado exclusivamente al financiamiento del mismo. En concordancia con dicha norma el artículo45.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo Generalestablece que el monto del derecho de tramitación esdeterminado en función al importe del costo que su ejecu-ción genera para la entidad por el servicio prestado du-rante toda su tramitación y, en su caso, por el costo real de producción de documentos que expida la entidad; Que, es de verse que las normas citadas inciden en que el monto del derecho no puede exceder del costodel servicio o deben determinarse en función al importedel costo que su ejecución genera para la entidad por el servicio prestado durante toda su tramitación; Que, durante la tramitación del presente procedimiento se le requirió a la Municipalidad Distrital de Miraflores, infor-mación que sustente la determinación de derechos de trá-mite por concepto de diversos procedimientos. En respuestaa ello y como ya se dijo anteriormente, la referida Municipa- lidad cumplió con absolver el requerimiento formulado, adop- tando para tal efecto las observaciones técnicas y legalesformuladas por el Servicio de Administración Tributaria-SATy enviando la información sustentatoria correspondiente; Que, en lo que se refiere a la publicación en el Diario Oficial El Peruano, la Municipalidad Distrital de Miraflores, cumplió con publicar la Ordenanza Nº 147 el 7 de marzo de 2004; y la Ordenanza Nº 167 el 16 de setiembre de 2004; Que, mediante Ordenanza Nº 147 y su modificatoria Nº 167, la Municipalidad Distrital de Miraflores incorpora21 nuevos procedimientos administrativos y modifica uno,enviando la información sustentatoria de los mismos. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria-SAT con- sultó si la ratificación solicitada, comprendía la totalidadde los derechos contenidos en el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos-TUPA, siendo la respuesta afir-mativa por parte de la Municipalidad por lo que se lesrequirió remitan los costos respectivos, lo que hasta la fecha no se ha cumplido, justificando sólo las observacio- nes de los 22 procedimientos antes mencionados; Que, de los 22 procedimientos y conforme se precisa en el presente Acuerdo, se ha podido determinar que 4 procedi-mientos son gratuitos, por lo que no son susceptibles deratificación. En atención a ello, el informe técnico se realiza respecto de los derechos (27 en total) que se encuentran establecidos en los 18 procedimientos administrativos; Que, los costos efectivos en los que la Municipalidad Distrital de Miraflores incurre para prestar los serviciosestablecidos en los derechos contenidos en la Orde-nanza Nº 147 y su modificatoria Nº 167, deben ser distri- buidos entre el total de contribuyentes potenciales que hacen uso de los mismos, ya sea aquellos que se en-cuentran dentro de la jurisdicción o fuera de ella; Que, con la finalidad de subsanar las observaciones realizadas por el Servicio de Administración Tributaria-SAT, la Municipalidad Distrital de Miraflores, envió la infor- mación necesaria para su revisión e inclusión en el expe- diente de ratificación. De este modo, absueltas las obser-vaciones, se procedió a analizar el cumplimiento de losrequisitos técnicos para la ratificación de la Ordenanza; Que, de la evaluación de la estructura de costos pre- sentada para los nuevos procedimientos y el procedi- miento modificado que se establecen en la Ordenanza Nº 147 y su modificatoria Nº 167, se orienta a determinarel costo total del procedimiento y contrastarlo contra elmonto total cobrado por la prestación del servicio. Deeste análisis, se puede observar que el monto cobradopor el mismo, no excede el costo de cada procedimiento; De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 082-2005-MML-CMAEDO; ACORDO: Artículo Único.- Ratificar 27 derechos contenidos en 18 procedimientos administrativos del Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos de la Municipalidad Distritalde Miraflores, aprobado por la Ordenanza Nº 147 y preci-sado por la Ordenanza Nº 167, al estar plenamente justi- ficados, cuyo detalle se encuentra en el Anexo No. 1 que forma parte del presente Acuerdo. Se deja establecidoque la vigencia de la norma es a partir de la publicación delpresente Acuerdo de Concejo ratificatorio, por lo que laaplicación de la misma antes de la ratificación de los dere-chos señalados, resulta de absoluta responsabilidad de los funcionarios de la referida Municipalidad Distrital. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima