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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2005 (10/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G32/G33/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de mayo de 2005 confidencialidad de los fondos recaudados; de acuerdo a las verificaciones efectuadas se ha determinado queel Banco Sudamericano cobraría dos nuevos soles(S/.2.00) de comisión a los contribuyentes por el servi-cio de recaudación de los tributos municipales. Mientrasque a nosotros nos cobraría 10% menos que el Banco de Crédito en el mantenimiento de la cuenta que se tiene en el referido banco; en la actualidad el pago de personalde la Municipalidad Distrital de Los Olivos y proveedoresse efectúa a través del Banco Sudamericano, y con elacceso al sistema del banco por medio de la Internet seagilizaría las transacciones de pago para la Municipali- dad Distrital de Los Olivos, asimismo se tendría acceso en línea a las consultas de las cuenta corriente como alos pagos de tributos municipales de los contribuyentesvía este medio; Que, con Informe Nº 149-2005/MDLO/SGAF/DRAT el Director de Recaudación y Administración Tributaria manifiesta que es necesario acreditar nuevos centros de pago de los tributos municipales por lo que solicitaanalizar la propuesta del Banco Sudamericano a fin dedeterminar la viabilidad de suscribir un convenio por di-cho servicio; Que, mediante Informe ampliatorio Nº 216-2005/ MDLO/SGAF/DRAT, el Director de Recaudación y Ad- ministración Tributaria señala que la AdministraciónTributaria busca día a día mejorar la calidad de losservicios para nuestros usuarios contribuyentes, den-tro de los cuales está el brindarles las más ampliasfacilidades para su comodidad de pago, lo que se pue- de otorgar por medio de la descentralización de los cobros por medio de entidades bancarias, en estesentido es necesario celebrar convenios con másentidades bancarias para la optimización del servicioseñalando que analizada la propuesta del Banco Sud-americano, se concluye que es muy conveniente por las ventajas que nos ofrece. Sugiere que el nuevo servicio se tendría que aprobar por medio de un con-trato de servicios personalísimos; Que con Proveído Nº 2276-05 la Gerencia Municipal solicita se eleve la presente propuesta a la Comisión deRegidores correspondiente, a fin de que evalúe propo- ner su aprobación por el pleno del Concejo; Que, con Informe Nº 281-2005-MDLO/DAJ, la Ofi- cina de Asesoría Jurídica indica que de acuerdo conel Artículo 19º y 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que están exonerados del respectivo pro- ceso de selección, los contratos de locación de servi- cios personalísimos celebrados con personas natu-rales o jurídicas, cuando para dicha contratación sehaya tenido en cuenta como requisito esencial a lapersona del locador por sus características inheren-tes, particulares o especiales o por su determinada calidad profesional, arte, ciencia u oficio. La evalua- ción de las características o habilidades del locadordeberá ser objetiva y se efectuará en función a lanaturaleza de las prestaciones a su cargo y dichacontratación deberá realizarse mediante el procesode adjudicación de menor cuantía. Asimismo mani- fiesta que se ha cumplido con la justificación técnica legal de la adquisición o contratación y de la necesi-dad de la exoneración de los procesos de adquisiciónestablecido por el Artículo 146º del Reglamento; Estando a los informes de las áreas administrativas competentes; de conformidad con lo establecido por los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobadocon Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y por su Regla-mento aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en ejercicio de las atribuciones conferidas por elartículo 9º, inciso 8) y 41º, de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades, y por mayoría; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR, la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN para CONTRATAR LOS SERVICIOS PERSONALÍSIMOS a celebrarse con el BANCO SUDAMERICANO para que nos brinde losservicios de: Servicio de Recaudación, Servicio Integral de Pagos y Conexión a Internet, tanto a la MunicipalidadDistrital de Los Olivos como al Hospital Municipal LosOlivos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Administración y Finanzas la contratación de losservicios personalísimos aprobado en el artículo pri-mero, bajo la modalidad de adjudicación de menor cuan-tía, conforme a la propuesta presentada por dicha em-presa. Artículo Tercero.- DISPONER que la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONALpublique el presente Acuerdo de Concejo en el DiarioOficial El Peruano y a la DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA su publicación en el SEACE y su remisión a la Contra- loría General de la República y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado con toda ladocumentación sustentatoria, para los fines correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 08828 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G71/G75/G65 /G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G2D /G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G45/G78/G70/G72/G65/G73/G73/G20/G4E/G65/G74 ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2005/CDLO Los Olivos, 4 de mayo de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOSVISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 07-2005/CDLO, el Informe Nº 086-2005/MDLO/SGAF/DL de la Dirección de Logística, el Informe Nº 277-2005-MDLO/SG-AF/DRAT de la Dirección de Recaudación y AdministraciónTributaria, Memorando Nº 030-2005-MDLO/OPP de laOficina de Planeamiento y Presupuesto, el InformeNº 359-2005-MDLO/OAJ de la Oficina de Asuntos Jurí- dicos, Proveído Nº 2711-05 de la Gerencia Municipal e Informe Nº -2005-MDLO/SGII de Secretaria General eImagen Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 07-2005/CDLO se resolvió aprobar la exoneración del proceso de selec-ción para contratar los servicios personalísimos a cele- brarse con la empresa EXPRESS NET; conforme a los argumentos esgrimidos en el citado dispositivo munici-pal; Que, mediante Informe de vistos, la Dirección de Logística emite sus observaciones del Acuerdo de Con-cejo Nº 07-2005/CDLO al haberse obviado lo estipulado en el numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CON- SUCODE/PRE aprobado con la Resolución Nº 118-2001/CONSUCODE/PRE, observándose que el artículo se-gundo de dicho acuerdo adolece de defectos de formasubsanables; Que, el Informe Nº 277-2005/MDLO/SGAF/DRAT, de la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria señala que para efectos de poder cumplircon lo dispuesto en la Directiva Nº 011-2001-CON-SUCODE/PRE aprobado con Resolución. Nº 118-2001/CONSUCODE/PRE se tendría que proceder aprecisar a través de un nuevo acuerdo de concejo que el valor referencial para este servicio personalísi- mo seria de S/. 39 000.00 (treinta y nueve mil y 00/100nuevos soles) en forma anual; Que, mediante memorando Nº 030-2005/MDLO/S- GAF/DRAT de la Oficina de Planeamiento y Presu-